Comisión permanente sectorial de infancia y adolescencia
Comisión permanente sectorial de infancia y adolescencia
CREACIÓN
La Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia, en su Exposición de Motivos recoge, a propósito de este órgano, que la ley consolida la función de la Comisión Permanente Sectorial para la Atención a la Infancia y la Adolescencia, en el seno del Consejo Vasco de Bienestar Social, como foro específico de participación de las instituciones públicas y agentes sociales implicados en la atención, seguimiento y protección de las personas menores de edad y como órgano de consulta y asesoramiento respecto de los proyectos de ley, disposiciones generales y reglamentos que hayan de ser propuestos o dictados por el Gobierno Vasco en los aspectos a que se refiere la presente ley.
Incluso la propia Ley 12/2008, de 5 de diciembre, de Servicios Sociales, en su artículo 48, a la hora de definir el Consejo Vasco de Servicios Sociales, prevé la creación de consejos sectoriales, debiendo constituirse necesariamente algunos de ellos, entre los que incluye el de infancia. Estos consejos sectoriales podrán tomar en consideración todos los informes e investigaciones que estimen oportunos para la realización de su cometido, así como las propuestas procedentes, en particular, de las entidades representativas de las personas usuarias y las del tercer sector de acción social.
El artículo 102 de la Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia versa en su integridad sobre la Comisión Permanente Sectorial para la Atención a la Infancia y la Adolescencia, que se constituirá en el seno del Consejo Vasco de Servicios Sociales, si bien se remite a un posterior desarrollo reglamentario para regular su composición y funciones. El mandato legal se cumple mediante la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de fecha 16 de octubre de 2007, del Decreto 165/2007, de 2 de octubre, de creación, funcionamiento, composición y establecimiento de funciones de la Comisión Permanente Sectorial para la Atención a la Infancia y la Adolescencia.
COMPOSICIÓN
FUNCIONES
FUNCIONAMIENTO
LEGISLACIÓN
- Art. 102 de la Ley 3/2005, de 18 de febrero, de Atención y Protección a la Infancia y la Adolescencia.
- Decreto 165/2007, de 2 de octubre, de creación, funcionamiento, composición y establecimiento de funciones de la Comisión Permanente Sectorial para la Atención a la Infancia y la Adolescencia.
- Ley 3/2009, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley de Atención y Protección a la infancia y la Adolescencia.
ACTIVIDADES
Fecha de última modificación: