Registro de Actividades de Tratamiento Procedimientos sancionadores en materia de fundaciones y profesiones tituladas. Responsable del tratamiento Dirección de Relaciones con las Administraciones Locales y Registros Administrativos, Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018000 Página web: https://euskadi.eus Delegada de protección de datos Donostia-San Sebastián 1, 01010, Vitoria-Gasteiz, Álava Teléfono: 945018680 Página web: https://www.euskadi.eus/proteccion-datos Finalidad del tratamiento Gestión de los procedimientos sancionadores derivados de la infracción de la normativa aplicable a las fundaciones y profesiones tituladas. Base jurídica Tratamiento necesario para el cumplimiento de obligaciones legales aplicables. Tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento. LEY 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. LEY 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco. LEY 18/1997, de 21 de noviembre, de ejercicio de profesiones tituladas y de colegios y consejos profesionales. LEY 2/1998, de 20 de febrero, de la potestad sancionadora de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Plazo de conservación Tiempo que es necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación. Categorías de personas interesadas Miembros del patronato Persona secretaria no miembro. Personas apoderadas. Cargos de gerencia, dirección y demás personal contratado. Profesionales no colegiados. Categorías de destinatarios (Comunicación de datos) Colegios profesionales Órganos judiciales Ministerio Fiscal Categorías de datos personales Datos de carácter identificativo Datos relativos a infracciones Datos de características personales Datos académicos y profesionales Transferencias internacionales No están previstas Medidas de seguridad Las medidas de seguridad implantadas se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 311/2022, de 3 de mayo, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad. ID: 1529