Registro de Museos y Colecciones de Euskadi
El objeto del Decreto por el que se crea el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi es el de establecer un inventario oficial, que a su vez constituya requisito indispensable para el reconocimiento formal como “Museo de Euskadi” o “Colección de Euskadi”.
Museos y Colecciones radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Ley 7/2006, de 1 de diciembre de museos de euskadi (BOPV N 239/2006)
- Decreto 54/2008 de 18 de marzo (BOPV N 64/2008), del consejo Asesor de Museos de Euskadi.
-
Decreto 132/2011, de 21 de junio (BOPV de 5 de Julio de 2011)
Decreto 132/2011, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento del Registro de Museos y Colecciones de Euskadi y se regula el Reconocimiento como «Museo de Euskadi» O «Colección de Euskadi».
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Departamento de Cultura
- Vitoria-Gasteiz
Donostia-San Sebastián 1
01010- Vitoria-Gasteiz
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Zuzenean - Atención Ciudadana
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Departamento de Cultura
- Vitoria-Gasteiz
Donostia-San Sebastián 1
01010- Vitoria-Gasteiz
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
El registro de Museos y Colecciones de Euskadi, adscrito al departamento competente en materia de cultura del Gobierno Vasco, tiene la finalidad de establecer un inventario oficial y constituir requisito indispensable para el reconocimiento formal como "Museo de Euskadi" o "Colección de Euskadi", así como para la utilización de estas denominaciones.
El Procedimiento de Inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi, se iniciará a petición de su titular.
Todos los museos y colecciones radicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Euskadi que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 7/2006, de 1 de diciembre, de Museos de Euskadi, y su normativa de desarrollo, podrán solicitar su inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi.
Plazo máximo de seis meses, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la solicitud.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de Patrimonio Cultural.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Formulario que la persona o entidad interesada deberá cumplimentar y entregar junto con la documentación correspondiente y el Anexo I en los lugares de presentación especificados.
Formulario que la entidad interesada deberá acompañar al formulario de solicitud correctamente cumplimentado.
Poder para presentación de solicitudes al registro de Museos y Colecciones de Euskadi en nombre y representación de una entidad
- Instrucciones para la aportación de documentación - Canal Presencial
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita para el procedimiento. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.
Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico.
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación telemática. Para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Para personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano/a.
- Para personas Jurídicas: Certificado de entidad.
Junto al formulario de solicitud debe aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios, si fuera necesario, y guardarlos en su ordenador.
Formulario que la entidad interesada deberá acompañar al formulario de solicitud correctamente cumplimentado.
Poder para presentación de solicitudes al registro de Museos y Colecciones de Euskadi en nombre y representación de una entidad
- Instrucciones para la aportación de documentación - Canal Electrónico
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita para el procedimiento. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones, previa identificación con un certificado electrónico
- Cancelación de Inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi
- Revocación de reconocimiento como Museo de Euskadi
- Revocación de reconocimiento como Colección de Euskadi
Cualquier cambio o alteración de los datos que consten en el registro, deberán ser notificados a la Dirección del patrimonio Cultural del departamento de Cultura de Gobierno Vasco, en el plazo de dos meses a partir del momento en que se produzca la modificación, acompañando en todo caso de los documentos necesarios.
El procedimiento de Modificación y/o Actualización de Datos inscritos, será iniciado a petición de su titular.
Formulario que la persona o entidad interesada deberá de cumplimentar y entregar junto con la documentación correspondiente y el Anexo I en los lugares de presentación especificados
Formulario que la entidad interesada deberá de acompañar al formulario de solicitud correctamente cumplimentado
Poder para presentación de solicitudes al registro de Museos y Colecciones de Euskadi en nombre y representación de una entidad
- Instrucciones para la aportación de documentación - Canal Presencial
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita para el procedimiento. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.
Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico.
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación telemática. para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Para personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano/a
- Para personas Jurídicas: Certificado de entidad
Junto al formulario de solicitud debe aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios, si fuera necesario, y guardarlos en su ordenador.
