Departamento de Vivienda y Agenda Urbana

Normativa

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ORDEN de 2 de marzo de 2023, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se inicia el procedimiento de revisión del Plan Territorial Parcial de Alto Deba.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Orden
  • Órgano emisor: Planificación Territorial, Vivienda y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 74
  • Nº orden: 1876
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 02/03/2023
  • Fecha de publicación: 19/04/2023

Ámbito temático

  • Materia: Medio natural y vivienda
  • Submateria: Urbanismo y vivienda

Texto legal

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El área funcional de Alto Deba queda definida por las Directrices de Ordenación Territorial de la CAPV (en adelante DOT), y comprende los municipios guipuzcoanos de: Antzuola, Aretxabaleta, Arrasate/Mondragón, Bergara, Elgeta, Eskoriatza, Leintz-Gatzaga y Oñati, así como el municipio alavés de Aramaio.

Mediante Decreto 87/2005, de 12 de abril, el Consejo de Gobierno Vasco aprobó el Plan Territorial Parcial (en adelante PTP) del Área Funcional de Alto Deba. De conformidad con lo establecido en la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio, en desarrollo y aplicación de las DOT, aprobadas por Decreto 28/1997, de 11 de febrero, el PTP de Alto Deba aprobado en 2005 es el instrumento de ordenación territorial que ha definido la estructura del área funcional de Alto Deba y al que han debido de atenerse tanto los planes urbanísticos como los planes territoriales sectoriales y actuaciones con incidencia territorial en el área funcional.

Por su parte, mediante Decreto 128/2019, de 30 de julio, se aprobaron definitivamente las Directrices de Ordenación Territorial de la Comunidad Autónoma del País Vasco, revisión de las anteriores de 1997. La Disposición Transitoria primera del citado Decreto establece que: «Los Planes Territoriales Parciales y los Planes Territoriales Sectoriales vigentes en la actualidad, se adaptarán a lo dispuesto en el presente Decreto en el plazo de ocho años siguientes a su entrada en vigor.» Esta adaptación supone incorporar al planeamiento territorial del área funcional todas las cuestiones que establecen las DOT, algunas novedosas como el perímetro de crecimiento urbano, la infraestructura verde o la incorporación de cuestiones transversales como el cambio climático, la salud o la perspectiva de género.

De acuerdo con lo previsto en el punto 3 del artículo 3 de las Normas de Ordenación del PTP, se han redactado Memorias de Seguimiento del PTP, la primera en el año 2013 y, una vez aprobadas las nuevas Directrices de Ordenación del Territorio en el año 2019, en el año 2021 la Dirección de Planificación Territorial y Urbanismo (actual Dirección de Planificación Territorial y Agenda Urbana) elaboró una Memoria de Seguimiento del PTP del Área Funcional de Alto Deba, que fue tratada en la sesión 1/2021 de 29 de enero de la Comisión de Ordenación del Territorio del País Vasco (COTPV).

Asimismo, en línea con lo señalado en las DOT aprobadas en 2019, se exige que la revisión del PTP de Alto Deba se realice en el marco de un proceso participativo lo más amplio posible, teniendo en cuenta las circunstancias en las que se posibilite la forma de hacerlo en cada momento.

El Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística, señala en su artículo 3 que el acuerdo o resolución de inicio de la formulación, revisión o modificación de cualquier figura de ordenación territorial o de ordenación urbanística estructural deberá estar acompañado de un programa de participación en el que se establecerán los objetivos, estrategias y mecanismos suficientes para posibilitar el derecho a participar de la ciudadanía y entidades asociativas. Este programa de participación ciudadana se publicará resumidamente en el Boletín Oficial del País Vasco o en el del territorio histórico correspondiente, según la administración pública promotora; se divulgará a través de las nuevas tecnologías de la información, y contendrá como mínimo una guía de participación, la previsión de sesiones abiertas al público explicativas, así como material divulgativo que deberá prepararse.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que regula la participación de la ciudadanía en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, con carácter previo a la elaboración de la presente disposición se ha sustanciado correspondiente trámite de consulta pública.

El proceso de tramitación sustantiva del Plan Territorial Parcial de Alto Deba se habrá de realizar de conformidad con el artículo 13 de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, así como en los artículos 13.1 y 3.1 del Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística.

Por todo lo cual, vistos los antecedentes mencionados, y en ejercicio de la competencia contemplada en el artículo 13 de Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco,

En Vitoria-Gasteiz, a 2 de marzo de 2023.

El Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes,

IGNACIO MARÍA ARRIOLA LÓPEZ.

  1. Enfoque general.

  1. La importancia de la participación en la escala Territorial.

    Una planificación y gestión territorial compartidas y eficientes son posibles con el nivel de implicación demostrado por todos y todas las agentes involucradas que, operando a diferentes niveles, son igualmente determinantes para el desarrollo sostenible del territorio. Existen diversas razones que justifican la necesidad y oportunidad de que la ciudadanía participe en la elaboración del planeamiento. La más importante radica en el derecho, que las personas comparten en los sistemas de gobierno democráticos, a expresar una voz propia en todos los asuntos de la política pública y entre ellos sin duda, en el planeamiento.

    Además, existen numerosos beneficios que afectan directamente a la viabilidad y calidad del planeamiento:

    Todos y todas las habitantes de un territorio son una fuente insustituible de información fruto de la experiencia directa.

    La participación a lo largo de todo el proceso de elaboración del planeamiento reduce la probabilidad de conflictos ulteriores a la aprobación de los planes.

    La participación ciudadana fortalece así mismo el sentimiento de comunidad y de pertenencia respecto del planeamiento.

    La participación ciudadana es importante para fortalecer el marco urbanístico-territorial, ya que ciudadanos y ciudadanas informadas y comprometidas respecto de las decisiones en su territorio constituyen la mejor garantía de que tanto la legislación como las determinaciones del planeamiento son aplicadas adecuadamente.

    El programa de participación integrará el análisis de las cuestiones transversales que desde la aprobación de las Directrices de Ordenación Territorial (DOT) merecen un tratamiento específico y una especial atención, tales como la perspectiva de género, los entornos saludables, la consideración de la utilización y la presencia del euskera, el cambio climático, la salud, la accesibilidad universal y la interrelación territorial, entre otras.

  2. Objetivos generales.

    Hacer partícipe a la población de la posibilidad de imaginar juntos un futuro mejor.

    Fomentar una participación inclusiva, diferenciada, y educativa: formación de una cultura de ciudadanía.

    Dar voz a perfiles que tradicionalmente no han estado representados en los espacios de decisión y participación.

    Aprovechar el capital de ideas generadas.

  3. Finalidad del Plan de Participación.

    Comunicar: Atraer el interés de diferentes audiencias, generar visibilidad y debate.

    Activar: Lanzar la vertiente participativa, activando el movimiento hacia un objetivo común.

    Experimentar: Metodologías y formatos de participación.

    Recoger y documentar: Las diferentes ideas que surjan de las actividades.

  4. Valores.

    Inclusividad: Garantizar la participación equitativa, respetando y valorando la diferencia.

    Transparencia: El proceso y la información serán accesibles, veraces y comprensibles para la ciudadanía.

    Cooperación: Con el objetivo de construir nuevas ideas, valores y proyectos compartidos.

    Innovación: Poniendo en valor nuevas ideas con impacto individual y colectivo.

  1. Metodología.

  1. Continuidad con la participación en el diagnóstico y la propuesta de territorio (Estudios previos y DOT).

    El proceso de participación de la Revisión del PTP se apoyará y retomará los contactos y canales abiertos en los procesos de redacción de las DOT y de los estudios previos que alimentan al diagnóstico. Así mismo, entre los antecedentes para la elaboración del PTP están las recomendaciones para la participación, que exponen una metodología con cinco metas siguiendo la nomenclatura del proceso de participación desarrollado durante la revisión de las DOT:

    Difusión o Visibilidad.

    Ciudadanía o Pedagogía.

    Participación o Concertación.

    Gobernanza o Corresponsabilidad.

    Documentación o Registro.

  2. Mecanismos de participación.

    1. Según el tipo de acción:

    Participación mediante talleres digitales o presenciales (sesiones abiertas): Los talleres digitales o presenciales se conciben como un instrumento abierto a todos los públicos, donde cada grupo social planteará aportaciones. Se aprovecharán las nuevas herramientas y costumbres digitales adquiridas por casi todos los sectores de la sociedad.

    Participación con seguimiento digital: Se diseñará material divulgativo para la difusión de contenidos y conclusiones y se elaborará una Guía de Participación, todo adaptado a un vocabulario no técnico. La difusión de estos materiales se realizará a través de la web y redes sociales.

    2. Mecanismos según rol de participación:

    Participación experta: Dirigida especialmente a perfiles técnicos y profesionales, tanto de la administración como de otro tipo de entidades, pero abierta a toda la ciudadanía.

    Entrevistas semi-estructuradas con agentes estratégicos.

    Mesas de debate temáticas (online o presenciales).

    Participación ciudadana: Abierta a toda la ciudadanía, pero dirigida especialmente a organizaciones locales, organizaciones vinculadas a la ciencia, conocimiento y/o actividades económicas.

    Encuesta online.

    Talleres y eventos online o presenciales.

  3. Facilitar la participación en euskera.

    Se plantean facilidades para que la participación pueda realizarse indistintamente en euskera y/o castellano. Por tanto, se pondrá especial atención a que cada persona tenga la oportunidad de escoger en qué idioma participar. Para ello, tanto las comunicaciones como las dinámicas de participación serán diseñadas en bilingüe.

  1. Estructura del proceso.

  1. Fase 1: Diagnóstico.

    1. Encuesta Online sobre problemáticas, necesidades y oportunidades.

    2. Puesta en marcha de página web y buzón electrónico de sugerencias: lurraldea@euskadi.eus

  2. Fase 2: Redacción del Avance.

    1. Encuesta Online sobre problemáticas, necesidades y oportunidades.

    2. Encuesta general abierta a la ciudadanía.

    3. Grupos de discusión: Talleres presenciales u online, con la participación de perfiles técnicos, sociales y medioambientales destacados.

    Miradas desde el género.

    Mirada desde la desde la accesibilidad universal.

    Mirada desde la salud.

    Mirada desde el cambio climático.

  3. Fase 3: Exposición pública del Avance.

    Charlas explicativas presenciales sobre el contenido del Avance del Plan.

  4. Fase 4: Redacción del documento de Aprobación Inicial.

    Grupos de contraste técnico, formados por personal técnico de agentes públicos privados, sociales y medioambientales.

  5. Fase 5: Exposición pública del documento de Aprobación Inicial.

    Exposiciones informativas con paneles y material divulgativo, expuestos al público al menos 10 días hábiles.

    Charlas explicativas en las localidades de instalación de dichas exposiciones.

  6. Fase 6: Sesión de devolución.

    Charla online explicando el contenido del Documento de Aprobación Definitiva.