Viceconsejería de Administración y Servicios
- Titular: Blanca Maria Guerrero Ocejo
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educación
ORGANIGRAMA
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 9.– Viceconsejería de Administración y Servicios.
Además de las funciones genéricas correspondientes a las Viceconsejerías del departamento, la Viceconsejería de Administración y Servicios tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
- Coordinar cuanto concierne al régimen interno de las unidades administrativas del Departamento.
- La coordinación en la elaboración del anteproyecto de presupuestos del departamento, y la articulación de procedimientos de evaluación y análisis presupuestario.
- Supervisar las disposiciones y actos que tengan repercusión económica, autorizando el gasto del departamento en los expedientes de cuantía superior a 1.000.000 de euros, sin perjuicio de las competencias del Consejo de Gobierno, así como la coordinación de los expedientes de gasto y cualquier otro de carácter económico que requieran autorización del Consejo de Gobierno y de las Comisiones Delegadas.
- Las competencias que la Ley del Patrimonio de Euskadi atribuye al departamento, salvo que se encuentren atribuidas a otro órgano, en virtud del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Euskadi.
- La coordinación de la gestión económico-administrativa y de los recursos materiales del sistema educativo, verificando y supervisando la adecuación de los citados recursos a la planificación general.
- La coordinación de la política del departamento en materia de concertación y financiación de centros docentes privados de enseñanzas no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1, de acuerdo con la planificación definida por la Viceconsejería de Políticas Educativas y la Viceconsejería de Formación Profesional en sus respectivos ámbitos de competencia.
- La coordinación y supervisión de las actuaciones referidas al personal del sistema educativo público de enseñanzas no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1, de acuerdo con la planificación definida por la Viceconsejería de Políticas Educativas y la Viceconsejería de Formación Profesional en sus respectivos ámbitos de competencia.
- El impulso y promoción de la política becas y ayudas en los siguientes ámbitos:Obras en edificios e instalaciones docentes. Otras ayudas derivadas de los acuerdos de financiación a que se refiere la letra g) anterior.
- El impulso y promoción de los sistemas informáticos necesarios para la adaptación del sistema educativo a las nuevas necesidades y exigencias de la sociedad de la información, ejerciendo las competencias en planificación y diseño que sean necesarias.
- Dirigir, coordinar e impulsar los recursos informáticos necesarios en la gestión interna del departamento, incluyendo los servicios de Internet e Intranet.
- El Viceconsejero o Viceconsejera de Administración y Servicios es el órgano de contratación siempre que el presupuesto base de licitación o, de no existir este el valor estimado, sea superior a 1.000.000 de euros.
CARGOS
Blanca Maria Guerrero Ocejo
(26/07/2024 - ) Viceconsejera de Administración y Servicios
Cargos históricos
Xabier Aizpurua Telleria
(27/06/2024 - 25/07/2024) Viceconsejero de Administración y Servicios
Viceconsejería de Administración y Servicios
- Titular: Blanca Maria Guerrero Ocejo
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educación
Organigrama
Áreas / Funciones
Datos de contacto
Cargos
Entidades relacionadas
ORGANIGRAMA
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 9.– Viceconsejería de Administración y Servicios.
Además de las funciones genéricas correspondientes a las Viceconsejerías del departamento, la Viceconsejería de Administración y Servicios tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
- Coordinar cuanto concierne al régimen interno de las unidades administrativas del Departamento.
- La coordinación en la elaboración del anteproyecto de presupuestos del departamento, y la articulación de procedimientos de evaluación y análisis presupuestario.
- Supervisar las disposiciones y actos que tengan repercusión económica, autorizando el gasto del departamento en los expedientes de cuantía superior a 1.000.000 de euros, sin perjuicio de las competencias del Consejo de Gobierno, así como la coordinación de los expedientes de gasto y cualquier otro de carácter económico que requieran autorización del Consejo de Gobierno y de las Comisiones Delegadas.
- Las competencias que la Ley del Patrimonio de Euskadi atribuye al departamento, salvo que se encuentren atribuidas a otro órgano, en virtud del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley de Patrimonio de Euskadi.
- La coordinación de la gestión económico-administrativa y de los recursos materiales del sistema educativo, verificando y supervisando la adecuación de los citados recursos a la planificación general.
- La coordinación de la política del departamento en materia de concertación y financiación de centros docentes privados de enseñanzas no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1, de acuerdo con la planificación definida por la Viceconsejería de Políticas Educativas y la Viceconsejería de Formación Profesional en sus respectivos ámbitos de competencia.
- La coordinación y supervisión de las actuaciones referidas al personal del sistema educativo público de enseñanzas no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1, de acuerdo con la planificación definida por la Viceconsejería de Políticas Educativas y la Viceconsejería de Formación Profesional en sus respectivos ámbitos de competencia.
- El impulso y promoción de la política becas y ayudas en los siguientes ámbitos:Obras en edificios e instalaciones docentes. Otras ayudas derivadas de los acuerdos de financiación a que se refiere la letra g) anterior.
- El impulso y promoción de los sistemas informáticos necesarios para la adaptación del sistema educativo a las nuevas necesidades y exigencias de la sociedad de la información, ejerciendo las competencias en planificación y diseño que sean necesarias.
- Dirigir, coordinar e impulsar los recursos informáticos necesarios en la gestión interna del departamento, incluyendo los servicios de Internet e Intranet.
- El Viceconsejero o Viceconsejera de Administración y Servicios es el órgano de contratación siempre que el presupuesto base de licitación o, de no existir este el valor estimado, sea superior a 1.000.000 de euros.
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Blanca Maria Guerrero Ocejo
(26/07/2024 - ) Viceconsejera de Administración y Servicios
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Xabier Aizpurua Telleria
(27/06/2024 - 25/07/2024) Viceconsejero de Administración y Servicios