Formulario que la entidad interesada deberá de acompañar al formulario de solicitud correctamente cumplimentado
Poder para presentación de solicitudes al registro de Museos y Colecciones de Euskadi en nombre y representación de una entidad
- Instrucciones para la aportación de documentación - Canal Electrónico
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita para el procedimiento. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
- Cancelación de Inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi
- Revocación de reconocimiento como Museo de Euskadi
- Revocación de reconocimiento como Colección de Euskadi
El Procedimiento para el Reconocimiento como Museo de Euskadi, se iniciará a petición de su titular
Será Requisito indispensable para el reconocimiento como "Museo de Euskadi":
- Haber finalizado favorablemente el proceso de Inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi
- La presentación de la documentación requerida en el artículo 17 del Decreto 132/2011.
Plazo máximo de seis meses, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la solicitud
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de Patrimonio Cultural.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Formulario que la persona o entidad interesada deberá de cumplimentar y entregar junto con la documentación correspondiente y el Anexo I en los lugares de presentación especificados.
Formulario que la entidad interesada deberá de acompañar al formulario de solicitud correctamente cumplimentado
Poder para presentación de solicitudes al registro de Museos y Colecciones de Euskadi en nombre y representación de una entidad
- Instrucciones para la aportación de documentación - Canal Presencial
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita para el procedimiento. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.
Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico.
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello de pedirá que se identifique con un certificado electrónico.
- Para personas físicas:DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano/a.
- Para personas Jurídicas: Certificado de entidad
Junto al formulario de solicitud debe aportar documentación específica. Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios, si fuera necesario, y guardarlos en su ordenador.
Anexo I (Doc. Registro)Formulario que la entidad interesada deberá de acompañar al formulario de solicitud correctamente cumplimentado
Poder para presentación de solicitudes al registro de Museos y Colecciones de Euskadi en nombre y representación de una entidad
- Instrucciones para la aportación de documentación - Canal Electrónico
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita para el procedimiento. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
- Cancelación de Inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi
- Revocación de reconocimiento como Museo de Euskadi
- Revocación de reconocimiento como Colección de Euskadi
Procedimiento para solicitar el Reconocimiento como Colección de Euskadi
El procedimiento para el Reconocimiento como Colección de Euskadi, se iniciará a petición de su titular
Será Requisito indispensable para el reconocimiento com "Colección de Euskadi":
- Haber finalizado favorablemente el proceso de Inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi
- La presentación de la documentación requerida en el artículo 18 del Decreto 132/2011.
Plazo máximo de seis meses, contado a partir del día siguiente a aquel en que tenga lugar la recepción de la solicitud
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de Patrimonio Cultural.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
Formulario que la persona o entidad interesada deberá de cumplimentar y entregar junto con la documentación correspondiente y el Anexo I en los lugares de presentación especificados.
Para el reconocimiento como Colección de euskadi, las entidades interesadas, deberán presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado junto con la documentáción requerida.
Poder para presentación de solicitudes al registro de Museos y Colecciones de Euskadi en nombre y representación de una entidad
- Instrucciones para la aportación de documentación - Canal Presencial
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita para el procedimiento. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.
Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico.
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación electrónica. Para ello de pedirá que se identifique con un certificado electrónico.
- Para personas físicas:DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano/a.
- Para personas Jurídicas: Certificado de entidad
Junto al formulario de solicitud debe aportar documentación específica. Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios, si fuera necesario, y guardarlos en su ordenador.
Anexo I (Doc. Registro)Para el reconocimiento como Colección de euskadi, las entidades interesadas, deberán presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado junto con la documentáción requerida.
Poder para presentación de solicitudes al registro de Museos y Colecciones de Euskadi en nombre y representación de una entidad
- Instrucciones para la aportación de documentación - Canal Electrónico
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita para el procedimiento. En cada caso se especifican las posibilidades existentes.Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
- Cancelación de Inscripción en el Registro de Museos y Colecciones de Euskadi
- Revocación de reconocimiento como Museo de Euskadi
- Revocación de reconocimiento como Colección de Euskadi