En este apartado se explica como se pueden ejercer las diferentes modalidades del voto por correo en las Elecciones Municipales y a Juntas Generales de 2015.
AVISO: En las Elecciones Municipales y a Juntas Generales 2015 el artículo 2.3 de la LOREG prohíbe votar a las personas con nacionalidad española inscritas en el censo electoral de residentes permanentemente en el extranjero (CERA), ya que al residir permanentemente en el extranjero no se les considera legalmente vecinos y vecinas de los municipios en los que se celebran estas elecciones.