Departamento de Salud / Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico

Normativa

Imprimir

DECRETO 159/1985, de 4 de Junio de 1985, por el que se adscriben al departamento de Política Territorial y Transportes, los servicios traspasados de los Territorios Históricos de Guipúzcoa y Vizcaya a las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma en materia de transportes.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Política Territorial y Transportes
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 129
  • Nº orden: 1272
  • Nº disposición: 159
  • Fecha de disposición: 04/06/1985
  • Fecha de publicación: 22/06/1985

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa; Transportes y obras públicas
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública

Texto legal

Por Decretos 47/1985, de marzo, y 57/1985, de 5 de marzo, se aprobaron los Acuerdos de la Comisión Mixta de Transferencias, Gobierno Vasco-Diputación Foral de Guipúzcoa, y Gobierno Vasco-Diputación Foral de Vizcaya, por los que se determinan los servicios, personal, bienes, derechos y obligaciones que se traspasan de los Territorios Históricos a las instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma en materia de Transportes. En consecuencia, y en relación con lo dispuesto en el Decreto 5/1985, de 27 de enero, sobre determinación de funciones y áreas de actuación del Gobierno, resulta procedente efectuar la adscripción de servicios traspasados, al órgano de las Instituciones Comunes que ostenta la competencia en dicha materia. En su virtud, y a propuesta del Consejero de Política Territorial y Transportes, Previo acuerdo del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 4 de Junio de 1985. DISPONGO: Articulo único: Se adscriben al Departamento de Política Territorial y Transportes, las competencias, servicios, personal, bienes, derechos y obligaciones traspasados de los Territorios Históricos de Guipúzcoa y Vizcaya, a las Instituciones Comunes de la Comunidad Autónoma en materia de Transportes, en los términos y condiciones contenidos en los Acuerdos y Anexos de la Comisión Mixta de Transferencias aprobados en virtud de lo dispuesto en los Decretos 47/1985, de 5 de marzo, y 57/1985, de 5 de marzo. Disposición Final: El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 4 de Junio de 1985. El Lehendakari. JOSE ANTONIO ARDANZA GARRO. El Consejero de Política Territorial y Transportes, JOSE RAMON ESTOMBA GOIKOETXEA.