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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 100, viernes 25 de mayo de 2018


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

LEHENDAKARITZA
2773

RESOLUCIÓN de 17 de mayo de 2018, del Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, por la que se convocan ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo para el año 2018.

Mediante la presente Resolución se da cumplimiento para el año 2018 a las previsiones contenidas en el Decreto 34/2007, de 27 de febrero por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo (Boletín Oficial del País Vasco de 15 de marzo) modificado por Decreto 390/2013, de 23 de julio (Boletín Oficial del País Vasco de 29 de julio), por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo. En términos generales no se reiterarán en esta Resolución los contenidos de dicho Decreto, de obligada consulta para las entidades que deseen presentarse a esta convocatoria de subvenciones.

El Decreto 34/2007 regula las ayudas a proyectos de cooperación para el desarrollo como un instrumento que contribuye de manera significativa a la lucha contra la pobreza, fortaleciendo los procesos endógenos y las capacidades en los países empobrecidos del Sur, incidiendo prioritariamente en lo local en su interrelación con lo estatal e internacional, a través de entidades sin ánimo de lucro de cooperación para el desarrollo.

El citado Decreto establece en su artículo 2 que, por disposición del órgano competente del Departamento al que esté adscrita la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, se procederá a la convocatoria de las ayudas, en la que se habrá de señalar el objeto de la convocatoria, dotación económica general, dotación económica estimada para cada una de las tres modalidades de ayuda, importe máximo a solicitar por cada entidad, criterios de selección, lugar y plazo de presentación de solicitudes y modelo de solicitud.

Por otro lado, el artículo 22.4 del Decreto establece que la Resolución de la convocatoria fijará el número máximo de solicitudes que se pueden presentar por entidad y/o el importe máximo que cada entidad pueda solicitar, conjuntamente, en los diferentes proyectos de la convocatoria.

Asimismo, el artículo 24 establece que los porcentajes de cada uno de los pagos de la subvención se fijarán en la Resolución de la convocatoria.

De conformidad al Decretos 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, compete a Lehendakaritza las funciones relativas a cooperación para el desarrollo. Dichas funciones están atribuidas al Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación a través del Decreto 70/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional de Lehendakaritza.

En cuanto a la gestión de las citadas ayudas y resoluciones que hayan de dictarse a tal efecto, la competencia corresponde al Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo (artículo 11.2 de la Ley 5/2008, de 19 de junio, por la que se crea y regula la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo; y artículo 5.b) del Decreto 95/2010, de 23 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo).

Esta convocatoria recibió el visto bueno del Consejo Rector de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, en sesión celebrada el 14 de febrero de 2018.

Por ello,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

El objeto de la presente Resolución es convocar, para el año 2018, las ayudas destinadas a subvencionar proyectos de cooperación para el desarrollo reguladas por el Decreto 34/2007, de 27 de febrero, por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo, modificado por Decreto 390/2013, de 23 de julio.

Artículo 2.– Dotación económica.

1.– El importe global de la dotación económica destinada a esta convocatoria será de 35.500.000 euros. La dotación económica estimada para cada una de las modalidades de ayuda es la siguiente:

a) Para las ayudas a proyectos de cooperación al desarrollo se destinará la cantidad de 29.000.000 euros.

b) Para las ayudas a proyectos de desarrollo productivo, de formación y asistencia tecnológica se destinará la cantidad de 1.200.000 euros.

c) Para las ayudas a proyectos de educación para el desarrollo se destinará la cantidad de 5.300.000 euros.

Artículo 3.– Subvención solicitada por proyecto.

La subvención solicitada por proyecto no podrá superar los 600.000 euros.

Artículo 4.– Importe total máximo a solicitar por entidad.

Cada entidad de manera individual o consorciada, podrá solicitar hasta 6 proyectos por el importe máximo fijado en el artículo anterior.

En ningún caso el importe total que se le podrá conceder a la entidad será superior a 3.227.616,60, correspondiente al 7% de los fondos distribuibles aprobados para el ejercicio 2018.

Artículo 5.– Abono de las ayudas:

La subvención concedida se abonará en los siguientes plazos:

a) Un primer pago del 20% del importe de la subvención concedida, tras la notificación de la Resolución de concesión de la subvención.

b) Un segundo pago del 40% del total de la subvención, una vez justificada la realización de, al menos, el 80% de la subvención ya desembolsada.

c) Un tercer pago del 40% del total de la subvención una vez justificada la realización de, al menos, el 80% de la subvención ya desembolsada.

Artículo 6.– Tramitación electrónica de las ayudas.

1.– Las entidades interesadas deberán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos.

2.– Las especificaciones de cómo tramitar las solicitudes, declaraciones responsables, y documentos están disponibles en la sede electrónica: https://euskadi.eus y en la página web: www.elankidetza.euskadi.eus

3.– Los trámites posteriores a la solicitud, se realizan a través de: https://euskadi.eus o a través de: www.elankidetza.euskadi.eus

Artículo 7.– Plazo, presentación y formalización de solicitudes.

1.– El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.

2.– La solicitud deberá presentarse por medios electrónicos en la siguiente sede electrónica: https://www.euskadi.eus en trámites, apartado Ayudas, becas y subvenciones o través de la página web: http://www.elankidetza.euskadi.eus en el apartado convocatorias.

