Subvenciones para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales e inversión. Balmaseda 2019
RESUMEN
Título:
Subvenciones para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales e inversión. Balmaseda 2019
Objeto:
Es objeto de las presentes bases regular la concesión de ayudas a fondo perdido para subvencionar los gastos derivados de la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales e inversión, desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 30 de noviembre del 2019, promovidos por personas promotoras en situación de desempleo que cumplan los requisitos establecidos en la base 2.
Dotación presupuestaria:
50.000,00 euros
Normativa de la convocatoria:
- Convocatoria (BOB N 25/2019)
Convocatoria subvenciones para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales e inversión, 201
Normativa reguladora:
- Bases reguladoras (BOB N 25/2019)
Bases reguladoras del procedimiento de la convocatoria de subvenciones para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales e inversión. 2019.
ORGANISMOS
Entidad convocante:
Ayuntamiento de Balmaseda
Órgano convocante:
Ayuntamiento de Balmaseda
Entidad resolutora:
Administración Local (ayuntamientos)
Contacto presencial:
Plaza San Severino, 1- 48800 Balmaseda (Bizkaia)
Contacto telefónico:
Tel: 946 800 000
TRAMITACIONES
Lugares de Presentación:
Plaza San Severino, 1- 48800 Balmaseda (Bizkaia)
VolverPlaza San Severino, 1- 48800 Balmaseda (Bizkaia)
Subvenciones para la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales e inversión. Balmaseda 2019
Lugares de Presentación
Lugares de Presentación
Es objeto de las presentes bases regular la concesión de ayudas a fondo perdido para subvencionar los gastos derivados de la creación y puesta en marcha de proyectos empresariales e inversión, desde el 1 de diciembre de 2018 hasta el 30 de noviembre del 2019, promovidos por personas promotoras en situación de desempleo que cumplan los requisitos establecidos en la base 2.
DIRIGIDO A
Colectivo beneficiario:
Las personas promotoras de nuevos proyectos empresariales deben cumplir los siguientes requisitos:
Promover uno o varios nuevos proyectos empresariales, es decir, crear una nueva empresa o negocio bajo cualquiera de las fórmulas admitidas legalmente. La persona promotora debe estar desempleada e inscrita como demandante de empleo en Lanbide antes de la fecha de Alta en el Impuesto de Actividades Económicas. No haber ejercido una actividad del mismo grupo de las tarifas del Impuesto de Actividades Económicas en el año y medio inmediatamente anterior a la fecha de Alta en la actividad, tanto la persona solicitante como personas con una relación de consanguinidad hasta el segundo grado o que formen parte de misma unidad convivencial, salvo que se trate de supuestos de relevo generacional.
PRESTACIÓN
Dotación:
50.000,00 euros
Límite:
Autónomos: Se establece una ayuda a fondo perdido de hasta 3000 euros por proyecto empresarial, con un máximo del 75% de la inversión, para subvencionar los gastos de puesta en marcha e Inversión de empresas. Cualquier tipo de sociedad con 2 o más socios: Se establece una ayuda a fondo perdido de hasta 2.000 euros por socio de Balmaseda que cumpla los requisitos establecidos en la base 2, con un máximo del 75% de la inversión, para subvencionar los gastos de puesta en marcha e inversión de empresas. Este importe ascenderá a 3000 euros en caso de que el domicilio social y fiscal se encuentre en el municipio de Balmaseda. Máximo por sociedad: 5.000 euros. Estos importes se reducirán a la mitad en los siguientes casos: a) En el caso que el domicilio social y fiscal coincida con el domicilio de empadronamiento de la persona solicitante o alguna de las personas socias en el caso de sociedades. b) En el caso que el domicilio social y fiscal de la actividad no se encuentre en el municipio de Balmaseda. b) Que la persona promotora del proyecto empresarial no cumpla el requisito de empadronamiento, pero que el domicilio social y fiscal de la actividad se encuentre en Balmaseda: Autónomos: Se establece una ayuda a fondo perdido de hasta 1500 euro por proyecto empresarial, con un máximo del 75% de la inversión, para subvencionar los gastos de puesta en marcha e Inversión de empresas. Cualquier tipo de sociedad con 2 o más socios: Se establece una ayuda a fondo perdido de hasta 1.500 euro por socio/a que cumpla los requisitos establecidos en la base 2, con un máximo del 75% de la inversión, para subvencionar los gastos de puesta en marcha e inversión de empresas. Máximo por sociedad: 5.000 euro. Las cuantías anteriores se incrementarán en un 15% si la persona promotora pertenece a alguno de los siguientes colectivos en el momento de su alta en el IAE: Personas menores de 25 años. Mujeres. Personas mayores de 55 años. Personas desempleadas de larga duración (aquellas inscritas como demandantes de empleo en Lanbide, y que han mantenido un periodo de inscripción de al menos 12 meses en los 18 meses anteriores a la contratación). Personas titulares de la Renta de Garantía de Ingresos. En el caso de que el proyecto empresarial revista la forma de cooperativa o de asociación sin ánimo de lucro con altas en Seguridad Social el importe a subvencionar será incrementado en un 15%. Todos estos porcentajes serán acumulables con un máximo del 30%.
