Registro de Actividades de Tratamiento Gestión de tráfico y seguridad vial Responsable del tratamiento Dirección de Tráfico, Departamento de Seguridad Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018000 Página web: https://euskadi.eus Delegada de protección de datos Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018680 Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos Finalidad del tratamiento Gestión, registro y control de las actuaciones e incidencias atinentes al tráfico Evaluación, análisis y planificación de aquellas actuaciones que resulte necesario acometer en materia de tráfico Permitir la adecuada información y difusión entre los conductores sobre el estado de la circulación Fines históricos, estadísticos y científicos Obtener la información relativa a matrices origen-destino y los tiempos de viaje a lo largo de los diferentes corredores que conforman la red de carreteras Seguimiento e impulso de pacto vasco para la seguridad vial Base jurídica Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. REAL DECRETO LEGISLATIVO 6/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. Plazo de conservación Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Categorías de personas interesadas Ciudadanía Personas titulares de los vehículos y que solicitan información Categorías de destinatarios (Comunicación de datos) Diputaciones Forales Administraciones y organismos con competencia en movilidad, seguridad vial y carreteras Cuerpos policiales realizando labores de policía judicial Categorías de datos personales Datos de carácter identificativo Transferencias internacionales No están previstas Medidas de seguridad Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. ID: 268