3.– La solicitud se realizará mediante una instancia normalizada, debidamente cumplimentada en todos sus términos, disponible en la citada sede electrónica.

Artículo 8.– Documentación.

1.– La instancia de solicitud de la subvención deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

a) Propuesta técnica y presupuesto. Ambos convenientemente cumplimentados, y disponibles en la sede electrónica https://euskadi.eus y en la página web www.elankidetza.euskadi.eus. El número máximo de palabras que puede incluir la propuesta técnica es de 50.000 palabras.

b) Acreditación de la representación legal, cuando la persona firmante de la solicitud no se encuentra inscrita cómo representante de la entidad solicitante en el Registro de representantes del Gobierno Vasco, ni figure dicha acreditación en la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, disponible en: https://euskadi.eus o www.elankidetza.euskadi.eus

c) Acreditación de la experiencia continuada en el ámbito de la cooperación un mínimo de dos años cuando en los estatutos de la entidad no se refleje expresamente la finalidad de realizar proyectos orientados al desarrollo de los países del sur.

d) En caso de entidades consorciadas se aportara el convenio correspondiente según modelo disponible la sede electrónica.

e) En caso de que se prevea la justificación de gastos mediante recibos y no facturas, se deberá presentar una memoria explicativa con las razones que lo justifiquen disponible en la sede electrónica.

f) En caso de que la entidad solicitante envíe personas expatriadas, se aportará una memoria justificativa que describa las tareas a realizar y la duración y contenga los criterios de aptitud y calificación necesarios. Se facilitará un modelo de memoria en la sede electrónica.

g) Facturas proforma, presupuestos o valoraciones externas en los casos que de acuerdo a lo que establece el Decreto es necesario.

h) En el caso de proyectos que se lleven a cabo prioritariamente en un país del Sur, se aportará acreditación del salario medio del personal local.

i) En el caso de proyectos que se lleven a cabo prioritariamente en un país del Sur, y de acuerdo a lo que establezca el Decreto, se aportará memoria explicativa del fondo rotatorio.

2.– La presentación de la solicitud conllevará la autorización de la entidad solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto 887/2006, Reglamento de la Ley General de Subvenciones, relativas a obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. En caso de que la entidad solicitante deniegue expresamente el consentimiento, deberá aportar certificación en los términos previstos en el artículo 22 del citado Real Decreto.

3.– No podrán obtener la condición de beneficiaria de ayuda aquellas entidades solicitantes en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley General de Subvenciones.

Artículo 9.– Órgano de gestión de las ayudas.

Corresponde a la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo, la realización de las tareas de gestión de la presente línea subvencional, y será el Servicio de Coordinación Técnica de la Agencia, el que realizará el análisis técnico y valoración de las solicitudes de ayudas, dando traslado de ello al Consejo Rector, que propondrá la concesión de las ayudas que correspondan.

Artículo 10.– Órgano competente para la adjudicación.

El órgano competente para la adjudicación de las ayudas que se convocan es el Director de la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo.

Artículo 11.– Criterios de selección.

Las solicitudes que reúnan todos los requisitos exigidos se valorarán de acuerdo a los criterios de selección recogidos en el anexo de la presente Resolución.

Artículo 12.– Firma del convenio.

Tras la aprobación de la subvención se procederá a la firma de un convenio entre la Agencia Vasca de Cooperación para el Desarrollo y la entidad adjudicataria, por cada una de las subvenciones concedidas, en función del tipo de proyecto que se financie y que estará disponible en la sede electrónica: https://euskadi.eus y en la página web: www.elankidetza.euskadi.eus

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA.– Las ayudas a las que se refiere la presente Resolución se sujetan a lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, así como en el Decreto 34/2007, de 27 de febrero por el que se regulan las ayudas a proyectos con cargo al Fondo de Cooperación al Desarrollo, modificado por Decreto 390/2013, de 23 de julio.
DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA.– Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.
DISPOSICIÓN FINAL TERCERA.– La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 17 de mayo de 2018.

El Secretario General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación,

JUAN ANTONIO FERNÁNDEZ ERDOCIA.

ANEXO
CRITERIOS DE SELECCIÓN APLICABLES

A) PROYECTOS DE COOPERACIÓN PARA EL DESARROLLO (CAPÍTULO I) y PROYECTOS DE DESARROLLO PRODUCTIVO, DE FORMACIÓN Y ASISTENCIA TECNOLÓGICA (CAPÍTULO II) QUE SE LLEVEN A CABO PRIORITARIAMENTE EN UN PAÍS EMPOBRECIDO DEL SUR.

I. – En función de los contenidos y el enfoque del proyecto: 82 puntos.

1.– Coherencia general del proyecto: 23 puntos.

1.1.– Pertinencia y oportunidad del proyecto respecto al III Plan Director de Cooperación para el Desarrollo 2014-2017, al enfoque de desarrollo humano sostenible y al contexto en el que se enmarca: hasta 10 puntos.

● 8 puntos si la iniciativa es pertinente, estratégica y oportuna en relación al contexto en el que se enmarca (país, sector, agentes, etc.) y a procesos acompañados por la AVCD.

○ 3 puntos si la iniciativa es pertinente en base al análisis de contexto en el que se enmarca y responde a las necesidades identificadas en el diagnóstico.

