¿Qué es la conciliación corresponsable?
Conciliar es “hacer compatibles dos o más cosas”.
Cuando aplicamos el término “conciliar” a la vida personal, laboral y familiar nos referimos a posibilitar el desarrollo paralelo de los diferentes ámbitos que componen la vida de las personas de forma satisfactoria:
- Ámbito personal, integrado por el descanso, el autocuidado, el ocio y tiempo libre, la participación social…
- Ámbito familiar, integrado por las relaciones afectivas, el cuidado y la educación…
- Ámbito laboral, consistente en la provisión de recursos, el desarrollo profesional…
La realidad social en la que vivimos exige mucha implicación y esfuerzo para poder asumir las distintas necesidades que surgen en cada uno de ellos. De ahí que resulte imprescindible abordar la conciliación desde la corresponsabilidad.
Esta corresponsabilidad debe darse:
En el ámbito laboral: corresponsabilidad entre la empresa y las personas trabajadoras, desde la voluntad y el compromiso de resolver las necesidades mutuas, las productivas, en el caso de la empresa, y las personales y familiares, en el caso de las personas trabajadoras.
En el ámbito familiar: corresponsabilidad entre las y los miembros de la familia (progenitoras/es, hijas e hijos, y otras personas que puedan formar parte de la unidad familiar), asumiendo que las tareas domésticas, la crianza y los cuidados son una responsabilidad conjunta, y defendiendo relaciones basadas en la igualdad, que posibiliten el desarrollo personal y profesional de todas las personas.
En la sociedad: porque la responsabilidad de la conciliación no es exclusiva de las personas afectadas, sino de la sociedad en su conjunto, y porque la transformación se consigue modificando la educación, cultura y estructuras sociales, en particular, y cambiando las correspondientes a las organizaciones sociales, empresas, administraciones, y la sociedad en general. Por lo tanto, se trata también de modificar la cultura empresarial, de ampliar la cobertura y flexibilidad de horarios de los servicios públicos y de repensar la planificación urbanística.
- A las familias: las mujeres y hombres, que deben tratar de hacer un reparto equitativo de las responsabilidades domésticas, la crianza y los cuidados, rompiendo de esta manera los roles de género preestablecidos. Del mismo modo, las hijas e hijos deberán participar también en las tareas domésticas y familiares, de acuerdo a su nivel de capacidad, responsabilidad y desarrollo. Es decir, es necesaria la contribución de todas las personas que integren las unidades familiares, en toda su diversidad.
- A las empresas: que deben implantar políticas de igualdad, y promover medidas de conciliación personal, familiar y laboral para sus plantillas.
- A las administraciones públicas: que deben trabajar por la igualdad de oportunidades de mujeres y hombres, diseñando políticas públicas que promuevan la corresponsabilidad y faciliten la conciliación.
- A los sindicatos: que deben tratar de impulsar la inserción de medidas de conciliación personal, familiar y laboral en la negociación colectiva.
- A las trabajadoras y los trabajadores: que deben ejercitar su derecho a la conciliación de forma responsable.