Subvenciones para la renovación de fondos de las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi 2024

[Fondos renovación]

Descripción


Objeto

La presente orden regula, para el ejercicio 2024, la concesión de subvenciones para la renovación de fondos de las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi.

Dotación presupuestaria

955.000 €

Prestación económica

  • 15.000,00 euro, para la adquisición de lotes de libros para bibliotecas de nueva creación.
  • 30.000,00 euro, para la dotación de fondos de bibliotecas vascas no pertenecientes a la Red de Lectura Pública de Euskadi.
  • 955.000,00 euro para renovación de fondos de bibliotecas

Forma de pago:

Pago único una vez justificada la subvención.

A quién va dirigido


Ayuntamientos de la CAPV

Entidades locales

Entidades locales con competencias en materia de bibliotecas.

Requisitos:

  • Acreditar que en su objeto se engloba la gestión común de la competencia o del servicio de biblioteca pública. En caso de que dicho documento esté en poder del Gobierno Vasco no será necesario aportarlo nuevamente y deberá indicar en qué órgano se halla o en qué procedimiento se presentó.

Requisitos

  • No estar incurso en cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de ayudas o subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.

  • No hallarse la persona o entidad solicitante sancionada administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de ayudas o subvenciones públicas, o incursa en alguna prohibición legal que inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición final sexta de la ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

  • Quedan excluidas las entidades que hayan percibido alguna de las ayudas ilegales e incompatibles de alguno de los regímenes de ayudas estatales que se indican a continuación, y que no hayan procedido a su reembolso o depósito en una cuenta bloqueada junto con los intereses correspondientes: Araba I, Araba II y Araba III (CR 48/99, CR 49/99 y CR 58/99), Gipuzkoa I, Gipuzkoa II y Gipuzkoa III (CR 50/99, CR 53/99 y CR 59/00), Bizkaia I, Bizkaia II, Bizkaia III (CR 52/99, CR 54/99 y CR 60/00).

  • Comunicar la solicitud y, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o ente (tanto público como privado).

Organismos


Organismo que convoca

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural

Organismo que resuelve

  • Cultura y Política Lingüística / Viceconsejería de Cultura > Dirección de Patrimonio Cultural

Información de contacto


Servicio de Bibliotecas: 945 01 76 41

Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía

Código

1037518

Solicitud


  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Resolución y recursos


Plazo de resolución

Seis meses

Tipo de concesión de la ayuda

No concursal

Efectos del silencio

Desestimatorios

Justificación


La justificación documental requerirá:

  • La aportación de certificado firmado por el Interventor/a o Secretario/a-Interventor/a, correspondiente al gasto realizado en el ejercicio 2024.

  • Aportación de las facturas correspondientes al gasto realizado.
  1. Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
  2. Prepare la documentación requerida en formato digital.
  3. Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
    Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.

Otros trámites