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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 225, martes 19 de noviembre de 2024


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE SALUD
5298

ORDEN de 11 de noviembre de 2024 del Consejero de Salud, de modificación de la Orden de 22 de octubre de 2024, por la que se aprueban las bases de la convocatoria de la concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de proyectos participativos orientados a la promoción de la salud en el ámbito local de la Comunidad Autónoma del País Vasco, durante el ejercicio 2024.

El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, del Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.

Se han advertido errores de dicha índole que afectan a la Orden de 22 de octubre de 2024, por el que se aprueban las bases de la convocatoria de la concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de proyectos participativos orientados a la promoción de la salud en el ámbito local de la Comunidad Autónoma del País Vasco, durante el ejercicio 2024, en concreto en su base 12.6.c).

En su virtud,

DISPONGO:

Artículo único.– Modificar la base 12.6.c) del anexo de la Orden de 22 de octubre de 2024, por el que se aprueban las bases de la convocatoria de la concesión de subvenciones dirigidas al desarrollo de proyectos participativos orientados a la promoción de la salud en el ámbito local de la Comunidad Autónoma del País Vasco, durante el ejercicio 2024, el cual queda redactado como sigue:

«c) En caso de empate en la puntuación total, prevalecerá la puntuación obtenida en el apartado c) de la base 11.1 en primer lugar, luego el apartado b) y luego el apartado a) en su punto 4. Si aun así persisten los empates, se atenderá al orden cronológico de entrada de solicitudes.»

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Recursos.

Contra esta Orden, que agota la vía administrativa, las entidades interesadas podrán interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Salud, en el plazo de un mes o directamente un recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses. Ambos plazos comienzan a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Efectos.

La presente Orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 11 de noviembre de 2024.

El Consejero de Salud,

ALBERTO MARTÍNEZ RUIZ.


Análisis documental