TRAMITES
De Solicitud y Aportación de Documentación
El trámite de "Solicitud y aportación de documentación", es el que inicia el procedimiento, para ello la persona interesada debe de presentar el formulario de solicitud correctamente cumplimentado dentro del plazo indicado de presentación de solicitudes
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Trámite Solicitud
Presencial
Formularios:
Documentación:
-
a) En el supuesto de que el /la solicitante sea una persona física, original o copia compulsada del Documento Nacional de Identidad. b) En el caso de personas jurídicas: Original o copia compulsada de la Tarjeta de Identificación Fiscal, junto con el Documento Nacional de Identidad y poderes de representación de la persona solicitante. Y original o copia compulsada de las escrituras de constitución de la empresa o entidad con sus posteriores modificaciones e inscripción en los registros que corresponda. En el caso de las Sociedad Civiles sin personalidad jurídica propia, se incluirá el contrato privado sellado por Hacienda Foral. c) Declaración jurada original (Modelo de Solicitud Normalizado), se trata de una declaración única que engloba: ¿ Declaración jurada original de conocer y aceptar las bases de la presente convocatoria de ayudas. ¿ Autorización al Ayuntamiento de Balmaseda la potestad de solicitar ante la Hacienda Foral de Bizkaia datos sobre altas y bajas en el Impuesto de Actividades Económicas durante un periodo de tres años a partir de la constitución de la empresa. ¿ Declaración jurada original de no hallarse incursa en procedimientos de reintegro o sancionadores de subvenciones públicas. ¿ Declaración jurada original de la entidad solicitante de no hallarse sancionada penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni estar incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, de Igualdad de Mujeres y Hombres. ¿ Declaración jurada original del cumplimiento de la regla de Minimis, conforme a lo que establece el Reglamento (CE) número 1998/2006 de la Comisión Europea, de 15 de diciembre de 2006, publicado en el «BOCE» de 28 de diciembre de 2006, del Tratado de la Ayudas de Minimis, que sustituye al reglamento (CE) 69/2001, así como sus posteriores revisiones. ¿ Declaración jurada original de las ayudas solicitadas o recibidas de otras instituciones públicas o privadas para la misma acción. d) Informe de periodos de inscripción en Lanbide-Servicio Vasco de Empleo que acredite la inscripción como demandante de empleo del promotor/a solicitante con anterioridad al inicio de la actividad. e) Vida laboral que acredite estar en desempleo con anterioridad al inicio de la actividad. f) Copia del alta de la empresa o entidad en la Seguridad Social. g) Copia del alta en el Régimen Correspondiente de la Seguridad Social de todos los socios y socias. h) Certificados actualizados a nombre de la empresa y de sus socios y socias que acrediten que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con Tesorería General de la Seguridad Social. i) Copia del alta en el Impuesto de Actividades Económicas. j) Certificados actualizados a nombre de la empresa y de sus socios y socias que acrediten que se encuentran al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con Hacienda Foral de Bizkaia. k) Certificados sobre periodos de altas y bajas en el Impuesto de Actividades Económicas de la empresa y de sus socios y socias Hacienda Foral de Bizkaia. l) Plan de viabilidad tutorizado por el Behargintza de la comarca, por Centros formativos de la Comarca, por los servicios de empleo de Lanbide o por cualquier entidad promovida u homologada por una institución Pública o por Lanbide.
ESTADO CONVOCATORIA
Plazo de presentación:
06/02/2019 - 29/11/2019
Plazo de resolución:
El plazo máximo para la resolución de las solicitudes será de un mes contado desde la finalización del plazo de presentación de la solicitud completa. Si transcurrido dicho plazo no se hubiese dictado resolución, la persona solicitante podrá entender desestimada su solicitud.
Efectos del silencio:
Desestimatorios
Recurso contra la resolución:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor:
- Plazo de interposición: 1 mes
- Plazo de resolución: 3 meses
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio
Recurso contra la desestimación por silencio:
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor:
- Plazo de interposición: 3 meses
- Plazo de resolución: 3 meses
- Falta de resolución: Efecto estimatorio