Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

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RESOLUCION del Patronato Rector del HABE, de 26 de Noviembre de 1984, por el que se decide la regulación de los monitores auxiliares en los euskaltegis públicos y privados homologados.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Resolución
  • Órgano emisor: Cultura; HABE
  • Estado vigencia: Derogado

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 203
  • Nº orden: 2295
  • Nº disposición: ---
  • Fecha de disposición: 26/11/1984
  • Fecha de publicación: 01/12/1984

Ámbito temático

  • Materia: Educación; Organización administrativa; Asuntos sociales y empleo
  • Submateria: Departamentos; Trabajo y empleo

Texto legal

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ANEXO A) Baremo para calificación de ganado bovino de aptitud lechera. Puntuación Vacas y Novillas A.1 Valoración por factores productivos A.1.1 Gestación y lactación a) Ha quedado gestante en los cuatro primeros meses de lactación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .10 b) Ha quedado gestante en el quinto o sexto mes de lactación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8 c) Ha quedado gestante después del sexto mes de lactación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . . . . . . . .5 A.1.2 Gestación sin lactación. a) Novillas y vacas secas en gestación de más de seis meses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .10 b) Novillas o vacas secas en gestación de tres a cinco meses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .6 c) Novillas o vacas secas gestantes o cubiertas de menos de dos meses . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3 A.1.3 Lactación sin gestación. a) Parida hace menos de tres meses . . . . . . . . . . . . .10 b) Parida hace cuatro o cinco meses.. . . . . .. . . . . . .5 c) Parida hace mas de seis meses. . . . . . . . . . . . . . . . .2 A.1.4 Abortadas en lactación. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .4 A.1.5 Vacas sin gestación y sin lactación (no tendrán derecho a indemnización No se valorara ningún apartado. A.2 Valoración por edad. A.2.1 Con dientes exclusivamente de leche . . . . . . . .6 A.2.2 Con dos dientes permanentes. . . . . . . . . . . . . . .8 A.2.3 Con cuatro u ocho dientes permanentes (sin rasar ningún incisivo). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . · . . . .10 A.2.4 Con pinzas rasadas........................8 A.2.5 Con primeros o segundos medianos rasados. .5 A.2.6 De mas edad . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . · . · . . .2 A.3 Estados de carnes. A.3.1 Bueno ...................................0 A.3.2 Regular..................................l A.3.3 Malo.....................................3 A.3.4 Muy Malo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .5 A.4 Valoración de la producción lechera. (Por datos control lechero) A.4.1 Con lactación superior a 7.500 litros. .. . . . . . .5 A.4.2 Con lactación entre 6.500 a 7.499 litros. . . . . . .4 A.4.3 Con lactacion entre 5.500 a 6.499 litros. . . . . . .3 A.4.2 Con lactacion entre 4.500 a 5.499 litros. . . . . . .2 A.4.3 Con lactacion entre 3.500 a 4.499 litros. . . . . . .1 A.5 Correctores de la calificacion, por defecto 0 enfermedad. A.5.1 Sin leche en un cuarto de la ubre, deducir . : 5 A.5.2 Sin leche, en dos cuartos de la ubre, deducir . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . .. . . .. . . . . : 10 A.5.3 Sin leche en tres cuarterones (sin derecho a indemnizacion). No se valorara ningun apartado. A.5.4 Mastitis cronica, deducir . . . . . . . . . . . . . . . . : 10 A.5.5 Metritis cronica, deducir . . . . . . . . . . . . . . . . : 10 A.5.6 Artritis o lesiones podales graves en una extremidad, deducir . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . : 5 A.5.7 Artritis o lesiones podales graves en dos o mas extremedidades, deducir. . . . . . . . . . . . : 10 A.5.8 Otros defectos segun gravedad, deducir de: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . -1 a -10 A.6 Correctores de la calificacion por conformacion general del animal. A.6.1 Conformacion corporal excedente. . . . . . . . . . .2 A.6.2 Conformacion corporal muy bueña, añadir ......................... ...............1 A.6.3 Conformacion corporal buena . . . . . . . . . . . . . .0 A.6.4 Conformacion corporal regular, deducir . . . : 2 A.6.5 Conformacion corporal defectuosa, deducir ........................................: 4 A.6.6 Conformacion corporal muy defectuosa deducir ................ ....:.................: -6 B) Baremo para calificación de ganado bovino de aptitud carnica. Vacas y Novillas gestantes B.l Valoración factores productivos. B.1.1 Gestantes y criando. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .10 B.1.2 Paridas con crias . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8 B.1.3 Gestantes sin crias. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7 B.1.4 Vacias sin crias . . . . . . . . . . . . . . . . . . .. . . . . . . .1 B.1.5 Abortadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .0 B.2 Valoracion por edad. B.2.1 Hasta con cuatro dientes permanentes . . . . . . .8 B.2.2 Con seis dientes permanentes. . . . . . . . . . . . . .10 B.2.3 Cerradas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7 B.2.4 Dentadura defectuosa. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3 B.3 Estado de carnes B.3.1 Bueno....................................0 B.3.2 Regular . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1 B.3.3 Malo.....................................3 B.3.4 Muy Malo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .5 B.4 Correctores de la calificacion por defecto o enfermedad. B.4.1 Artritis, lesiones podales, herenias u otros defectos, segun gravedad, deducir...................................-1 a -10 B.5 Correctores de la calificacion por conformacion general. B.5.1 Conformacion corporal excedente....... ... .2 B.5.2 Conformacion corporal muy buena. . . . . . . . . 1 B.5.3 Conformacion corporal buena . . . . . . . . . . . . . .0 B.5.4 Conformacion corporal regular . . . . . . . . . . . : 1 B.5.5 Conformacion corporal defectuosa . . . . . . . . : 2 B.5.6 Conformacion corporal muy defectuosa. . . . : 3 C) Baremo para calificacion de hembras bovinas destinadas a la reproduccion hasta primera gestacion. C.1 Edad. C.1.1 Hembras hasta los seis meses . . . . . . . . . . . . . . .3 C.2 Hembras de siete a doce meses. . . . . . . . . . . . . . .4 C.1.3 Hembras de mas de trece meses . . . . . . . . . . . .5 C.2 Estado de carnes. C.2.1 Bueno ...................................0 C.2.2 Regular . . . . . . . . . . . '. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1 C.2.3 Malo.....................................2 C.2.4 Muy Malo................................3 D) Baremo para calificacion de machos bovinos. D.1 Animales reproductores, segun categoria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 5 a 10 E) Baremo para calificacion de ganado ovino y caprino en ordeño. E.1 Factores productivos. E.1.1 Gestantes.................................7 E.1.2 En lactacion. . E.1.2.1 Lactacioan sin cria . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .8 E.1.2.2 Lactacion con una cria . . . . . . . . . . . . . ... . . . .9 E.1.2.3 Lactacion con dos o mas crias . . . . . . . . . . . .10 E.1.3 Vacias. E.1.3.1 Vacias sin lactación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .2 E.1.4 Abortadas. E.1.4.1 En lactacion . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .1 E.2 Edad. E.2.1 Con dientes de leche o dos permanentes . . . . .9 E.2.2 Con dos-cuatro dientes permanentes . . . . . . .10 E.2.3 Con cuatro-seis dientes permanentes . . . . . . . .8 E.2.4 Cerradas.................................7 E. 3 Factores de correccion. Podran sufrir un descuento de 1 a 10 puntos las calificaciones de los animales que presenten artritis, lesiones podales y/o mastitis graves. F) Baremo para calificacion de ganado ovino y caprino de aptitud carnica. F.1 Valoracion por factores productivos. F.1.1 Con cria. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .10 F.1.2 Gestantes.................................7 F.1.3 Vacias....................................4 F.1.4 Abortadas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .0 F.2 Valoracion por edad. F.2.1 Con dientes de leche. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .7 F.2.2 Con dos dientes permanentes..............10 F.2.3 Con cuatro o mas dientes permanentes (dentadura integra y sin gran desgaste) . . . . . . . . . . . . . .8 F.2.4 Con falta de dientes. Dentadura muy desgastada........................................6 F.3 Factores de correccion. Podran sufrir un descuento de 1 a 10 puntos las calificaciones de los animales que presenten artritis, lesiones podales y/o mastitis graves. G) Baremo para calificacion de machos bovinos castrados de aptitud trabajo. G.1 Valoracion por edad. G.1.1 Hasta con cuatro dientes. . . . . . . . . . . . . . . · . . .8 G.1.2 Con 6 dientes permanentes . . . . . . . . . . . . . . .10 G.I.3 Cerradas.................................7 G.1.4 Dentadura defectuosa . . . . . . . . . . . . . . . . . . .3 G.2 Estado de carnes. G.2.1 Bueno ...................................0 G.2.2 Regular..................................1 G.2.3 Malo.....................................3 G.2.4 Muy Malo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .5 G.5 Correctores de la calificacion por defecto o enfermedad. G.3.1 Artritis, lesiones podales, hernias u otros defectos segun gravedad, deducir. . . . . . -1 a -10 G.4 Correctores de la calificacion por conformacion general. G.4.1 Conformacion corporal excelente . . . . . . . . . . .2 G.4.2 Conformacion corporal muy buena . . . . . . . . .1 G.4.3 Conformacion corporal buena . . . . . . . . . . . . . .0 G.4.4 Conformacion corporal regular . . . . . . . . . . . : 1 G.4.5 Conformacion corporal defectuosa . . . . . . . . : 2 G.4.6 Conformacion corporal muy defectuosa. . . . : 3 H) Coeficientes. Los coeficientes que, multiplicados por las puntuaciones de valoracion asignadas a cada animal determinaran el montante de las indemnizaciones individuales, seran los siguientes: Machos bovinos castrados de aptitud trabajo . . 6.000 Ganado bovino de aptitud lechera o carnica perteneciente a establos en primer año de Campaña de Saneamiento...................... 2.700 Ganado bovino de aptitud lechera o carnica perteneciente a establos en segundo año de Campaña de Saneamiento. . .. . .. . . . . .. .. .. . .. . . 2.000 Ganado bovino de aptitud lechera o carnica perteneciente a establos en segundo año de Campaña de Saneamiento.. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1.700 Ganado ovino y caprino en ordeño. . . . . . .. .. .. .400 Ganado ovino y caprino de aptitud cárnica . . . . .300 Cuando los correctores de la calificación de un animal hagan negativa su valoracion y cuando se den los casos previstos en los puntos A.1.5 y A.5.3 el ganadero no tendra derecho a percibir indemnizacion alguna.Mediante ORDEN del Departamento de Cultura de 8 de Junio de 1984, se regula que los profesores de plantilla de todos los Euskaltegis Públicos y Privados Homologados han de estar en posesivo de una titulación académica de grado medio o, en su defecto, han debido superar las pruebas de habilitación convocadas por HABE. Que los profesores de plantilla de todos los Euskaltegis Públicos y Privados Homologados han de estar asimismo en posesión del título EGA u otro equivalente. Y que todos los profesores de Euskaltegis Públicos han de ser contratados a través de una convocatoria pública. En el tribunal ha de haber al menos un representante de HABE, según reza el primer párrafo del artículo noveno de la Orden del Departamento de Cultura de 8 de Junio. Vistas las necesidades de cubrir la demanda de alumnado existente en Euskaltegis Públicos y Privados Homologados, el Patronato Rector del HABE RESUELVE: 1. Los Euskaltegis Públicos y Privados Homologados podrán hacerse con los servicios de monitores auxiliares contratados por horas. 2. El número de horas lectivas impartidas por los monitores auxiliares contratados por horas no podrá exceder del 25% del total de horas lectivas impartidas en el Euskaltegi. 3. Cuando los monitores auxiliares contratados por horas carecieran de la titulación académica de grado medio o no hubieran superado las pruebas de habilitación convocadas por HABE, las subvenciones correspondientes a los grupos de alumnos atendidos por dichos monitores serán las otorgadas a los Euskaltegis Libres. 4. Estas disposiciones son transitorias, aplicables a profesores que ejerciendo en Euskaltegis Públicos y Privados Homologados carecen de titulación académica de grado medio y no han superado las pruebas de habilitación convocadas por HABE o no pudo presentarse a las mismas. 5. El monitor auxiliar que ejerce en un Euskaltegi Público carece de todo derecho a la hora de cubrir una plaza que quedara vacante en dicho Euskaltegi. Dicha plaza se cubrirá de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley HABE SEA 29/1983. Si aún quedara vacante, el titular del Euskaltegi procederá a convocar un concurso público. Vitoria-Gasteiz, a 26 de Noviembre de 1984. El Presidente del HABE, JOSEBA ARREGI ARANBURU.