– Hasta 2 puntos si el análisis de contexto es suficiente:

● 1 punto si contiene un análisis y/o interpretación estructural concreto y específico del contexto.

● 1 punto si contiene datos específicos vinculados al sector y ubicación geográfica.

– 1 punto si la pertinencia del proyecto está justificada.

○ 5 puntos si la intervención es estratégica y oportuna.

– 2 puntos en el caso de ser un proceso acompañado previamente por la AVCD, que se estima oportuna y cuya justificación esté explicada de forma concreta en el formulario.

– 1 punto si la iniciativa plantea alguna cuestión innovadora con relación al recorrido de la cooperación acompañada por la AVCD –entidades, enfoques, temáticas, etc.– y se considera pertinente.

– 2 puntos si se demuestra que la iniciativa es estratégica y oportuna con relación al contexto.

● 1 punto si el proceso participativo de identificación seguido está explicado de forma concreta.

● 1 punto si la población sujeto está identificada, es pertinente y su selección está explicada de forma concreta.

1.2.– Coherencia de la iniciativa y entre objetivos, resultados y actividades previstas: hasta 5 puntos.

● 2 puntos si se demuestra que la iniciativa en su globalidad responde al contexto analizado y al análisis de las transversales, se justifica la selección de la alternativa y tiene coherencia en su conjunto.

● Hasta 3 puntos si la lógica de intervención es coherente:

○ 3 puntos si la lógica de intervención contiene todos los resultados y las actividades necesarias para la obtención del objetivo específico.

○ 2 puntos si la lógica de intervención contiene todos los resultados necesarios para la obtención del objetivo específico pero hay inconsistencia a nivel de las actividades.

○ 1 punto si la lógica de intervención carece de alguno de los resultados necesarios para la obtención del objetivo específico o se introducen resultados innecesarios para la obtención del mismo, o los resultados y sus respectivas actividades carecen de coherencia.

1.3.– Descripción de las actividades y su relación con los recursos establecidos para implementarlas: hasta 3 puntos.

● 2 puntos si hay una relación coherente entre las actividades, medios y costes y su traslación al presupuesto.

● 1 punto si existe una desproporción entre las actividades y su dotación presupuestaria, y/o existen rubros innecesarios para la lógica de la intervención.

● 1 punto adicional si las actividades están suficientemente descritas.

1.4.– Indicadores de seguimiento y evaluación concretos, medibles y verificables: hasta 5 puntos.

● 5 puntos si se establecen indicadores concretos, medibles y verificables respecto al objetivo específico y cada uno de los resultados esperados, incluyendo indicadores de proceso, indicadores de impacto e indicadores de impacto de género, cuantitativos y cualitativos.

● 4 puntos si se establecen indicadores concretos, medibles y verificables respecto al objetivo específico y algunos resultados esperados, incluyendo indicadores de proceso, indicadores del impacto e indicadores de impacto de género, cuantitativos y cualitativos.

● 3 puntos si se establecen indicadores concretos, medibles y verificables respecto al objetivo específico y cada uno de los resultados esperados.

● 1 punto si se establecen indicadores concretos, medibles y verificables sólo para alguno de los resultados.

2.– Viabilidad y sostenibilidad del proyecto en el tiempo: 15 puntos.

2.1.– Viabilidad: hasta 12 puntos.

● Hasta 9 puntos si se demuestra que se cuenta con los recursos metodológicos, técnicos e institucionales para la correcta implementación del proyecto.

○ Hasta 5 puntos:

– 5 puntos si se demuestra que se cuenta con los recursos metodológicos, técnicos e institucionales para la correcta implementación del proyecto.

– 3 puntos si se demuestra que se cuenta con los recursos metodológicos, técnicos e institucionales para la correcta implementación del proyecto pero no se adjunta la documentación que lo acredita.

– 1 punto si falta alguna información en el formulario y no se adjunta documentación que lo acredita.

○ 2 puntos si, a través de la experiencia y el relacionamiento previos que se ha tenido con la AVCD, se considera que la entidad solicitante (o cabeza de consorcio) tiene las capacidades suficientes que garantizan la viabilidad de la iniciativa, en relación a la propuesta concreta.

○ Hasta 2 puntos si la iniciativa está alineada con la planificación estratégica vigente de la entidad solicitante y de la entidad local.

– 1 punto si la iniciativa está alineada con la planificación estratégica vigente de la entidad solicitante y se explica de forma concreta en el formulario.

– 1 punto si la iniciativa está alineada con la planificación estratégica vigente de la entidad local y se explica de forma concreta en el formulario.

● Hasta 3 puntos si se demuestra que se cuenta con los recursos humanos para la correcta implementación del proyecto.

○ 3 puntos si se demuestra que se cuenta con los recursos humanos necesarios para la correcta implementación del proyecto y hay claridad en el reparto de responsabilidades y funciones.

○ 2 puntos si se demuestra que se cuenta con los recursos humanos necesarios para la correcta implementación del proyecto pero no hay claridad en el reparto de responsabilidades y funciones.

○ 1 punto si es incompleto lo anterior.

2.2.– Sostenibilidad en el tiempo: hasta 3 puntos.

● 3 puntos si se garantiza que los resultados y el objetivo se mantendrán económica, social y culturalmente una vez acabado el proyecto y sin apoyo técnico y financiero de la cooperación internacional.

● 2 puntos si falta o es débil alguno de los anteriores.

● 1 punto si se garantiza que al final del proyecto se dejan ciertas capacidades instaladas, redes o relaciones que contribuyan a mantener el objetivo y los resultados en el tiempo.

3.– Líneas transversales: 36 puntos.

3.1.– Transversal: incorporación de la perspectiva de género, transformación de la posición y situación desigual entre mujeres y hombres: hasta 7 puntos.

● Diagnóstico: 1 punto si existe un diagnóstico de las relaciones de género de la población sujeto, aterrizado en el área sectorial, territorio y la intervención concreta.

● Matriz de Marco Lógico: 2 puntos.

● Viabilidad: 3 puntos.

○ 1 punto si la metodología planteada en las actividades y la viabilidad es pertinente para la eliminación de la desigualdad entre mujeres y hombres.

○ 1 punto si los recursos humanos, técnicos, materiales e institucionales en las actividades y la viabilidad son pertinentes para la eliminación de la desigualdad entre mujeres y hombres y/o para el empoderamiento de las mujeres.

○ 1 punto adicional si la ejecución es a través de una/s organización/es feminista/s.

● Estrategia: 1 punto si se plantea una estrategia integral para la reducción de la desigualdad entre mujeres y hombres.

3.2.– Transversal: fortalecimiento de las capacidades locales: hasta 7 puntos.

● Diagnóstico: 1 punto si existe un diagnóstico concreto y específico sobre las capacidades de la población sujeto del proyecto y/o de sus organizaciones.

● Matriz de Marco Lógico: 2 puntos.

● Viabilidad: 3 puntos.

○ 1 punto si la metodología planteada en las actividades y la viabilidad se orienta hacia la puesta en marcha de la estrategia y el avance en el fortalecimiento de capacidades (técnicas y/o estratégico políticas).

○ 1 punto si los recursos humanos, técnicos, materiales e institucionales en las actividades y la viabilidad son las adecuadas para avanzar las capacidades locales (técnicas y/o estratégico políticas).

○ 1 punto si el presupuesto desglosado recoge la concreción de esos recursos humanos, técnicos y materiales, específicos para fomentar el fortalecimiento de capacidades (técnicas y/o estratégico políticas).

● Estrategia: 1 punto si se plantea una estrategia integral para la generación de capacidades locales de la población sujeto.

3.3.– Transversal: generación de procesos de participación: hasta 7 puntos.

● Diagnóstico: hasta 2 puntos.

○ 2 puntos si existe un diagnóstico concreto y específico sobre el nivel de participación de la población sujeto (desde su diversidad) en los distintos espacios de toma de decisión existentes, recogiendo los siguientes dos aspectos: a) un análisis de los espacios de participación y/o toma de decisiones existentes en la zona de intervención (institucional, público, tradicional, alternativo, etc.) y b) un análisis de espacios de participación y/o toma de decisiones de la población sujeto y/o de las organizaciones comunitarias.

○ 1 punto si existe un diagnóstico concreto y específico sobre el nivel de participación de la población sujeto (desde su diversidad) en los distintos espacios de toma de decisión existentes, recogiendo al menos uno de los siguientes dos aspectos: a) un análisis de los espacios de participación y/o toma de decisiones existentes en la zona de intervención (institucional, público, tradicional, alternativo, etc.) y b) un análisis de espacios de participación y/o toma de decisiones de la población sujeto y/o de las organizaciones comunitarias.

● Matriz de Marco Lógico: 2 puntos.

● Estrategia: 1 punto si se plantea una estrategia integral, que persiga la participación de la población sujeto en instancias estratégicas de representación y decisión.

● Medidas específicas para garantizar la participación activa: 2 puntos.

○ 1 punto si el proyecto tiene como población sujeto mayoritaria colectivos invisibilizados.

○ 1 punto si se incluyen medidas específicas para garantizar la participación activa de las mujeres en las acciones del proyecto.

3.4.– Transversal: potenciación de la organización: hasta 5 puntos.

● Diagnóstico: 1 punto si existe un diagnóstico concreto y específico sobre las organizaciones y tejido asociativo existentes en el ámbito de intervención del proyecto.

● Matriz de Marco Lógico: 2 puntos.

● Estrategia: 1 punto si se plantea una estrategia integral que persiga potenciar la organización y/o las organizaciones.

● Medidas específicas para potenciar la organización: 1 punto si se da la potenciación de las articulaciones entre organizaciones en el territorio.

3.5.– Transversal: enfoque de derechos: hasta 5 puntos.

● Diagnóstico: hasta 2 puntos.

○ 2 puntos si existe un diagnóstico que incluya estos apartados: a) análisis de la situación del derecho o derechos sobre los que va a trabajar el proyecto; b) un análisis de la legislación local-nacional-regional-internacional sobre el/los derecho/s en los que va a trabajar el proyecto; c) una identificación de titulares de derechos y titulares de obligaciones, así como de sus capacidades.

○ 1 punto si existe un diagnóstico que incluya dos de estos apartados: a) análisis de la situación del derecho o derechos sobre los que va a trabajar el proyecto; b) un análisis de la legislación local-nacional-regional-internacional sobre el/los derecho/s en los que va a trabajar el proyecto; c) una identificación de titulares de derechos y titulares de obligaciones, así como de sus capacidades.

