Departamento de Justicia y Derechos Humanos

Ayudas a empresas

LÍNEA DE AYUDAS A ENTIDADES PARA LA CONTRATACIÓN DE UNA CONSULTORA PARA HACER UN DIAGNÓSTICO Y UN PLAN DE CONCILIACIÓN

El 16 de julio se ha aprobado en Consejo de Gobierno la Orden de la Consejera de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas económicas a entidades de la Comunidad Autónoma del País Vasco para la realización de un diagnóstico de situación y de un plan de acción en materia de conciliación de la vida personal, familiar y laboral que efectúa la convocatoria para el año 2024. La orden se publicará en el BOPV en el mes de agosto.

OBJETO:

Ayuda económica dirigida a entidades (empresas, asociaciones, fundaciones…) que tengan algún centro de trabajo en la CAE para el que desean hacer un diagnóstico y un primer plan de conciliación, para lo que necesiten contratar los servicios de una consultora para hacerlo.

No se subvenciona la elaboración de diagnósticos y planes de conciliación diferentes al primero, ni la implementación de las medidas que puedan establecerse en el plan.

PROCEDIMIENTO:

Concurrencia competitiva.  Se establecerá el orden de concesión de la subvención en función de la puntuación obtenida por el proyecto presentado en el Anexo III, en función de los criterios establecidos en la Orden, hasta agotamiento del crédito.

Puntuación mínima necesaria para optar a la ayuda: 50 puntos.

PRESUPUESTO:

420.000€

CUANTÍA:

La cuantía de la subvención se corresponderá con el 70 % del coste (sin IVA) de los servicios de consultoría para la elaboración del diagnóstico y del plan de conciliación. En el caso de que la entidad solicitante esté exenta de declarar el IVA, y no pueda repercutirlo, la cuantía a subvencionar se calculará sobre el coste con el IVA incluido. Se establecen, además, topes máximos en relación al importe subvencionable de los proyectos en función del número de personas trabajadoras en plantilla (Consultar la Orden).

Pago en dos momentos: primer pago (adelantado) del 50% de la ayuda en el momento de la Resolución, y 50% tras verificar la correcta justificación de los trabajos.

NOVEDADES DE ESTA CONVOCATORIA:

Esta convocatoria contiene algunas novedades con respecto a la anterior:

  • Una vez recibida la notificación de la propuesta de resolución se debe ACEPTAR la ayuda en el plazo de 10 días. La no aceptación de la ayuda será considerada como renuncia.
  • Se abre a entidades privadas de cualquier tamaño con sede o establecimientos en la CAE.
  • Se modifica la forma de pago, que será 50% en el primero pago y 50% en el segundo.
  • Establece topes máximos subvencionables en relación al número de personas que componen la plantilla de la entidad.
  • Modifica algunos criterios de valoración y amplía la exigencia en los productos finales.

PLAZO DE SOLICITUD:

Desde el día siguiente de la publicación de la Orden en el BOPV hasta el 30 de septiembre de 2024.

FECHA FIN DE PROYECTO:

Hasta el 31 de mayo de 2025.

JUSTIFICACIÓN:

Hasta el 30 de junio de 2025.


LÍNEA DE AYUDAS DIRIGIDA A LAS EMPRESAS QUE SUSTITUYAN A UNA PERSONA TRABAJADORA EN EXCEDENCIA O REDUCCIÓN DE JORNADA PARA EL CUIDADO DE HIJOS E HIJAS, FAMILIARES DEPENDIENTES, O FAMILIARES EN SITUACIÓN DE EXTREMA GRAVEDAD SANITARIA

Esta línea subvencional está recogida en el Decreto164/2019, de 22 de octubre, sobre ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral regula varias líneas de ayudas a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral.

La ayuda consiste en la cotización a la Seguridad Social de la persona contratada que sustituye a persona trabajadora en excedencia o reducción de jornada.

Gestiona: Servicio Vasco de Empleo Lanbide.

Puede consultar las condiciones de acceso a esta ayuda en este enlace: https://www.lanbide.euskadi.eus/general/-/informacion/ayudas-a-la-conciliacion-laboral/