Departamento de Vivienda y Agenda Urbana

Normativa

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ORDEN de 27 de junio de 2012, de la Consejera de Justicia y Administración Pública, por la que se aprueba la política de firma electrónica y de certificados.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Justicia y Administración Pública
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 146
  • Nº orden: 3474
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 27/06/2012
  • Fecha de publicación: 27/07/2012

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Actividades Económicas
  • Submateria: Información y comunicaciones; Gobierno y Administración Pública

Texto legal

El Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica, establece, en su artículo 19, que mediante orden de la persona titular del departamento competente en Administración Electrónica se aprobará la política de firma electrónica y de certificados y se publicará un extracto de su aprobación en el Boletín Oficial del País Vasco y, de forma íntegra, en la sede electrónica. Asimismo, el artículo 19 dispone que esta política concretará los procesos de generación, validación y conservación de firmas electrónicas, así como las características y requisitos exigibles a los sistemas de firma electrónica, los certificados, los servicios de sellado de tiempo, y otros elementos de soporte de las firmas.

La Norma Técnica de Interoperabilidad de Política de Firma Electrónica y de certificados de la Administración, dictada en desarrollo del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, implanta el conjunto de criterios para el desarrollo o adopción de políticas de firma electrónica basada en certificados, por parte de las Administraciones Públicas. Para ello, define el contenido de una política de firma electrónica basada en certificados, especificando las características de las reglas comunes, como formatos, uso de algoritmos, creación y validación de firma para documentos electrónicos, así como de las reglas de confianza en certificados electrónicos, sellos de tiempo y firmas longevas.

En aplicación de las normas anteriores, mediante la presente Orden,

La política de firma electrónica y de certificados surtirá efectos desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 27 de junio de 2012.

La Consejera de Justicia y Administración Pública,

IDOIA MENDIA CUEVA.

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