PRESENTACION
De acuerdo con la Ley de Ordenación del Territorio del País Vasco, los Planes Territoriales Parciales desarrollarán las Directrices de Ordenación Territorial en las áreas o zonas supramunicipales que éstas delimiten, concretando para cada una de ellas los criterios específicos de ordenación que las Directrices establezcan.
Las Directrices de Ordenación Territorial definen quince ámbitos geográficos, denominados Areas Funcionales, en virtud de criterios geográficos, económicos y sociales. Por su tamaño y estructura, son la pieza clave para el análisis de sus problemas y la implantación de programas de ordenación territorial para solucionarlos
En la actualidad se ha iniciado la redacción de los quince Planes Territoriales Parciales previstos en las DOT, que se encuentran en diferentes pases de desarrollo
Contendrán las siguientes determinaciones:
- la definición de los objetivos de la ordenación a partir del análisis del estado actual del territorio, de la situación socioeconómica y de sus posibilidades de evolución.
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el señalamiento de los espacios aptos para servir de soporte a las grandes infraestructuras, según sus características.
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la definición de la ubicación de los equipamientos de interés común para el área o zona objeto del Plan.
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los criterios, principios y normas generales a los que habrá de atenerse la ordenación urbanística.
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la definición de los espacios que deban ser objeto de remodelación, regeneración o rehabilitación con el fin de evitar su degradación o de conseguir su recuperación para usos, total o parcialmente, distintos, así como de los programas a desarrollar y las medidas de apoyo encaminadas a incentivar su realización.
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la cuantificación de las superficies de suelo que deban reservarse con destino a alguna de las siguientes finalidades:
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construcción de viviendas de protección oficial, de promoción pública o privada, u otras que el futuro pudieran ser limitadas en su precio final mediante regulación específica.
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promoción pública de suelo industrial para posibilitar la formación de polígonos urbanizados.
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los criterios, normas y principios necesarios para el desarrollo de las determinaciones que contienen las Directrices.
La formulación de dichas determinaciones se realizará respetando el ámbito competencial garantizado a las Entidades Locales.
Los Planes Territoriales Parciales concretarán sus determinaciones en los siguientes documentos:
- estudios y planos de información
- memoria explicativa del Plan.
- estudio económico-financiero
- programa de ejecución, desglosado en etapas de cuatro años
- planos y normas de ordenación
Podrán contener otros documentos que se puedan considerar necesarios y adecuados.
Áreas funcionales y municipios que engloban
1.BALMASEDA-ZALLA
Arcentales Balmaseda Carranza Galdames Gordexola Güeñes Lanestosa Sopuerta Trucíos Zalla
2. ÁREA FUNCIONAL BEASAIN-ZUMARRAGA
Altzaga Arama Ataun Beasain Exkio-Itsaso Gabiria Gainza Idiazabal Itsasondo Lazkao Legazpi Legorreta Mutiloa Olaberria Ordizia Ormaiztegi Segura Urretxu Zaldibia Zegama Zerain Zumarraga Parzonería General de Alava y Gipuzkoa Enirio de Aralar
3.ÁREA FUNCIONAL DE BILBAO METROPOLITANO
Alonsotegi Arrankudiaga Arrigorriaga Barakaldo Barrika Basauri Berango Bilbao Derio Erandio Etxebarri Galdakao Getxo Gorliz Larrabetzu Leioa Lemoiz Lezama Loiu Muskiz Ortuella Plentzia Portugalete Santurtzi Sestao Sondika Sopelana Ugao-Miraballes Urduliz-Trapagaran Zamudio Zaratamo Zeberio Zierben
4. ÁREA FUNCIONAL DE DONOSTIA-SAN SEBASTIAN
Andoain Astigarraga Donostia-San Sebastian Hernani Hondarribia Irun Lasarte-Oria Lezo Oiartzun Pasaia Renteria Urnieta Usurbil
5. ÁREA FUNCIONAL DE DURANGO
Abadiño Amorebieta-Etxano Atxondo Berriz Durango Elorrio Garai Iurreta Izurza Mañaria Zaldibar
6. ÁREA FUNCIONAL DE EIBAR
Deba Eibar Elgoibar Ermua Mallabia Mendaro Mutrilu Soraluze-Placencia de las Armas
7. ÁREA FUNCIONAL DE GERNIKA-MARKINA
Ajangiz Amoroto Arratzu Aulesti Berriatua Bustura Ea Elantxobe Ereño Errigoiti Etxebarria Forua Gautegiz de Arteaga Gernika-Lumo Gizaburuaga Ibarrangelua Ispaster Kortezubi Lekeitio Markina-Xemein Mendata Mendexa Morga Mundaka Munitibar-Arbatzegi-Gerrikaitz Murueta Muxika Nabarniz Ondarroa Sukarrieta
8. ÁREA FUNCIONAL DE IGORRE
Arantzazu Areatza Bedia Castillo Elejabeitia Zeanuri Dima Igorre Lemoa
9. ÁREA FUNCIONAL DE LAGUARDIA
Baños de Ebro Cripán Elciego Elvillar Labastida Laguardia Lanciego Lapuebla de Labarca Leza Moreda de Alava Navaridas Oion Samaniego Villabuena de Alava Yécora
10. ÁREA FUNCIONAL DE LLODIO
Amurrio Arakaldo Artziniega Ayala Llodio Okondo Orduña Orozko
11. ÁREA FUNCIONAL DE MONDRAGON-BERGARA
Antzuola Aramaio Aretxabaleta Arrasate-Mondragón Bergara Elgeta Eskoriatza Leintz-Gatzaga Oñati
12. ÁREA FUNCIONAL DE MUNGIA
Arrieta Bakio Fruniz Gamiz-Fika Gatika Laukiz Maruri Meñaka Mungia
13. ÁREA FUNCIONAL DE TOLOSA
Abaltzisketa Aduna Albiztur Alegia Alkiza Altzo Amezketa Anoeta Asteasu Baliarrain Belauntza Berastegi Berrobi Bidegoian Elduain Hernialde Ibarra Ikaztegieta Irura Larraul Leaburu-Gaztelu Lizartza Orendain Orexa Tolosa Billabona Zizurkil
14. ÁREA FUNCIONAL DE ÁLAVA-CENTRAL
Alegría-Dulantzi Armiñon Arraia-Maeztu Arrazua-Ubarrundia Asparrena Barrundia Berantevilla Bernedo Campezo Zigoitia Cuartango Elburgo Iruña de Oca Iruraiz Gauna Lagrán Lantarón Legutiano Otxandio Peñacerrada Ribera Alta Ribera Baja Salinas de Añana Salvatierra-Agurain San Millan Ubidea Urkabustaiz Valdegobía Valle de Aran Vitoria-Gasteiz Zalduondo Zambrana Zuia Sierra Brava de Badaia Parzonería de Entzia Comundiad de Peñacerrada, Lagrán y Laño
15. ÁREA FUNCIONAL DE ZARAUTZ-AZPEITIA
Aia Aizarnazabal Azpeitia Beizama Errezil Getaria Orio Zarautz Zestoa Zumaia