Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno

Dirección de Tecnología y Aprendizajes Avanzados

ÁREAS / FUNCIONES

  1. Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del Departamento, la Dirección de Tecnología y Aprendizajes Avanzados tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
    1. Impulsar acciones que promuevan la capacidad creativa, innovadora y de pensamiento constructivo en el profesorado y en el alumnado de formación profesional.
    2. Promover la implantación generalizada de metodologías activas de aprendizaje que refuerce la innovación metodológica en la formación profesional del sistema educativo.
    3. Fomentar la cultura STEAM en los diferentes niveles de aprendizaje de la formación profesional.
    4. Impulsar y dirigir el avance y desarrollo de la digitalización en la formación profesional del sistema educativo, siguiendo las directrices de la Viceconsejería de Formación Profesional.
    5. Impulsar el desarrollo de proyectos de investigación aplicada en los centros de formación profesional, que podrán llevarse a cabo en colaboración con empresas, prioritariamente Pymes que respondan a las estrategias que se establezcan desde la Viceconsejería de Formación Profesional.
    6. Impulsar la creación de entornos estratégicos especializados y áreas de especialización que favorezcan la confluencia y colaboración efectivas en diferentes sectores productivos, entre los centros de formación profesional y las empresas, prioritariamente Pymes, microPymes y autónomos, con el objetivo de dar respuesta a los nuevos retos del empleo y la competitividad. 
    7. Analizar, promover e implantar el uso de tecnologías avanzadas actuales y de futuro, en los centros de formación profesional, dirigidas a mejorar las competencias del profesorado y del alumnado en entornos complejos.
    8. Diseñar, aplicar y realizar planes de formación permanente del profesorado de formación profesional, con extensión tanto a la actualización como a la especialización del mismo.
    9. Diseñar acciones de formación dirigidas a mejorar las competencias del profesorado para el desarrollo de diferentes metodologías de aprendizaje en el aula.
    10. Diseñar y realizar acciones dirigidas a la formación del profesorado, que les permita responder a entornos tecnológicamente muy avanzados.
    11. Planificar las acciones necesarias para el desarrollo de actividades, en el ámbito no formal, de aprendizaje a lo largo de toda la vida, ajustadas a las necesidades de cada momento.
    12. Establecer las acciones necesarias para fomentar el espíritu emprendedor y la cultura empresarial en el alumnado de formación profesional, impulsando el emprendimiento personal y dotándoles de la capacidad de iniciar nuevos proyectos empresariales.
    13. Fomentar el apoyo a los centros de formación profesional en el desarrollo de proyectos empresariales y la creación de empresas que integren la digitalización, la sostenibilidad, la innovación, el compromiso social y estructuras organizativas basadas en las personas, de forma que se vaya regenerando, modernizando y ampliando el tejido productivo vasco.
    14. Planificar y dirigir las actuaciones para desarrollar modelos de gestión y organización innovadores en los centros de formación profesional, que posibiliten la gestión de la complejidad, así como la investigación e innovación aplicadas en los mismos.
    15. Promover e impulsar las acciones necesarias para intervenir en los diferentes programas europeos e internacionales, relacionados con la formación profesional del sistema educativo.
  2. En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Tecnología y Aprendizajes Avanzados.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habrá un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Dirección de Gabinete del Consejero o Consejera, dependerá directa y jerárquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educación:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la dirección.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los órganos de los que dependan los planes o programas de actuación en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las áreas atribuidas a su competencia.
  5. La contratación, autorización y la aprobación del gasto y el control en la correcta ejecución de los contratos menores de su área de actuación, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposición Adicional Segunda.
  6. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de cada dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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CARGOS

Rikardo Lamadrid Intxaurraga
(10/09/2020 - 26/06/2024) Director de Tecnología y Aprendizajes Avanzados

