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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 117, miércoles 16 de junio de 2021


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OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
3431

RESOLUCIÓN de 31 de mayo de 2021, del Viceconsejero de Cultura, por la que se modifica el importe global máximo destinado en la Orden de 3 de marzo de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan y convocan la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2021, a programas destinados al fomento de las artes escénicas.

ANTECEDENTES

1.– La Orden de 3 de marzo de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan y convocan la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2021, a programas destinados al fomento de las artes escénicas, en su artículo 2. fijaba la dotación total de dichas ayudas en la cantidad de 780.000 euros.

2.– En la Disposición Adicional Cuarta de la citada Orden se preveía la siguiente posibilidad:

«Los importes consignados en el artículo 2 podrán ser incrementados, por Resolución del Viceconsejero de Cultura, teniendo en cuenta la cuantía total de las subvenciones solicitadas, en función de las disponibilidades presupuestarias no agotadas que resulten de la ejecución de otros programas del Departamento de Cultura y Política lingüística, y con carácter previo a la resolución de los mismos Para ello se aplicará el criterio citado en el artículo 2.3. La mencionada Resolución deberá ser publicada en el BOPV».

3.– Dado que en este momento existe disponibilidad presupuestaria en los términos previstos en la Disposición Adicional de la Orden de convocatoria de las ayudas.

En su virtud,

RESUELVO:

Primero.– Incrementar en 93.000 euros el importe global máximo destinado en la Orden de 3 de marzo de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regulan y convocan la concesión de subvenciones, en el ejercicio 2021, a programas destinados al fomento de las artes escénicas.

Por tanto, la cantidad global máxima prevista en el artículo 2. de la Orden de convocatoria queda fijada en 873.000 euros.

Segundo.– Atendiendo a lo dispuesto en el artículo 2.3 dicha cantidad será destinada a la modalidad de ayudas al desarrollo de programas de exhibición de las artes escénicas en la calle regulada en el Capítulo IV de la citada Orden de 3 de marzo de 2021.

Tercero.– Publicar la presente Resolución en el BOPV.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el BOPV ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

La presente Resolución surtirá efectos desde su publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 31 de mayo de 2021.

El Viceconsejero de Cultura,

ANDONI ITURBE AMOREBIETA.


Análisis documental