Departamento de Salud

Ayudas adherencia a los tratamientos médicos 2018

ORDEN de 20 de febrero de 2018 (PDF, 406 KB), del Consejero de Salud, por la que se convocan ayudas destinadas a facilitar la adherencia a los tratamientos médicos prescritos, correspondientes a los ejercicios 2017 y 2018.

Tríptico informativo sobre las ayudas (PDF)

 

TRAMITACIÓN SIMPLIFICADA

La gestión de las ayudas reguladas en la presente convocatoria se realizará mediante su tramitación simplificada cuando con carácter general el órgano gestor disponga de la información necesaria respecto tanto a la condición de persona beneficiaria, como a la realización del gasto objeto de la ayuda, que permita resolver sobre las solicitudes presentadas y las personas solicitantes le hayan autorizado expresamente para la verificación de dichos datos.

Existen dos opciones para realizar la solicitud:

1.- Tramitación presencial (en papel): Para ello se deberá cumplimentar el formulario de solicitud simplificado (PDF, 142 KB), que contendrá la autorización para que la administración, previa la comprobación tanto de la condición de beneficiario como de la realización del gasto objeto de la ayuda, proceda a su abono en la cuenta que indique el solicitante. Dicha solicitud deberá ser entregada en cualquiera de los siguientes lugares: Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud, centros de salud de Osakidetza-Servicio vasco de salud o en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana-Zuzenean.

2.- Tramitación electrónica: Las personas interesadas podrán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos, a fin de lo cual se identificarán a través de sistemas de firma electrónica admitida por la administración. Puede acceder al tramite a través del siguiente enlace.

 

TRAMITACIÓN ORDINARIA

La gestión de las ayudas reguladas en la presente convocatoria se realizará mediante su tramitación ordinaria cuando no se den las condiciones que permitan su tramitación simplificada, de acuerdo con lo señalado en el artículo anterior. A saber:

  • a) Cuando el gasto objeto de subvención haya sido realizado fuera del Sistema Sanitario de Euskadi.
  • b) En el caso de la tramitación de solicitudes referidas a las personas señaladas en la disposición adicional tercera de esta orden (clases pasivas de MUFACE, ISFAS y MUGEJU).

Existen dos opciones para realizar la solicitud:

1.- Tramitación presencial (en papel): Para ello se deberá cumplimentar el formulario de solicitud ordinario (PDF, 134 KB),  el cual deberá ir acompañado de los siguientes documentos:

a) Documentación acreditativa de su condición de persona beneficiaria.

b) Hoja de tratamiento activo o receta en papel donde figuren las prescripciones de los tratamientos médicos objeto de la ayuda.

c) Justificantes de abono de los productos adquiridos con datos identificativos de los productos dispensados y de las aportaciones realizadas por la persona solicitante durante el periodo correspondiente en relación con los gastos subvencionables que no hayan sido tramitados electrónicament o hayan sido prescritos por personal del Sistema Nacional de Salud.

Dicha documentación deberá ser entregada en cualquiera de los siguientes lugares: Delegaciones Territoriales del Departamento de Salud, centros de salud de Osakidetza-Servicio vasco de salud o en las oficinas del Servicio de Atención Ciudadana-Zuzenean.

2.- Tramitación electrónica: Las personas interesadas podrán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos, a fin de lo cual se identificarán a través de sistemas de firma electrónica admitida por la administración. Puede acceder al tramite a través del siguiente enlace.

RESOLUCIONES

Remesa del 22 de julio de 2020:

Remesa del 11 de diciembre de 2019:

Remesa del 12 de junio de 2019:

Remesa del 13 de Marzo de 2019:

Remesa del 22 de julio de 2020:

Remesa del 11 de diciembre de 2019:

Remesa del 12 de junio de 2019:

Remesa del 13 de Marzo de 2019:

Remesa del 22 de julio de 2020:

Remesa del 12 de junio de 2019:

Remesa del 13 de Marzo de 2019:

Remesa del 1 de Octubre de 2018:

Remesa del 18 de Julio de 2018:

Remesa del 22 de julio de 2020:

Remesa del 11 de diciembre de 2019:

Remesa del 12 de junio de 2019:

Remesa del 13 de Marzo de 2019:

Remesa del 1 de Octubre de 2018:

Remesa del 18 de Julio de 2018:

Fecha de última modificación: