Becas para la realización de trabajos de investigación. Igualdad mujeres y hombres
provisión de tres becas para la realización de trabajos de investigación, a lo largo del año 2011, que favorezcan la consecución de la igualdad de mujeres y hombres.
Se cifran inicialmente en sesenta y nueve mil novecientos noventa y nueve (69.999) euros para el ejercicio 2011.
- Resolucion de 22 de diciembre de 2010 (B.O.P.V N 251/2010)
De la directora de Emakunde-Instituto Vasco de la mujer, por la que se aprueba la convocatoria de tres becas de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2011.
Las solicitudes se dirigirán a la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, Calle Manuel Iradier 36, 01005 Vitoria-Gasteiz, o por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo.
945 - 016711
Las solicitudes se dirigirán a la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, Calle Manuel Iradier 36, 01005 Vitoria-Gasteiz, o por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo.
Las solicitudes se dirigirán a la Directora de Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, Calle Manuel Iradier 36, 01005 Vitoria-Gasteiz, o por cualquiera de los medios previstos en la normativa de procedimiento administrativo.
Pretende dinamizar estos campos de estudio y permitir la realización de trabajos de investigación que favorezcan la consecución de la igualdad de mujeres y hombres por parte de personas o grupo de personas especialistas en la materia, para garantizar la calidad en los trabajos de investigación y lograr los fines expresados
Podrán tener acceso a las becas personas o grupo de personas que cumplan los requisitos
- que el trabajo de investigación se desarrolle en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- que el trabajo de investigación se redacte haciendo un uso no sexista del lenguaje.
- que se hallen al corriente de sus obligaciones tributarias.
- que no hayan disfrutado con anterioridad de una beca de igual o similar naturaleza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Las tres becas estarán dotadas con una cantidad de 23.333 euros cada una.
Se hará efectiva en tres partes: primer pago, inmediatamente después de su aprobación; el segundo pago, una vez valorada positivamente la primera información trimestral del trabajo de investigación realizado, y tercer pago, una vez recibido y valorado el trabajo objeto de la beca
Impreso de solicitud (modelo rellenable en formato pdf)
- a) Memoria (anexo II)
Memoria descriptiva del trabajo de investigación
- b) Impreso Alta de Datos Tercera Parte Interesada (anexo V)
Impreso “Alta de Datos/Tercera Parte Interesada”
- c) D.N.I.
Fotocopia del DNI de la persona o personas del grupo
- d, e) Curriculum Vitae (anexo IV)
Curriculum Vitae en el que conste la formación y experiencia, tanto en materia de género como en el ámbito del trabajo objeto de investigación, conforme al tipo de beca solicitado de la persona o las personas encargadas de realizar la investigación en el ámbito objeto de estudio o en otros similares. A este documento se acompañará el escrito que se recoge en el Anexo IV.
Cuando la investigación vaya a ser realizada por varias personas se especificarán las funciones y tareas que realizará cada una de ellas en el proceso, determinando claramente quién será el investigador o investigadora principal o la persona responsable
- f, g, h) Declaraciones Juradas (anexo VI)
Declaraciones Juradas, indicando que se cumplen los requisitos que se relacionan en el artículo 6, apartado 3, puntos f, g, y h, de la resolución.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de EMAKUNDE.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso Potestativo de Reposición
- Órgano resolutor: Dirección de EMAKUNDE.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 1 mes.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.