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  1. Además de las funciones genéricas correspondientes a las direcciones del Departamento, la Dirección de Tecnología y Aprendizajes Avanzados tiene atribuidas las siguientes funciones y áreas de actuación:
    1. Impulsar acciones que promuevan la capacidad creativa, innovadora y de pensamiento constructivo en el profesorado y en el alumnado de formación profesional.
    2. Promover la implantación generalizada de metodologías activas de aprendizaje que refuerce la innovación metodológica en la formación profesional del sistema educativo.
    3. Fomentar la cultura STEAM en los diferentes niveles de aprendizaje de la formación profesional.
    4. Impulsar y dirigir el avance y desarrollo de la digitalización en la formación profesional del sistema educativo, siguiendo las directrices de la Viceconsejería de Formación Profesional.
    5. Impulsar el desarrollo de proyectos de investigación aplicada en los centros de formación profesional, que podrán llevarse a cabo en colaboración con empresas, prioritariamente Pymes que respondan a las estrategias que se establezcan desde la Viceconsejería de Formación Profesional.
    6. Impulsar la creación de entornos estratégicos especializados y áreas de especialización que favorezcan la confluencia y colaboración efectivas en diferentes sectores productivos, entre los centros de formación profesional y las empresas, prioritariamente Pymes, microPymes y autónomos, con el objetivo de dar respuesta a los nuevos retos del empleo y la competitividad. 
    7. Analizar, promover e implantar el uso de tecnologías avanzadas actuales y de futuro, en los centros de formación profesional, dirigidas a mejorar las competencias del profesorado y del alumnado en entornos complejos.
    8. Diseñar, aplicar y realizar planes de formación permanente del profesorado de formación profesional, con extensión tanto a la actualización como a la especialización del mismo.
    9. Diseñar acciones de formación dirigidas a mejorar las competencias del profesorado para el desarrollo de diferentes metodologías de aprendizaje en el aula.
    10. Diseñar y realizar acciones dirigidas a la formación del profesorado, que les permita responder a entornos tecnológicamente muy avanzados.
    11. Planificar las acciones necesarias para el desarrollo de actividades, en el ámbito no formal, de aprendizaje a lo largo de toda la vida, ajustadas a las necesidades de cada momento.
    12. Establecer las acciones necesarias para fomentar el espíritu emprendedor y la cultura empresarial en el alumnado de formación profesional, impulsando el emprendimiento personal y dotándoles de la capacidad de iniciar nuevos proyectos empresariales.
    13. Fomentar el apoyo a los centros de formación profesional en el desarrollo de proyectos empresariales y la creación de empresas que integren la digitalización, la sostenibilidad, la innovación, el compromiso social y estructuras organizativas basadas en las personas, de forma que se vaya regenerando, modernizando y ampliando el tejido productivo vasco.
    14. Planificar y dirigir las actuaciones para desarrollar modelos de gestión y organización innovadores en los centros de formación profesional, que posibiliten la gestión de la complejidad, así como la investigación e innovación aplicadas en los mismos.
    15. Promover e impulsar las acciones necesarias para intervenir en los diferentes programas europeos e internacionales, relacionados con la formación profesional del sistema educativo.
  2. En las materias referidas en el apartado anterior, las Delegaciones Territoriales del Departamento de Educación tendrán una dependencia funcional de la Dirección de Tecnología y Aprendizajes Avanzados.

Direcciones.

Al frente de cada una de las direcciones del Departamento habrá un Director o Directora que, salvo lo previsto para la Dirección de Gabinete del Consejero o Consejera, dependerá directa y jerárquicamente del Viceconsejero o Viceconsejera correspondiente. Corresponde a los Directores y Directoras del Departamento de Educación:

  1. Organizar los servicios internos y sistemas de trabajo de la dirección.
  2. Impulsar, dirigir, coordinar y controlar las actividades que se desarrollen.
  3. Proponer a los órganos de los que dependan los planes o programas de actuación en las materias atribuidas a su competencia.
  4. Proponer, definir y gestionar las convocatorias de ayudas y subvenciones en las áreas atribuidas a su competencia.
  5. La contratación, autorización y la aprobación del gasto y el control en la correcta ejecución de los contratos menores de su área de actuación, sin perjuicio de las menciones a estos contratos en este Decreto, especialmente la Disposición Adicional Segunda.
  6. Definir en su ámbito los objetivos del Plan de Normalización Lingüística en vigor, así como desarrollar y evaluar las iniciativas para alcanzar dichos objetivos llevando a cabo una gestión integrada del euskera en colaboración con las jefaturas de servicio de cada dirección; todo ello bajo la coordinación de la Dirección de Régimen Jurídico y Servicios en colaboración con la Viceconsejería de Política Lingüística.
  7. Cualesquiera otras funciones que les atribuya el ordenamiento jurídico vigente o tengan el carácter de comunes por venir atribuidas con carácter general a los Directores y Directoras del Gobierno.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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Rikardo Lamadrid Intxaurraga
(10/09/2020 - 26/06/2024) Director de Tecnología y Aprendizajes Avanzados

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