N.º 241, lunes 17 de diciembre de 2018
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OTRAS DISPOSICIONES
OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
6146
RESOLUCIÓN 1251/2018, de 30 de noviembre, del Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación definitiva del nivel de desarrollo profesional de los/las profesionales sanitarios del grupo profesional B1 Diplomados/as Sanitarios/as, de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud, derivada de la convocatoria publicada por Resolución 1930/2011, de 29 de diciembre, de esta Dirección General.
El Decreto 35/2007, de 27 de febrero, regula el desarrollo profesional de los y las profesionales sanitarios del grupo profesional B1 Diplomados/as Sanitarios/as, del Ente Público de Derecho Privado Osakidetza-Servicio vasco de salud.
Mediante Decreto 106/2008, de 3 de junio, por el que se aprueba el Acuerdo alcanzado en la Mesa Sectorial de Sanidad, en su reunión del día 14 de marzo de 2008, se establecen determinadas adaptaciones a la regulación contenida en el Decreto 35/2007, de 27 de febrero.
La Resolución 1930/2011, de 29 de diciembre, del Director General de Osakidetza, regula los requisitos, solicitudes, procedimiento de evaluación y asignación del nivel de la convocatoria ordinaria de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional correspondiente al ejercicio 2011, para los/las profesionales pertenecientes a las organizaciones de servicios dependientes de Osakidetza.
La Resolución 558/2014 de 8 de mayo del Director General de Osakidetza acordó la suspensión de las convocatorias ordinaria y extraordinaria de desarrollo profesional convocadas mediante las resoluciones 1930/2011 y 1931/2011 de 29 de diciembre.
Contra la citada Resolución 558/2014 fue interpuesto recurso contencioso-administrativo, dando lugar al Procedimiento Abreviado n.º 29/2015, seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo n.º 1 de Vitoria-Gasteiz, quien en sentencia n.º 246/2017, de 28 de septiembre, estimó parcialmente el citado recurso contencioso-administrativo, reconociendo el derecho del personal de Osakidetza que ha participado en las convocatorias de desarrollo profesional a que se resuelvan las mismas, hasta la asignación de niveles que proceda, adjudicando a cada participante el nivel que corresponda.
Mediante Auto n.º 243/2017, de 18 de diciembre, se ordena la ejecución provisional de la citada sentencia, dictándose la Resolución 36/2018, de 1 de febrero, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza, e iniciando las actuaciones pertinentes para la finalización de las convocatorias.
Mediante la Resolución 484/2018, de 21 de mayo, del Director de Recursos Humanos de Osakidetza-Servicio vasco de salud, publicada en el BOPV n.º 124, de 29 de julio de 2018, se resuelven las solicitudes de reconocimiento del nivel de desarrollo profesional y se ordena la publicación de la asignación provisional del nivel de desarrollo profesional de los y las profesionales sanitarios del grupo profesional B1 Diplomados/as Sanitarios/as, de las organizaciones de servicios de Osakidetza-Servicio vasco de salud.
De conformidad con lo previsto en el artículo 11.3 del Decreto 35/2007, de 27 de febrero, por el que se regula el desarrollo profesional de los y las profesionales sanitarios del grupo profesional B1 Diplomados/as Sanitarios/as, del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, y en la Resolución 1930/2011, de 29 de diciembre, del Director General de Osakidetza, una vez finalizado el trámite de recurso, procede aprobar la asignación definitiva de los niveles de desarrollo profesional.
Por cuanto antecede, y en uso de las facultades atribuidas
RESUELVO:
Primero.– Aprobar la asignación definitiva de niveles de desarrollo profesional a los y las profesionales del grupo B1 Diplomados/as Sanitarios/as del Ente Público Osakidetza-Servicio vasco de salud, que han tomado parte en la convocatoria publicada por Resolución 1930/2011, de 29 de diciembre, de esta Dirección General, conforme a la relación que se contiene en los anexos a la presente Resolución:
Anexo I: relación definitiva correspondiente al grupo B1 - Diplomados/as Sanitarios/as con nivel I de desarrollo profesional reconocido.
Anexo II: relación definitiva correspondiente al grupo B1 - Diplomados/as Sanitarios/as con nivel II de desarrollo profesional reconocido.
Anexo III: relación definitiva correspondiente al grupo B1 - Diplomados/as Sanitarios/as con nivel III de desarrollo profesional reconocido.
Anexo IV: relación definitiva correspondiente al grupo B1 - Diplomados/as Sanitarios/as con nivel IV de desarrollo profesional reconocido.
Las puntuaciones individuales podrán ser consultadas por las personas interesadas en la aplicación informática de desarrollo profesional de Osakidetza-Servicio vasco de salud, accesible en la dirección https://dp.osakidetza.eus
Segundo.– Aprobar la relación de profesionales que, tras superar los requisitos de puntuación establecidos en el Bloque B de méritos curriculares, una vez revisados sus expedientes en el trámite de resolución de recurso de alzada, continúan en el proceso de evaluación, procediéndose a la valoración del Bloque A de Actividad, desempeño y dominio profesional y del Bloque C de Implicación y compromiso con la organización, según la relación que se incluye como Anexo V (relación de profesionales correspondiente al grupo B1-Diplomados/as Sanitarios/as que continúan el proceso de evaluación).
Tercero.– Ordenar la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Cuarto.– Contra la presente Resolución que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con lo previsto en los artículos 8.2, 14.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
En Vitoria-Gasteiz, a 30 de noviembre de 2018.
El Director General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,
JUAN LUIS DIEGO CASALS.