Departamento de Alimentación, Desarrollo Rural, Agricultura y Pesca

Normativa

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CORRECCIÓN DE ERRORES del Decreto 5/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza.

Identificación

  • Ámbito territorial: Autonómico
  • Rango normativo: Decreto
  • Órgano emisor: Lehendakaritza
  • Estado vigencia: Vigente

Boletín oficial

  • Boletín oficial: BOPV (País Vasco)
  • Nº boletín: 131
  • Nº orden: 3091
  • Nº disposición: 5
  • Fecha de disposición: 19/01/2022
  • Fecha de publicación: 07/07/2022

Ámbito temático

  • Materia: Organización administrativa
  • Submateria: Gobierno y Administración Pública; Departamentos

Texto legal

El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, sobre el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.

Advertidos errores de dicha índole en la publicación del Decreto 5/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza, publicado en el BOPV n.º 21, de 29 de enero de 2021, se procede a su corrección:

En la página 2021/483 (4/18), en el artículo 5.1,

donde dice:

  1. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en el presente Decreto, las siguientes funciones genéricas en materia de contratación:

debe decir:

  1. Corresponde a cada una de las Secretarías Generales que componen la estructura de Lehendakaritza, sin perjuicio de las áreas específicas detalladas en el presente Decreto, las siguientes funciones genéricas:

En la versión en euskera, en la página 2021/483 (17/7), en su artículo 10 g),

donde dice:

  1. Euskadiren kanpoko ordezkariekiko lankidetzan aritzea ordezkaritza horiek ondo funtzionatzeko behar diren ekintzetan, betiere Zuzendaritzako gaietan.

debe decir:

  1. Lehendakaritzaren interesen jarraipena egitea prozedura judizialetan, eta horiek defendatzen laguntzea organo eskudunaren bidez.

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