● Matriz de Marco Lógico: 2 puntos.

● Estrategia: 1 punto si se plantea una estrategia integral que fortalezca a titulares de derechos en la exigibilidad y/o a titulares de obligaciones en la garantía de ese cumplimiento.

3.6.– Transversal: sostenibilidad ecológica: hasta 5 puntos.

● Diagnóstico: 1 punto si existe un diagnóstico concreto sobre la situación medioambiental del entorno de la población sujeto.

● Matriz de Marco Lógico: 2 puntos.

● Estrategia: 1 punto si se plantea una estrategia integral que mejore la situación ambiental del entorno.

● 1 punto si hay medidas para prevenir y mitigar el impacto negativo de las actividades del proyecto.

4.– Aspectos relacionados con el área geográfica, sectorial y modelo de proyecto: 8 puntos.

4.1.– Área geográfica: hasta 3 puntos.

● 3 puntos: si el proyecto se desarrolla en uno de los países prioritarios (El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, México, Cuba, Brasil, Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela, Costa de Marfil, Ruanda, Mozambique, República Árabe Saharaui Democrática, República Democrática del Congo, Senegal, Uganda, Burundi, Palestina e India).

● 2 puntos: si no es un país prioritario y el proyecto se desarrolla en, al menos, un país con IDH bajo (media nacional).

● 1 punto: si no es un país prioritario y el proyecto se desarrolla en, al menos, un país con IDH medio (media nacional).

4.2.– Sectorial: hasta 3 puntos.

● 2 puntos si el proyecto se enmarca en uno de los sectores priorizados en el Plan Director de Cooperación para el Desarrollo 2014-2017 de la AVCD.

● 1 punto adicional si el proyecto, en el marco de un sector, se ubica específicamente en las siguientes líneas y/o enfoques de actuación.

○ Derechos Universales: iniciativas que aborden el acceso / satisfacción de un derecho y, además, contengan un componente / enfoque de fortalecimiento de titulares de derechos y/o de obligaciones.

○ Desarrollo económico local: iniciativas centradas en el enfoque de soberanía alimentaria, economía feminista y/o economía social y solidaria.

○ Gobernanza democrática y poder local: iniciativas centradas en el fortalecimiento de organizaciones y movimientos sociales.

○ Empoderamiento de mujeres: siempre se da el punto adicional.

○ Protección y conservación ambiental: siempre se da el punto adicional.

4.3.– Consorcios: hasta 2 puntos.

● 1 punto si el proyecto se ejecuta por un consorcio de entidades solicitantes.

● 1 punto si el proyecto se ejecuta por un consorcio de entidades locales.

II. – Aspectos relacionados con la entidad vasca solicitante o delegación en la CAE: 8 puntos.

1.– Base social: hasta 3 puntos.

● 1 punto si tiene más de 200 socias o socios en la CAE.

● 1 punto si tiene más de 10 voluntarias o voluntarios en la CAE.

● 1 punto si participa en alguna coordinadora o red de cooperación, con código de conducta y que no se encuentre sancionada por su comisión de seguimiento.

2.– Experiencia: hasta 2 puntos.

● 2 puntos si acredita experiencia de trabajo continuada en el sector en el que se encuadra el proyecto al menos en los cinco años naturales previos a la convocatoria (2013-2017).

● 1 punto si acredita experiencia de trabajo continuada en el sector en el que se encuadra el proyecto al menos en los dos años naturales previos a la convocatoria (2016-2017).

3.– Relación anterior entre la entidad solicitante y la local: 2 puntos.

● 2 puntos si la entidad vasca acredita experiencia de trabajo continuado con la entidad local al menos en los cinco años naturales previos a la convocatoria (2013-2017).

4.– Incorporación de la perspectiva de género a nivel institucional: 1 punto.

● 1 punto si la entidad cuenta con un plan de acción estratégico pro-equidad de género vigente.

III. – Aspectos relacionados con la entidad local: 10 puntos.

1.– Experiencia: hasta 5 puntos.

● 5 puntos si la entidad acredita experiencia continuada de trabajo en el sector en el que se encuadra el proyecto al menos en los ocho años naturales previos a la convocatoria (2010-2017).

● 2 puntos si la entidad acredita experiencia continuada de trabajo en el sector en el que se encuadra el proyecto entre cinco y ocho años naturales previos a la convocatoria (2013-2017).

● 1 punto si la entidad acredita experiencia continuada de trabajo en el sector en el que se encuadra el proyecto entre dos y cinco años naturales previos a la convocatoria (2016-2017).

2.– Relación de la entidad local con la población sujeto: hasta 4 puntos.

● 4 puntos si la entidad local acredita experiencia de trabajo continuada con la población sujeto en el ámbito geográfico del proyecto al menos en los cuatro años naturales previos a la convocatoria (2014-2017).

● 2 puntos si la entidad local acredita experiencia de trabajo continuada con la población sujeto en el ámbito geográfico del proyecto al menos en los dos años naturales previos a la convocatoria (2016-2017).

3.– Incorporación de la perspectiva de género a nivel institucional: 1 punto.

● 1 punto si la entidad local cuenta con una política de género vigente.

B) PROYECTOS DE DESARROLLO PRODUCTIVO, DE FORMACIÓN Y ASISTENCIA TECNOLÓGICA (CAPÍTULO II) QUE SE LLEVEN A CABO PRIORITARIAMENTE EN EUSKADI y PROYECTOS DE EDUCACIÓN PARA EL DESARROLLO (CAPÍTULO III).

I.– En función de la adecuación del diseño del proyecto a la convocatoria (26 puntos).

1.– Coherencia entre objetivos, resultados y actividades previstas: hasta 3 puntos.

2.– Relación adecuada entre actividades, medios y costes: hasta 3 puntos.

3.– Pertinencia del proyecto respecto a la población sujeto, la temática y el tipo de propuesta: hasta 5 puntos.

4.– Procedimientos utilizados en el proyecto coherentes con los identificados como prioritarios en la convocatoria: hasta 3 puntos.

A) Proyectos de incidencia política. Campañas de denuncia y participación.

Hasta 3 puntos si:

● Si responde a necesidades prácticas e intereses estratégicos de la población sujeto

● Si facilita el análisis crítico, la reflexión y el posicionamiento ante el modelo de desarrollo hegemónico.

● Si el proyecto ofrece alternativas concretas para la implicación y la transformación social.

● Si posibilita la articulación de colectivos locales/globales que promueven alternativas (ámbito económico, político, cultural, diversidad funcional,...) para generar alianzas o conexiones con una agenda global (coordinación de agendas).

● Si se plantea la participación de colectivos no tradicionales (identificados en (H)ABIAN 2030) que cuenten con potencial de movilización social y aporten en clave metodológica y temática.

B) Proyectos de sensibilización. Campañas de movilización ciudadana y divulgación en relación a las temáticas priorizadas.

Hasta 3 puntos si:

● Si presenta un plan de sensibilización detallado señalando cómo responde a las necesidades o quiere transformar conceptos/habilidades o actitudes del colectivo al que va destinado.

● Si posibilita la articulación de colectivos locales/globales que promueven alternativas (ámbito económico, político, cultural, diversidad funcional,...) para generar alianzas o conexiones con una agenda global (coordinación de agendas).

● Si se plantea la participación de colectivos no tradicionales (identificados en (H)ABIAN 2030) que cuenten con potencial de movilización social y aporten en clave metodológica y temática.

● Si el proyecto ofrece alternativas concretas para la implicación y la transformación social.

● Si cuenta con una estrategia de difusión de los materiales.

C) Proyectos de innovación. Elaboración de estrategias, técnicas y metodologías didácticas y de nuevos materiales adaptados a la población destinataria.

Hasta 3 puntos si:

● Si parte de un análisis crítico y una detección de necesidades a las que trata de dar una respuesta alternativa.

● Si plantea recursos novedosos adecuados al colectivo y/o el ámbito de actuación.

● Si plantea metodologías novedosas adecuadas al colectivo y/o el ámbito de actuación.

● Si incorpora o plantea el uso de nuevas tecnologías de información y comunicación/redes sociales.

● Si cuenta con medidas para transferencia y difusión de las metodologías o recursos a colectivos interesados.

D) Proyectos de comunicación.

Hasta 3 puntos si:

● Si se promueve un análisis crítico de las conexiones locales-globales (decolonial, etnocéntrico, heteronormativo).

● Si plantea hacer un uso adecuado del lenguaje y los conceptos (especialmente aquellos relacionados con la perspectiva de género, el cuerpo normativo de los derechos humanos, y los esenciales para la EpTS).

● Si incorpora o plantea el uso de nuevas tecnologías de información y comunicación/ redes sociales.

● Si cuenta con una estrategia de comunicación y/o la asesoría de profesionales.

● Si se plantea la participación de colectivos no tradicionales (identificados en (H)ABIAN 2030) que cuenten con potencial de movilización social y aporten en clave metodológica y temática.

E) Proyectos de investigación. Estudios prospectivos, sistematización de experiencias, evaluación del impacto agregado de un conjunto de acciones de sensibilización y educación al desarrollo, así como la investigación referida a las temáticas priorizadas. Siempre que plantea acciones, repercusión e implicaciones en CAE.

Hasta 3 puntos si:

● Si presenta una Estrategia de Investigación con todos sus elementos (justificación del tema o problema de investigación, antecedentes, estado del arte, marco teórico, metodología, conclusiones, recomendaciones).

● Si promueve un análisis crítico de la temática o la realidad abordada.

● Si cuenta con una metodología adecuada que posibilita la participación de los colectivos y personas afectadas por el tema a investigar.

● Si plantea aplicación práctica de aprendizajes identificados.

● Si existen mecanismos de difusión y generación de espacios para compartir los aprendizajes identificados especialmente con los colectivos participantes en la investigación.

F) Proyectos de formación. Adaptada a necesidades bien identificadas, adaptada al grupo destinatario y con la participación como docentes y/o ponentes de personas y organizaciones del Sur.

● Para formación no universitaria. Hasta 3 puntos si:

● Si presenta un plan de formación detallado con todos sus elementos (justificación del tema o problema que se aborda en la formación, antecedentes, estado del arte de la temática y del colectivo al que va destinado, marco pedagógico, metodología).

