Ayudas al diseño de proyectos tractores transversales colaborativos de investigación y desarrollo en el marco de las iniciativas tractoras transversales del PCTI Euskadi 2030

[Ayudas al diseño de proyectos tractores PCTI Euskadi 2030]

Descripción


Objeto

Es objeto de la presente Resolución convocar, para el ejercicio 2024, las ayudas establecidas por el Decreto 118/2022, de 11 de octubre, por el que se regulan las ayudas al diseño de Proyectos Tractores Transversales Colaborativos de Investigación y Desarrollo, que resulten de la integración de diferentes proyectos presentados por las entidades solicitantes en el marco de las Iniciativas Tractoras Transversales de Envejecimiento Saludable, Movilidad Eléctrica y Economía Circular.


Requisitos necesarios de los proyectos

Los proyectos presentados por las entidades solicitantes, que puedan dar lugar al Proyecto Tractor Transversal Colaborativo, cuyo diseño será objeto de subvención, deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Un alcance temático que incluya al menos 3 de los retos específicos establecidos para la Iniciativa Tractora Transversal a la que se presenta el proyecto («Envejecimiento Saludable», «Movilidad Eléctrica» y «Economía Circular») y que se adjuntan en el anexo del Decreto regulador de la ayuda.

b) Un presupuesto total mínimo de 4 millones de euros para proyectos de «Movilidad Eléctrica» y de «Economía Circular», y 0,5 millones para proyectos de «Envejecimiento Saludable».

c) La participación mínima de 3 entidades, entre las que, al menos, debe incluirse un agente Científico-Tecnológico perteneciente a la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

d) En los proyectos de Envejecimiento Saludable deberá incluirse la participación, al menos, de una entidad del Sistema Sanitario Vasco. Si esa entidad perteneciera a la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, el requisito anterior se considerará cumplido.

Dotación presupuestaria

1.200.000

Prestación económica

A la financiación de las ayudas convocadas, se destinará un importe de 1.200.000 euros, procedentes del Fondo de Innovación de Lehendakaritza, que se distribuirá a partes iguales entre las tres líneas subvencionables correspondientes a las Iniciativas Tractoras Transversales:

a) Envejecimiento Saludable: 400.000 euros.

b) Movilidad Eléctrica: 400.000 euros.

c) Economía Circular: 400.000 euros.

Forma de pago:

El importe total de la ayuda se librará en dos pagos:

1.–Un primer pago de hasta el 50% del total en el momento de la concesión de la ayuda, una vez publicada la Resolución y aceptada la ayuda expresa o tácitamente, en el plazo dispuesto en el artículo 14.5 del presente Decreto.

2.– Un segundo y último pago del total de la ayuda concedida, una vez finalizado el diseño del proyecto, y tras haber presentado la entidad solicitante la justificación de la ayuda, atendiendo a los modelos que estarán disponibles en la Sede electrónica de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

A quién va dirigido


> Agentes científico-tecnológicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Agentes científico-tecnológicos integrados en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y acreditados a tal efecto, de conformidad con lo establecido en el Decreto 109/2015, de 23 de junio, por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación y sus disposiciones transitorias, en el Decreto 21/2021, de 26 de enero, de tercera modificación del Decreto por el que se regula y actualiza la composición de la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación o en la normativa que los sustituya.

> Organizaciones dinamizadoras de Clústeres de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

> Empresas

Empresas, independientemente de su tamaño o sector de actividad.

> Entidades sin ánimo de lucro

Entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas en forma de asociaciones ofundaciones.

> Entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas.

Entidades y sociedades públicas con personalidad jurídica propia vinculadas o dependientesde las Administraciones Públicas.

Requisitos

  • Para poder ser beneficiarias, las entidades deberán cumplir los siguientes requisitos:

Organismos


Organismo que convoca

  • Lehendakaritza > Persona Comisionada para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Organismo que resuelve

  • Lehendakaritza > Persona Comisionada para la Ciencia, la Tecnología y la Innovación

Información de contacto


SUBVENCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA

Carlos Peña

Asesor para la Ciencia, Tecnología e Innovación

C/ Navarra, 2 01007 Vitoria-Gasteiz

Correo electrónico: cpena@euskadi.eus

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1214602

Solicitud y aportación de documentación


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

El plazo máximo para dictar la Resolución y notificarla a las personas interesadas es de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria, excluyendo el mes de agosto, que, a estos efectos, se considera inhábil. Transcurrido dicho plazo sin que se haya notificado Resolución expresa, de conformidad a lo previsto en el artículo 51.9 del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre y, a los efectos de lo establecido en el artículo 25 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá entenderse desestimada la solicitud de ayuda. Las solicitudes presentadas se resolverán en una única Resolución que contendrá: a) la relación de Proyectos Tractores Transversales Colaborativos aprobados, indicando, para cada uno de ellos, los proyectos que los integran y cuya solicitud, por tanto, ha sido estimada. Para cada uno de ellos se incluirá la siguiente información: título, entidad solicitante, puntuación obtenida en la evaluación, presupuesto aprobado, subvención concedida y plazo para su realización. b) La relación de solicitudes de proyectos a desestimar junto con la motivación que fundamenta la propuesta de desestimación y, en su caso, la puntuación obtenida en su evaluación.

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Alta o modificación de datos de tercero en el Registro del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco


Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, deberá usted constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Finanzas del Gobierno Vasco.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Aceptación de la ayuda


Si está conforme con la ayuda concedida, puede aceptarla rellenando el formulario. La Administración proseguirá con los trámites necesarios para el pago.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Justificación


Para justificar que cumple las condiciones impuestas y que consigue los objetivos previstos, deberá presentar la documentación necesaria en los lugares señalados.

  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites