Registro de Actividades de Tratamiento Videovigilancia interna de centros penitenciarios Responsable del tratamiento Dirección de Justicia, Departamento de Justicia y Derechos Humanos Donostia-San Sebastián, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018000 Página web: https://euskadi.eus Delegada de protección de datos Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018680 Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos Finalidad del tratamiento Captación y grabación de imágenes para el control, la seguridad y protección de las personas, así como para la protección de los edificios, bienes e instalaciones. Base jurídica Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. LEY ORGÁNICA 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. LEY ORGÁNICA 10/1995, de 23 noviembre, del Código Penal Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. Real Decreto 190/1996, de 9 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario LEY ORGANICA 7/2021, de 26 de mayo, de protección de datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales. INSTRUCCIÓN de la D. de Justicia de Gobierno Vasco nº 2/2021, de 1 de octubre por la que se aprueba el manual de seguridad penitenciaria de Euskadi. Plazo de conservación Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Categorías de personas interesadas Personas que acceden a las instalaciones o edificios Población interna privada de libertad Categorías de destinatarios (Comunicación de datos) Órganos judiciales Categorías de datos personales Videovigilancia Transferencias internacionales No están previstas Medidas de seguridad Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. ID: 1532