● Si se promueve un análisis crítico y se incorpora el enfoque de derechos y local-global, así como alguno de estos otros como son enfoques participativos, socio-afectivos, gestión de conflictos, interculturales, feministas e intersectoriales.

● Si el proyecto ofrece alternativas concretas para la implicación y la transformación social.

● Si se plantea la participación de colectivos no tradicionales (identificados en (H)ABIAN 2030) que cuenten con potencial de movilización social y aporten en clave metodológica y temática.

● Si se tiene previsto hacer memoria de las actuaciones realizadas, registrando y dando seguimiento a las metas propuestas en los procesos formativos, incluyendo actuaciones para su adecuación a lo largo del proyecto.

● Para formación universitaria. Hasta 3 puntos si, además de lo planteado anteriormente, cuenta con avales de la universidad y el apoyo de una estructura institucional de carácter académico.

5.– Población sujeto coherentes con los identificados como prioritarios en la convocatoria hasta 4 puntos.

● 5.1.– Si la población sujeto del proyecto está compuesta en su mayoría por personas de los colectivos prioritarios: 2 puntos.

● 5.2.– Propuestas cuya población sujeto esté compuesta en su mayoría por personas y colectivos residentes en municipios no capitales de la CAE: 1 punto adicional.

● 5.3.– Si incluye como sujetos a colectivos excluidos por la sociedad vasca: personas con capacidades diferentes, población reclusa, menores infractores, minorías étnicas, etc.: 1 punto adicional.

6.– Las temáticas priorizadas en el proyecto son coherentes con las identificadas como prioritarias en la convocatoria: hasta 4 puntos.

● 6.1.– Si se trata alguna de las temáticas priorizadas por el Decreto regulador en su artículo 17.1.f): 2 puntos.

● 6.2.– Si además se incluyen específicamente las temáticas relacionadas con la equidad de género en el ámbito de la propuesta: 2 puntos adicionales.

7.– Proyecto está integrado en el Plan Estratégico de Educación para el Desarrollo o Incidencia de la entidad solicitante: 2 puntos.

8.– Es un consorcio entre entidades sin ánimo de lucro y organizaciones de los colectivos priorizados: hasta 2 puntos.

II.– En función de la viabilidad del proyecto (15 puntos).

1.– La entidad vasca solicitante tiene experiencia previa en educación para el desarrollo y la temática abordada: hasta 2 puntos.

● 1.1.– Si acredita experiencia estable de trabajo continuada en el sector en el que se encuadra el proyecto al menos cinco años naturales previos a la convocatoria (2012-2016): 2 puntos.

● 1.2.– Si acredita experiencia estable de trabajo continuada en el sector en el que se encuadra el proyecto al menos tres años naturales previos a la convocatoria (2014-2016): 1 punto.

2.– Base social de la entidad vasca solicitante o delegación en la CAE: hasta 2 puntos.

● 2.1.– 1 punto si tiene más de 200 socias o socios en la CAE.

● 2.2.– 1 punto si tiene más de 10 voluntarias o voluntarios en la CAE.

3.– Formación adecuada de las personas que ejecuten el proyecto: hasta 2 puntos.

● 3.1.– Si las personas que diseñan y facilitan el proyecto poseen la formación académica adecuada presentada en la memoria de idoneidad: 1 punto.

● 3.2.– Si poseen experiencia profesional y se adjunta una memoria explicativa: 1 punto.

4.– Se ha realizado un diagnóstico previo al proyecto del contexto y la población sujeto: hasta 2 puntos.

5.– Se ha realizado una investigación previa sobre el tema que se lleva a cabo: hasta 2 puntos.

6.– Sistema de indicadores de seguimiento y evaluación: hasta 5 puntos.

● 6.1.– Si los indicadores de objetivo se construyen a partir de una línea de base específica: 2 puntos.

● 6.2.– Si se establecen indicadores concretos medibles y verificables, cuantitativos, cualitativos y de proceso respecto al objetivo específico y cada uno de los resultados esperados: hasta 2 puntos.

● 6.3.– Si los indicadores están construidos de forma que permiten identificar el impacto de género del proyecto: 1 punto adicional.

III.– En función de la dimensión política (13 puntos).

1.– Diagnóstico: hasta 2 puntos.

● 1.1.– Si existe un diagnóstico sobre las capacidades de participación de la población sujeto del proyecto y/o de sus organizaciones: 1 punto.

● 1.2.– Si se realiza un diagnóstico de la situación/temática incorporando las causas que la generan: 1 punto.

2.– Matriz de Marco Lógico (MML) y presupuesto: hasta 2 puntos.

● 2.1.– Si en la MML hay actividades que fortalezcan o hagan uso de recursos de economía social y solidaria: 1 punto.

● 2.2.– Si en la MML hay indicadores que permiten medir avances en la comprensión crítica de la realidad: 1 punto.

3.– Estrategia: hasta 5 puntos.

● 3.1.– Si se enmarca dentro de una estrategia de participación: hasta 2 puntos.

○ Si la intervención se enmarca en una estrategia de participación activa y reflexiva de la población sujeto: 1 punto.

○ Si la intervención se enmarca en una estrategia de participación activa del voluntariado de la entidad en el diseño, ejecución y evaluación del proyecto: 1 punto.

