Fecha de publicación: 29/03/2011
Creada la Sociedad Pública Alokabide, S.A de titularidad totalmente pública, para gestionar el alquiler de viviendas
La sociedad ALOKABIDE, S.A., participada en el 50% de su capital, desde su creación, por la Sociedad Pública Vivienda y Suelo de Euskadi, S.A (VISESA) y, en el resto, por las Cajas de Ahorro Vascas y Caja Laboral, tiene jurídicamente naturaleza de entidad privada. Esta sociedad ha gestionado los arrendamientos de una buena parte del parque público de viviendas, así como las pertenecientes a su propio patrimonio.
En este momento, una de las prioridades del Gobierno es el desarrollo de la vivienda pública en alquiler por lo que es imprescindible contar con un instrumento eficaz y especializado para su ejecución que defina con claridad el ámbito público de gestión. El Gobierno considera por tanto, que no es conveniente que esta tarea quede encomendada a una sociedad de naturaleza privada.
Por ello, el Gobierno ha acordado adquirir las acciones que tienen actualmente la BBK, la Kutxa, la Vital y Caja Laboral.Popular Ccop de Credito-Euskadiko Kutxa y Visesa en la sociedad y crear la sociedad pública de carácter mercantil y forma anónima, cuyo único socio en el momento de su constitución será el Gobierno Vasco y que tendrá la denominación de “ALOKABIDE, S.A.”.
El precio de la compraventa de acciones se ha fijado en 4,7 millones de euros. El patrimonio neto de de la Sociedad es de 12,9 millones de euros a 31/12/2010. La participación del Gobierno Vasco en la sociedad será del cien por cien de su capital (12 millones de euros).
Con esta operación patrimonial el Gobierno Vasco pasa a ser propietario exclusivo de las 2.487 viviendas sociales destinadas al alquiler público que llegó a configurar la sociedad, para lo que recibió ayudas publicas del propio Gobierno Vasco por importe de casi 88,5 millones de euros en el período 2004-2010.
De dicha cifra casi 31,2 lo fueron en forma de subvenciones directas y casi 57,3 en forma de subsidios de puntos de interés de los préstamos concedidos por las entidades de crédito para la adquisición de las citadas viviendas.
El Consejo de Gobierno también ha aprobado los estatutos de la nueva sociedad
El Objeto social de la nueva Sociedad será:
- La promoción y rehabilitación de viviendas para destinarlas, en un principio, al arrendamiento, sin perjuicio de la posibilidad de transmitir las mismas a sus arrendatarios o, en defecto de los mismos, a terceras personas.
- La adjudicación y contratación de toda clase de obras, estudios, proyectos y trabajos de mantenimiento relacionados con las viviendas promovidas.
- La adjudicación y contratación de toda clase de obras, estudios, proyectos y trabajos relacionados con la urbanización de terrenos con destino a la construcción y, en su caso, rehabilitación de viviendas, locales industriales o de negocios para su explotación en la forma determinada en el apartado 1).
- Adquisición y venta de toda clase de bienes inmuebles, y la construcción o edificación adecuada sobre ellos, precisos o convenientes para cualquiera de los fines y actividades reseñados en los puntos anteriores.
- La ejecución retribuida, para terceros, de prestaciones de asistencia técnica y la realización de servicios técnicos, económicos, industriales, comerciales, de comisión o cualesquiera otros relacionados con su naturaleza y actividad.
- La gestión de las viviendas en régimen de alquiler.
- La Sociedad Pública “ALOKABIDE, S.A.” tiene la condición de medio propio instrumental y servicio técnico del Gobierno Vasco y de las demás entidades que participen en su capital social, así como de los organismos autónomos y demás entes públicos de ellas dependientes.
La totalidad del capital de la sociedad será de titularidad pública, y la sociedad realizará la parte esencial de su actividad con las entidades de las que es medio propio y servicio técnico.
La sociedad vendrá obligada a realizar, de acuerdo con las instrucciones fijadas unilateralmente por el departamento o entidad encomendante, los trabajos que ésta le encargue por medio de la correspondiente encomienda de gestión.
Estas encomiendas de gestión tienen naturaleza instrumental y no contractual, por lo que, a todos los efectos, tienen carácter interno, dependiente y subordinado. Serán de ejecución obligatoria para la sociedad, se retribuirán por referencia a tarifas fijadas con criterio de suficiencia económico-financiera por el órgano que señalen las normas orgánicas del departamento del Gobierno al que se encuentre adscrita la sociedad con la participación de las demás entidades para las que la sociedad tiene la condición de medio propio y servicio técnico.
“ALOKABIDE, S.A.” queda adscrita al Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes y el control financiero se realizará por el Departamento de Economía y Hacienda.
Los derechos de socio, que corresponden Al Gobierno Vasco, titular único de la Sociedad, serán ejercitados por el Consejo de Gobierno.