N.º 19, viernes 27 de enero de 2023
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AUTORIDADES Y PERSONAL
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OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
455
RESOLUCIÓN 57/2023, de 3 de enero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de corrección de errores de la Resolución 1836/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Auxiliar Enfermería (puestos funcionales de Auxiliar Enfermería, Auxiliar Enfermería Salud Mental y Monitor/a Salud Mental) del grupo profesional de Técnicos/as Auxiliares Sanitarios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante la Resolución 1836/2022, de 24 de noviembre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueban las bases específicas que han de regir el proceso selectivo para la adquisición del vínculo estatutario fijo en la categoría de Auxiliar Enfermería (puestos funcionales de Auxiliar Enfermería, Auxiliar Enfermería Salud Mental y Monitor/a Salud Mental) del grupo profesional de Técnicos/as Auxiliares Sanitarios/as con destino en las organizaciones de servicios sanitarios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
El artículo 18.2.b) del Decreto 217/2008, de 23 de diciembre, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los meros errores u omisiones en el texto remitido para su publicación que se infieran claramente del contexto y no constituyan modificación o alteración del sentido de los documentos, pero cuya rectificación se juzgue conveniente para evitar posibles confusiones, se corregirán por la Dirección de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, a instancia del órgano que haya ordenado la publicación del texto.
Advertido un error de dicha índole en la citada Resolución, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco de 27 de noviembre de 2022, se procede a su corrección, de forma que, en el Anexo II,
Donde dice:
«ANEXO II
RELACIÓN DE DESTINOS CATEGORÍA: AUXILIAR ENFERMERIA SALUD MENTAL».
Debe decir:
«ANEXO II
RELACIÓN DE DESTINOS CATEGORÍA: AUXILIAR ENFERMERÍA (PUESTOS FUNCIONALES DE AUXILIAR ENFERMERÍA, AUXILIAR ENFERMERÍA SALUD MENTAL Y MONITOR/A SALUD MENTAL)».
Se ordena la publicación de la presente Resolución 57/2023, de 3 de enero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 3 de enero de 2023.
La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.