Registro de Actividades de Tratamiento Observatorio Vasco del Juego Responsable del tratamiento Dirección de Juego y Espectáculos, Departamento de Seguridad Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018000 Página web: https://euskadi.eus Delegada de protección de datos Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018680 Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos Finalidad del tratamiento Realización de estudios y estadísticas sobre el juego en Euskadi, con el fin de proporcionar una visión de conjunto del fenómeno a la hora de implementar sus políticas públicas. Base jurídica Consentimiento del interesado o la interesada. Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. LEY 4/1991, de 8 de noviembre, reguladora del juego en la Comunidad Autónoma del País Vasco. RGPD 9.2.j) Investigación científica o histórica o fines estadísticos. DECRETO 147/2018, de 16 de octubre, por el que se crea y regula el Observatorio Vasco del Juego. Plazo de conservación Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Categorías de personas interesadas Ciudadanía Personas usuarias Pacientes Personas de contacto empresarios y empresarias del sector del juego Categorías de destinatarios (Comunicación de datos) No se prevé comunicación de datos Categorías de datos personales Datos de carácter identificativo Datos de características personales Datos de circunstancias sociales Datos académicos y profesionales Datos de información comercial Categorías especiales de datos personales Salud Transferencias internacionales No están previstas Medidas de seguridad Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. ID: 1652