Delegación de Euskadi en México
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Lehendakaritza > Secretaría General de Acción Exterior
RESUMEN
Objeto
Las Delegaciones de Euskadi en Argentina-Mercosur, en Chile, Perú y Colombia, en Estados Unidos, en México y en Francia son los órganos de representación de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de relaciones con las Colectividades Vascas y de defensa y promoción de intereses multisectoriales en el ámbito de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Euskadi, en sus respectivos ámbitos geográficos de actuación.
ÁREAS / FUNCIONES
- Las Delegaciones de Euskadi en Argentina-Mercosur, en Chile, Perú y Colombia, en Estados Unidos, y en México, son los órganos de representación de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de relaciones con las Colectividades Vascas y de defensa y promoción de intereses multisectoriales en el ámbito de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Euskadi, en sus respectivos ámbitos geográficos de actuación.
- Estas Delegaciones de Euskadi en el Exterior, bajo la dependencia directa y jerárquica de la Secretaría General de Acción Exterior, y en coordinación con la Dirección de Relaciones Exteriores, tendrán las siguientes funciones:
- Promover la colaboración y el encuentro entre los agentes económicos y sociales de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los países en los que se ubican las Delegaciones.
- Servir de órgano de relación con las instituciones, empresas y entidades locales para el desarrollo de visitas, encuentros, intercambios de información y el establecimiento de vínculos empresariales, económicos o sociales.
- Servir de infraestructura y de centro de apoyo para el establecimiento de encuentros entre operadores de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Asesorar, orientar e informar sobre las normativas, políticas y oportunidades existentes en cada país, tanto a los distintos Departamentos del Gobierno Vasco, como a las instituciones locales y forales, a las empresas, universidades, centros tecnológicos y demás agentes económicos y sociales interesados.
- Evaluar las necesidades de entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi que operen en dichos países y canalizar las propuestas correspondientes.
- Difundir todas las manifestaciones culturales existentes en Euskadi. La singularidad de la lengua vasca será objeto de especial cuidado, con el fin de que aquellas ciudadanas y ciudadanos de las colectividades vascas en el exterior, o cuantas personas sin serlo tengan un especial interés en la misma, puedan acceder a su conocimiento.
- Establecer relaciones de colaboración con las instituciones, asociaciones y centros constituidos para favorecer la cultura, las tradiciones y la lengua vasca, así como con aquellas entidades locales que propugnen una especial dedicación a Euskadi.
- Bajo la dependencia funcional de los órganos correspondientes de la Presidencia de Gobierno y del Departamento de Economía y Hacienda, la persona titular de cada una de las Delegaciones de Euskadi en el exterior ejercerá, en su propio ámbito, las funciones referidas a:
- Contratar personal laboral residente en el país en el que se ubica cada Delegación y ejercer las facultades propias de empresario o empresaria ante los trabajadores y trabajadoras y sus representantes y ante las instituciones públicas y privadas.
- Resolver las revalorizaciones salariales del personal de la Delegación, en los términos recogidos en los correspondientes Acuerdos de Consejo de Gobierno.
- Actuar como órgano de contratación en los contratos celebrados en su respectivo ámbito territorial y que se refieran a los contratos menores regulados en la legislación de contratos del sector público y a los contratos de arrendamiento de inmuebles, en los términos previstos en las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 41 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre. Asimismo le corresponderá autorizar el gasto que tales contrataciones conlleven.
- Representar al Gobierno Vasco ante las Administraciones Públicas en todos los trámites que sean necesarios para el funcionamiento habitual de la Delegación y, en particular, para la gestión y pago de tributos y obtención de licencias y autorizaciones.
Datos de contacto
Dirección
Teléfono/s
Correo/s electrónico/s
CARGOS
Delegación de Euskadi en México
- Titular:
- Periodo del mandato: Legislatura XII
- Entidades superiores: Eusko Jaurlaritza - Gobierno Vasco > Lehendakaritza > Secretaría General de Acción Exterior
RESUMEN
Objeto
Las Delegaciones de Euskadi en Argentina-Mercosur, en Chile, Perú y Colombia, en Estados Unidos, en México y en Francia son los órganos de representación de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de relaciones con las Colectividades Vascas y de defensa y promoción de intereses multisectoriales en el ámbito de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Euskadi, en sus respectivos ámbitos geográficos de actuación.
ÁREAS / FUNCIONES
- Las Delegaciones de Euskadi en Argentina-Mercosur, en Chile, Perú y Colombia, en Estados Unidos, y en México, son los órganos de representación de la Comunidad Autónoma de Euskadi en materia de relaciones con las Colectividades Vascas y de defensa y promoción de intereses multisectoriales en el ámbito de las competencias que corresponden a la Comunidad Autónoma de Euskadi, en sus respectivos ámbitos geográficos de actuación.
- Estas Delegaciones de Euskadi en el Exterior, bajo la dependencia directa y jerárquica de la Secretaría General de Acción Exterior, y en coordinación con la Dirección de Relaciones Exteriores, tendrán las siguientes funciones:
- Promover la colaboración y el encuentro entre los agentes económicos y sociales de la Comunidad Autónoma de Euskadi en los países en los que se ubican las Delegaciones.
- Servir de órgano de relación con las instituciones, empresas y entidades locales para el desarrollo de visitas, encuentros, intercambios de información y el establecimiento de vínculos empresariales, económicos o sociales.
- Servir de infraestructura y de centro de apoyo para el establecimiento de encuentros entre operadores de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- Asesorar, orientar e informar sobre las normativas, políticas y oportunidades existentes en cada país, tanto a los distintos Departamentos del Gobierno Vasco, como a las instituciones locales y forales, a las empresas, universidades, centros tecnológicos y demás agentes económicos y sociales interesados.
- Evaluar las necesidades de entidades de la Comunidad Autónoma de Euskadi que operen en dichos países y canalizar las propuestas correspondientes.
- Difundir todas las manifestaciones culturales existentes en Euskadi. La singularidad de la lengua vasca será objeto de especial cuidado, con el fin de que aquellas ciudadanas y ciudadanos de las colectividades vascas en el exterior, o cuantas personas sin serlo tengan un especial interés en la misma, puedan acceder a su conocimiento.
- Establecer relaciones de colaboración con las instituciones, asociaciones y centros constituidos para favorecer la cultura, las tradiciones y la lengua vasca, así como con aquellas entidades locales que propugnen una especial dedicación a Euskadi.
- Bajo la dependencia funcional de los órganos correspondientes de la Presidencia de Gobierno y del Departamento de Economía y Hacienda, la persona titular de cada una de las Delegaciones de Euskadi en el exterior ejercerá, en su propio ámbito, las funciones referidas a:
- Contratar personal laboral residente en el país en el que se ubica cada Delegación y ejercer las facultades propias de empresario o empresaria ante los trabajadores y trabajadoras y sus representantes y ante las instituciones públicas y privadas.
- Resolver las revalorizaciones salariales del personal de la Delegación, en los términos recogidos en los correspondientes Acuerdos de Consejo de Gobierno.
- Actuar como órgano de contratación en los contratos celebrados en su respectivo ámbito territorial y que se refieran a los contratos menores regulados en la legislación de contratos del sector público y a los contratos de arrendamiento de inmuebles, en los términos previstos en las letras a) y b) del apartado 2 del artículo 41 del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre. Asimismo le corresponderá autorizar el gasto que tales contrataciones conlleven.
- Representar al Gobierno Vasco ante las Administraciones Públicas en todos los trámites que sean necesarios para el funcionamiento habitual de la Delegación y, en particular, para la gestión y pago de tributos y obtención de licencias y autorizaciones.