Dirección de Infraestructuras, Recursos y Tecnologías
- Titular: Aintzane Oyarbide Iruretagoiena
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educación > Viceconsejería de Administración y Servicios
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 12.– Dirección de Infraestructuras, Recursos y Tecnologías.
Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del departamento, la Dirección de Infraestructuras, Recursos y Tecnologías tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
- La gestión de las dotaciones en infraestructura para el adecuado desarrollo del sistema educativo.
- Instrucción y supervisión de los procedimientos en lo referente a la construcción, ampliación y mejora de los inmuebles, tanto de los centros docentes públicos de enseñanzas no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1 como en las demás dependencias del departamento.
- Supervisión de las obras, actuando como servicio específico de supervisión de los proyectos de obra, inspección técnica, control de calidad y seguimiento de certificaciones, así como la adopción de las decisiones y el dictado de instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución y realización de la prestación pactada, sin perjuicio de las funciones que correspondan a otros órganos o departamentos.
- La gestión de las dotaciones para el equipamiento, tanto de carácter general como específico, de los centros docentes públicos de enseñanzas no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1 y demás dependencias del departamento, sin perjuicio de las funciones que puedan corresponder a otros órganos.
- El ejercicio de las funciones de planificación, diseño e implantación que en materia de sistemas y recursos informáticos correspondan al departamento para la adecuada adaptación del sistema educativo a las exigencias de la sociedad de la información.
- Planificar y coordinar las necesidades en materia informática respecto de aplicaciones y soportes para el departamento.
- El estudio, la propuesta y la gestión de ayudas para obras en edificios e instalaciones docentes de enseñanza no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1.
- El ejercicio de las funciones que correspondan al departamento en materia de estadística, adscribiéndosele el órgano estadístico específico del Departamento de Educación.
En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Infraestructuras, Recursos y Tecnologías.
CARGOS
Cargos históricos
Dirección de Infraestructuras, Recursos y Tecnologías
- Titular: Aintzane Oyarbide Iruretagoiena
- Periodo del mandato: Legislatura XIII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Educación > Viceconsejería de Administración y Servicios
ÁREAS / FUNCIONES
Artículo 12.– Dirección de Infraestructuras, Recursos y Tecnologías.
Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del departamento, la Dirección de Infraestructuras, Recursos y Tecnologías tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
- La gestión de las dotaciones en infraestructura para el adecuado desarrollo del sistema educativo.
- Instrucción y supervisión de los procedimientos en lo referente a la construcción, ampliación y mejora de los inmuebles, tanto de los centros docentes públicos de enseñanzas no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1 como en las demás dependencias del departamento.
- Supervisión de las obras, actuando como servicio específico de supervisión de los proyectos de obra, inspección técnica, control de calidad y seguimiento de certificaciones, así como la adopción de las decisiones y el dictado de instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta ejecución y realización de la prestación pactada, sin perjuicio de las funciones que correspondan a otros órganos o departamentos.
- La gestión de las dotaciones para el equipamiento, tanto de carácter general como específico, de los centros docentes públicos de enseñanzas no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1 y demás dependencias del departamento, sin perjuicio de las funciones que puedan corresponder a otros órganos.
- El ejercicio de las funciones de planificación, diseño e implantación que en materia de sistemas y recursos informáticos correspondan al departamento para la adecuada adaptación del sistema educativo a las exigencias de la sociedad de la información.
- Planificar y coordinar las necesidades en materia informática respecto de aplicaciones y soportes para el departamento.
- El estudio, la propuesta y la gestión de ayudas para obras en edificios e instalaciones docentes de enseñanza no superiores, formación profesional y de otras titulaciones superiores no universitarias del nivel MECES 1.
- El ejercicio de las funciones que correspondan al departamento en materia de estadística, adscribiéndosele el órgano estadístico específico del Departamento de Educación.
En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Infraestructuras, Recursos y Tecnologías.