Registro de Entidades de Colaboración Ambiental

 

Departamento / Organismo Autónomo

Medio Ambiente y Política Territorial


Órgano gestor

Dirección de Administración Ambiental


Objeto

Registro administrativo de entidades de colaboración ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el que se inscribirán a efectos de su publicidad los datos de la entidad, su nivel y alcance de la actuación, la vigencia de la autorización y características organizativas y técnicas.

Destinatarios/as

Entidades con personalidad jurídica propia, de carácter público o privado, colaboradoras del Departamento que tiene atribuidas las competencias en materia de medio ambiente de la Comunidad Autónoma del País Vasco, para el desempeño de las actuaciones de verificación, validación y control de las actividades.

Normativa reguladora

DECRETO 212/2012, de 16 de octubre, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 212/2012, de 16 de octubre, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

DECRETO 407/2013, de 10 de septiembre, de suspensión temporal del Decreto 212/2012, de 16 de octubre, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.


Personas de contacto

Para las cuestiones relacionadas exclusivamente con el sistema IKS-eeM: 012

Servicio de Inspección Ambiental: 945016959

Documentación a aportar

La comunicación previa se acompañará de la documentación que se indica a continuación:

a) Escritura de constitución o norma que crea la entidad.

b) Acreditación del cumplimiento de los requisitos establecidos de competencia técnica.

c) En caso de disponer, copia de certificaciones de sistemas de gestión UNE-EN ISO 9000, UNE-EN ISO 14000, etc.


Tasas a aplicar

No hay.

Plazo de presentacion

Todo el año.


Lugar presentación solicitudes

La comunicación se formalizará mediante el instrumento único común de teletramitación habilitado al efecto en el Sistema IKS eeM, bajo la denominación de Declaración Medioambiental Solicitud (e-DMA S) 

Descripción de los trámites

Tramitación electrónica.


Órgano que resuelve

Viceconsejero/a Medio Ambiente


Plazo de resolución

No procede.

Efectos del silencio

No procede


Fín de la vía administrativa

No procede


Recursos / Reclamaciones

No procede


Formularios

Nivel de actuación y alcance solicitado por la ECA (pdf rellenable, 939 kb)

Otros documentos

Guía e-DMA Solicitud para ECAS (pdf, 511 kb)


Observaciones

El Decreto 407/2013 deja en suspenso el Decreto 212/2012, de 16 de octubre, por el que se regulan las entidades de colaboración ambiental y se crea el Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en lo que se refiere a la obligación de los promotores de los procedimientos ambientales regulados en el artículo 7 de la norma de utilizar las entidades de colaboración ambiental de nivel I (ECA nivel I).

Esta suspensión no afecta al Registro de Entidades de Colaboración Ambiental de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Ver Preguntas frecuentes.

Nota

Esta información tiene únicamente carácter orientativo, por lo que no sustituye ni modifica las Disposiciones normativas que regulan los diferentes procedimientos administrativos ni, en consecuencia, puede dar origen a derechos u obligaciones que no se encuentren contempladas en la Reglamentación específica.


Fecha de la última modificación

12/06/2015