N.º 204, martes 25 de octubre de 2022
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OTRAS DISPOSICIONES
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
4585
RESOLUCIÓN 1623/2022, de 11 de octubre, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, de corrección de errores de la Resolución 1531/2022, de 12 de septiembre, por la que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el ámbito de la convocatoria extraordinaria de desarrollo profesional publicada por Resolución 1208/2022, de 2 de junio, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
La Resolución 693/2022, de 12 de agosto, de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, ordena la publicación de la asignación provisional del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el ámbito de la convocatoria extraordinaria de desarrollo profesional publicada por Resolución 1208/2022, de 2 de junio, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Resolución 704 /2022, de 22 de agosto de 2022, de la Subdirectora de Desarrollo y Formación, como suplente por ausencia de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se amplía el plazo establecido en la Resolución 693/2022, de 12 de agosto de la Directora de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud rectificado por error material mediante resolución 702/2022.
De conformidad con lo previsto en el artículo 5 de la Resolución 1208/2022, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, resueltas las reclamaciones efectuadas en el plazo establecido en la propia convocatoria extraordinaria, y realizadas las solicitudes de oficio establecidas en el artículo 2.2 de la propia Resolución 1208/2022, se procedió a aprobar la asignación definitiva de los niveles de desarrollo profesional. Dicha Resolución fue publicada en el BOPV n.º 188, de 30 de septiembre de 2022.
El artículo 18.2.c) del Decreto 217/2008, por el que se regula el Boletín Oficial del País Vasco, establece que los errores u omisiones que no se deduzcan claramente del contexto y cuya rectificación pueda suponer una real o aparente modificación del contenido o sentido del documento, se subsanarán mediante disposición del mismo rango.
Advertidos errores de dicha índole en el texto de la Resolución 1531/2022, de 12 de septiembre, por la que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el ámbito de la convocatoria extraordinaria de desarrollo profesional publicada por Resolución 1208/2022, de 2 de junio, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 188, de 30 de septiembre de 2022, se procede a su corrección.
Por cuanto antecede, y en uso de las facultades atribuidas,
RESUELVO:
Primero.– Incluir a las personas siguientes en:
– Anexo II:
(Véase el .PDF)
– Anexo III:
(Véase el .PDF)
– Anexo IV:
(Véase el .PDF)
Segundo.– Excluir, por habérseles asignado un nivel erróneo, a las siguientes personas en:
– Anexo I:
(Véase el .PDF)
– Anexo II:
(Véase el .PDF)
Tercero.– Incluir, a las personas siguientes, en el anexo correspondiente al reconocimiento de su nivel intermedio, sin menoscabo de su reconocimiento definitivo:
– Anexo I:
(Véase el .PDF)
– Anexo II:
(Véase el .PDF)
– Anexo III:
(Véase el .PDF)
Cuarto.– La fecha de efectos retributivos de cada uno de los niveles reconocidos será, la que corresponda en cada caso, en base a lo establecido en el artículo 6 de la Resolución 1208/2022, de 2 de junio, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Quinto.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Sexto.– Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
En Vitoria-Gasteiz, a 11 de octubre de 2022.
La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO.