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Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030

ÁREAS / FUNCIONES

Corresponde a la Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030, bajo la dependencia directa y jerárquica del Lehendakari, además de las funciones genéricas atribuidas en el artículo 5, las siguientes:

  1. Definir y dinamizar la estrategia del Gobierno Vasco en materia de transición social, que aborde, en particular, los retos del Plan Bizi Berri, el Pacto Social Vasco para la Migración y el desafío poblacional.
  2. Elaborar el Programa Vasco de Prioridades de la Agenda 2030, sobre la base de la Agenda Euskadi Basque Country 2030.
  3. Impulsar la colaboración interdepartamental, interinstitucional y social en los ámbitos de la Transición Social y de la Agenda 2030, dinamizando alianzas institucionales y con la sociedad civil en estas materias.
  4. Apoyar a los Departamentos del Gobierno e instituciones públicas de Euskadi en el cumplimiento de la Agenda 2030, e impulsar la evaluación de su implementación.
  5. Impulsar la divulgación, comunicación y promoción social en materia de transición social y de la Agenda 2030.
  6. Actualizar el Plan Bizi Berri de transición socio-sanitaria, y coordinar su implementación con los Departamentos, Instituciones y Entidades Sociales implicadas.
  7. Formular nuevas propuestas de actuación en relación con el desarrollo de las previsiones del Pacto Social Vasco para la Migración, y dinamizar su implementación en colaboración con las instituciones firmantes del mismo.
  8. Promover estudios e informes de diagnóstico, prospección y análisis de escenarios y de alternativas en estas materias.
  9. Desarrollar las actuaciones precisas para responder a los nuevos retos que la transición social pueda plantear en cada coyuntura.

Artículo 5.- De las Secretarías Generales.

  1. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en el presente Decreto, las siguientes funciones genéricas en materia de contratación:
    1. Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, que no tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente. No obstante, también actuarán como órganos de contratación en los contratos menores que excedan del ámbito de actuación de las direcciones que dependan directamente de ellas y se trate de materias propias de sus áreas de actuación.
    2. Realizar las autorizaciones de gasto precisas para la tramitación de expedientes de materias propias de sus áreas de actuación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8.2.f).
    3. Celebrar, en el ámbito de las materias propias de sus áreas de actuación, aquellos encargos a medios propios personificados.
  2. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto, las siguientes funciones genéricas en materia de subvenciones:
    1. Convocar y conceder las subvenciones en las materias propias de sus áreas de actuación, salvo que una disposición de carácter general vigente establezca lo contrario.
    2. Conceder subvenciones asignadas nominativamente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las materias propias de sus áreas de actuación.
  3. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, asumir la responsabilidad de la normalización lingüística de Lehendakaritza, en las áreas de su competencia, y fomentar el uso del euskera, tanto en la prestación de servicios como en su utilización como idioma de trabajo, con objeto de garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía, en consonancia con lo dispuesto en la Agenda estratégica sobre el euskera aprobada por el Gobierno.
  4. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza asumir la responsabilidad de velar por la ejecución de los mandatos que la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, establece para integrar el principio de igualdad, así como por la ejecución de medidas establecidas en los Planes para la Igualdad aprobados por el Gobierno Vasco.
  5. Las personas titulares de cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza incoarán y resolverán los procedimientos de revisión de oficio de los actos dictados por los órganos correspondientes a sus áreas de actuación.

    Datos de contacto

    Dirección

    Navarra, 2
    01007 Vitoria-Gasteiz
    Álava

    Teléfono/s

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    CARGOS

    Jonan Fernandez Erdocia
    (30/01/2021 - 26/06/2024) Secretario General de Transición Social y Agenda 2030

    ENTIDADES RELACIONADAS

    Entidades superiores

    Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030

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    Corresponde a la Secretaría General de Transición Social y Agenda 2030, bajo la dependencia directa y jerárquica del Lehendakari, además de las funciones genéricas atribuidas en el artículo 5, las siguientes:

    1. Definir y dinamizar la estrategia del Gobierno Vasco en materia de transición social, que aborde, en particular, los retos del Plan Bizi Berri, el Pacto Social Vasco para la Migración y el desafío poblacional.
    2. Elaborar el Programa Vasco de Prioridades de la Agenda 2030, sobre la base de la Agenda Euskadi Basque Country 2030.
    3. Impulsar la colaboración interdepartamental, interinstitucional y social en los ámbitos de la Transición Social y de la Agenda 2030, dinamizando alianzas institucionales y con la sociedad civil en estas materias.
    4. Apoyar a los Departamentos del Gobierno e instituciones públicas de Euskadi en el cumplimiento de la Agenda 2030, e impulsar la evaluación de su implementación.
    5. Impulsar la divulgación, comunicación y promoción social en materia de transición social y de la Agenda 2030.
    6. Actualizar el Plan Bizi Berri de transición socio-sanitaria, y coordinar su implementación con los Departamentos, Instituciones y Entidades Sociales implicadas.
    7. Formular nuevas propuestas de actuación en relación con el desarrollo de las previsiones del Pacto Social Vasco para la Migración, y dinamizar su implementación en colaboración con las instituciones firmantes del mismo.
    8. Promover estudios e informes de diagnóstico, prospección y análisis de escenarios y de alternativas en estas materias.
    9. Desarrollar las actuaciones precisas para responder a los nuevos retos que la transición social pueda plantear en cada coyuntura.

    Artículo 5.- De las Secretarías Generales.

    1. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en el presente Decreto, las siguientes funciones genéricas en materia de contratación:
      1. Actuar como órganos de contratación en las materias propias de las áreas de actuación que tengan asignadas, que no tengan el carácter de contratos menores conforme a la legislación vigente. No obstante, también actuarán como órganos de contratación en los contratos menores que excedan del ámbito de actuación de las direcciones que dependan directamente de ellas y se trate de materias propias de sus áreas de actuación.
      2. Realizar las autorizaciones de gasto precisas para la tramitación de expedientes de materias propias de sus áreas de actuación, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 8.2.f).
      3. Celebrar, en el ámbito de las materias propias de sus áreas de actuación, aquellos encargos a medios propios personificados.
    2. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en los siguientes capítulos del presente Decreto, las siguientes funciones genéricas en materia de subvenciones:
      1. Convocar y conceder las subvenciones en las materias propias de sus áreas de actuación, salvo que una disposición de carácter general vigente establezca lo contrario.
      2. Conceder subvenciones asignadas nominativamente en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en las materias propias de sus áreas de actuación.
    3. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, asumir la responsabilidad de la normalización lingüística de Lehendakaritza, en las áreas de su competencia, y fomentar el uso del euskera, tanto en la prestación de servicios como en su utilización como idioma de trabajo, con objeto de garantizar los derechos lingüísticos de la ciudadanía, en consonancia con lo dispuesto en la Agenda estratégica sobre el euskera aprobada por el Gobierno.
    4. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza asumir la responsabilidad de velar por la ejecución de los mandatos que la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, establece para integrar el principio de igualdad, así como por la ejecución de medidas establecidas en los Planes para la Igualdad aprobados por el Gobierno Vasco.
    5. Las personas titulares de cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza incoarán y resolverán los procedimientos de revisión de oficio de los actos dictados por los órganos correspondientes a sus áreas de actuación.

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      01007 Vitoria-Gasteiz
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      Jonan Fernandez Erdocia
      (30/01/2021 - 26/06/2024) Secretario General de Transición Social y Agenda 2030

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