Departamento de Vivienda y Agenda Urbana

REGISTRO DE CONTRATOS

Desde la entrada en vigor de la Ley 3/2015, de 18 de junio, de Vivienda, es obligatorio tanto registrar los contratos de arrendamiento urbano como depositar las fianzas derivadas de los contratos. Para ello, debe utilizar el servicio Bizilagun del Gobierno Vasco.

En el Registro de contratos deben inscribirse todos los contratos de arrendamiento (alquiler) de las fincas urbanas ubicadas en la Comunidad Autónoma de Euskadi.

¿Debo solicitar la inscripción en el Registro?

No es necesario que solicite la inscripción si usted ya ha solicitado el depósito de la fianza. En estos casos la inscripción en el Registro la realizaremos, de oficio, desde el Servicio Bizilagun.

La parte arrendadora debe solicitar la inscripción en el Registro para los siguientes contratos:

  • Los celebrados por personas o entidades arrendadoras acogidas al régimen especial concertado, que no deben visarse en las delegaciones territoriales de vivienda y que no están inscritos previamente.
  • Los celebrados por las entidades exentas de depositar la fianza (administraciones públicas, sus organismos autónomos, las entidades de derecho público, los demás entes públicos dependientes de aquellas y las entidades de titularidad pública que tienen por objeto la mediación en el alquiler).

La parte arrendataria (inquilina) inscribirá los contratos que no hayan sido inscritos por causa imputable a la parte arrendadora, sin perjuicio de las responsabilidades en las que esta pueda incurrir. 

¿Qué plazo tengo para solicitar la inscripción del contrato?

La parte arrendadora tiene un mes desde la fecha de formalización del contrato.

La parte arrendataria podrá solicitar la inscripción mientras el contrato esté vigente.

¿Debo solicitar la modificación de la inscripción del contrato?

Si, una vez que el contrato está registrado, se modifican sus condiciones, se deberá presentar la modificación, que recogerá los cambios en:

  • Los datos para la notificación.
  • Las partes del contrato (arrendadora  y arrendataria-inquilina).
  • Los datos del inmueble arrendado.
  • El importe de la fianza (sólo en los casos en que el cambio de la renta traiga consigo cambio en la fianza).

No es necesario que solicite la modificación si usted ya ha presentado la modificación de la fianza. En estos casos modificaremos la inscripción, de oficio, desde el Servicio Bizilagun.

¿Quién debe presentar la modificación de la inscripción en el Registro de Contratos?

Modificaciones en el depósito de la fianza La parte arrendadora
Modificaciones en la inscripción en el Registro de Contratos de Arrendamiento La parte arrendadora de contratos acogidos al régimen concertado o exentos de depositar la fianza
La parte arrendataria cuando la parte arrendadora no ha cumplido con su obligación de registrar el contrato

¿Debo solicitar la cancelación en el Registro?

No es necesario que solicite la cancelación si usted ya ha solicitado la devolución de la fianza. En estos casos cancelaremos la inscripción, de oficio, desde el Servicio Bizilagun.

Debe solicitar la cancelación en el Registro para los siguientes contratos:

  • Los celebrados por las entidades exentas de depositar la fianza.
  • Los celebrados por personas o entidades arrendadoras acogidas al régimen especial concertado que no deben visarse en las delegaciones territoriales de vivienda y que no están inscritos previamente.

 

Los contratos se inscribirán exclusivamente por medios electrónicos:

Documentación que debe presentar

  • Una copia completa del contrato de arrendamiento firmado, salvo que el contrato sea verbal o haya sido visado (validado) por el departamento competente en materia de vivienda.
  • Una copia del recibo del IBI (impuesto de bienes inmuebles), para comprobar que el número fijo de la referencia catastral es correcto.
  • Si la parte arrendadora es una persona jurídica: fotocopia del NIF.
  • Si usted no tiene DNI o NIE: fotocopia del pasaporte.
  • Si la solicitud la firma un/a representante: documento que acredite la representación (modelo)

La modificación se presentará exclusivamente por medios electrónicos:

Documentación que debe presentar

  • Una copia completa del contrato de arrendamiento firmado con sus anexos.
  • Si la persona titular no figura en el contrato de arrendamiento: documento justificativo de que se ha subrogado en los derechos y obligaciones de la relación contractual (nota registral, escrituras, declaración de herederos/as, aceptación de herencia, etc.).
  • Si la solicitud la firma un/a representante: documento que acredite la representación (abre en nueva ventana).
  • Si usted no tiene DNI o NIE: fotocopia del pasaporte.

La inscripción se cancelará exclusivamente por medios electrónicos:

Documentación que debe presentar

  • Documento firmado por ambas partes que acredite la extinción del contrato, o sentencia judicial firme que lo acredite. Si no dispone de uno de estos dos documentos, se admitirá la declaración responsable de la persona arrendadora.
  • Si la persona que solicita la cancelación no figura en el contrato de arrendamiento: documento que justifique que se han subrogado (sustituido) los derechos y obligaciones de la relación contractual (nota registral, escrituras, declaración de herederos/as, aceptación de herencia, etc.).
  • Si la solicitud la firma un/a representante: documento que acredite la representación (modelo)

Fecha de última modificación: