Departamento de Cultura y Política Lingüística

Normativa

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DECRETO 177/1982, de 16 de Agosto de 1982, por el que se modifica parcialmente el Decreto 95/81 de 30 de Julio, sobre Reorganización y Estructura Orgánica del Departamento de Industria y Energía del Gobierno Vasco.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Industria y Energía
  • Estado vigencia: Derogado

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 123
  • Nº orden: 1413
  • Nº disposición: 177
  • Fecha de disposición: 16/08/1982
  • Fecha de publicación: 29/09/1982

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

Razones de efectividad funcional, vista la dinámica del Departamento, obligan a realizar una modificación del Decreto 95/81. Variación que se circunscribe en el momento actual a potenciar algunas funciones que se establecían en el reiterado Decreto, así como al cambio de denominación correspondiente. Todo ello sin perjuicio de que posteriormente se realice la reestructuración precisa, consolidando la estructura orgánica del Departamento de Industria y Energía. En su virtud, a propuesta del Consejero Titular del Departamento de Industria y Energía, con la aprobación del Presidente del Gobierno y previa deliberación y aprobación del Consejo de Gobierno en su reunión de dieciséis de Agosto de 1982, DISPONGO: Artículo primero.- La Viceconsejería de Industria pasará a denominarse Viceconsejería de Industria y Energía, que ejercerá además de las funciones y potestades que tiene establecidas en el Decreto 95/81, la de supervisar y coordinar las actividades que en el campo de la energía desarrolla el Departamento de Industria y Energía.Artículo segundo.- La Asesoría para la planificación industrial pasará a denominarse Viceconsejería de Estrategia Industrial, ejerciendo las funciones y potestades que tenía establecidas para aquel órgano el Decreto 95/81. Asimismo, y de forma transitoria, ejercerá las funciones y potestades que tiene establecidas la Dirección de Reestructuración Industrial. Disposición Final El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. Vitoria-Gasteiz, a 16 de Agosto de 1982. El Presidente, CARLOS GARAIKOETXEA URRIZA. El Consejero de Industria y Energía, JAVIER GARCIA-EGOCHEAGA.

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