● 3.2.– Si la intervención se enmarca en una estrategia de vinculación de lo local y lo global: 1 punto.

● 3.3.– Si la intervención refuerza la estrategia de desarrollo local pública o de entidades y redes o movimientos sociales: 1 punto.

● 3.4.– Si la intervención se enmarca dentro de una campaña o red temática específica: 1 punto.

4.– Metodología: hasta 4 puntos.

● 4.1.– Si se utilizan metodologías que facilitan y promueven la participación de la población sujeto en la ejecución y están descritas: 1 punto.

● 4.2.– Si se utilizan metodologías que facilitan un análisis crítico de las causas y las alternativas posibles: 1 punto.

● 4.3.– Si se utilizan metodologías que potencien la denuncia e incidencia en torno a las temáticas trabajadas: 1 punto.

● 4.4.– Si todos los materiales y productos generados por el proyecto están accesibles para cualquier persona interesada a nivel internacional, a través de la página web o cualquier otra plataforma de forma gratuita: 1 punto.

IV.– En función de la dimensión intercultural (9 puntos).

1.– Diagnóstico: hasta 2 puntos.

● 1.1.– Si presenta un diagnóstico sobre las limitaciones y potencialidades de la población sujeto para la promoción de la convivencia intercultural: 1 punto.

● 1.2.– Si se presenta un diagnóstico sobre las políticas/ planes/estrategias existentes en la CAPV relacionadas con la gestión de la diversidad (contexto favorable o no): 1 punto.

2.– Matriz de Marco Lógico (MML) y presupuesto: hasta 3 puntos.

● 2.1.– Si hay actividades concretas y bien definidas que persigan el fortalecimiento de las capacidades de la población sujeto para favorecer la convivencia intercultural: 1 punto.

● 2.2.– Si cuenta con indicadores de impacto que midan los avances en el cambio de actitudes y de discurso con respecto a la diversidad cultural: 1 punto.

● 2.3.– Si hay actividades destinadas a la elaboración de materiales y recursos didácticos que favorezcan la promoción de la diversidad cultural: 1 punto.

3.– Estrategia: hasta 3 puntos.

● 3.1.– Si se plantean encuentros o articulación entre organizaciones y/o colectivos de la CAE y del sur que fortalezcan sus capacidades y relaciones: 1 punto.

● 3.2.– Si se contempla la plena adecuación de la utilización de los dos idiomas oficiales de la CAE: hasta 2 puntos.

○ Si se incluye la traducción simultánea bilingüe en las actividades se sensibilización, jornadas, congresos, etc.: 1 punto.

○ Si se garantiza la producción bilingüe de todos los materiales y soportes comunicativos (incluye los audiovisuales, imágenes, etc.) elaborados en el marco del proyecto: 1 punto.

4.– Metodología: hasta 1 punto.

● Si se plantea una metodología adaptada a la diversidad cultural de los colectivos a los que va dirigida la acción: 1 punto.

V.– En función de la dimensión pedagógica (15 puntos).

1.– Diagnóstico: hasta 2 puntos.

● 1.1.– Si existe un diagnóstico sobre las capacidades y limitaciones de aprendizaje o desaprendizaje de la población sujeto: 1 punto.

● 1.2.– Si existe un diagnóstico sobre las políticas o documentos existentes en el entorno sobre el ámbito formativo, así como, en su caso, cuestionamientos y posibles alternativas: 1 punto.

2.– Matriz de Marco Lógico (MML) y presupuesto: hasta 3 puntos.

● 2.1.– Si en la MML hay actividades que persigan el fortalecimiento de capacidades formativas de la población sujeto: 1 punto.

● 2.2.– Si en la MML hay actividades destinadas a la elaboración de materiales y recursos didácticos y formativos: 1 punto.

● 2.3.– Si en la MML hay indicadores que permiten medir avances en el desarrollo de habilidades comunicativas y/o motivacionales de la población sujeto: 1 punto.

3.– Estrategia: hasta 5 puntos.

● 3.1.– Si se plantea un enfoque pedagógico que apuesta por el aprendizaje de la gestión y resolución de conflictos: 1 punto.

● 3.2.– Si se plantea un enfoque de derechos: 1 punto.

● 3.3.– Si se plantea un enfoque crítico con los actuales modelos de producción y consumo, tendente a rescatar y potenciar otros modelos de desarrollo alternativos: 1 punto.

● 3.4.– Si se plantea un enfoque coeducativo que permita educar en común y en igualdad, detectando y superando los estereotipos asociados a lo masculino y lo femenino de la población sujeto: 1 punto.

● 3.5.– Si se plantea una estrategia de articulación de agentes educativos de diferentes ámbitos: 1 punto.

4.– Metodología: hasta 5 puntos.

● 4.1.– Si la metodología pedagógica implica un principio de acción social que apueste por el impulso de estrategias de empoderamiento, intercambio y búsqueda cooperativa de estrategias que vinculen la formación y la acción social: hasta 2 puntos.

○ Si promueve intercambio y búsqueda cooperativa de estrategias: 1 punto.

○ Si vincula formación y acción social: 1 punto.

● 4.2.– Si se utiliza un método y sistema de difusión apropiados a la población sujeto, a las condiciones y al contexto del municipio en que se lleva a cabo, así como a los intereses de las personas participantes (si es específico no generalista): 1 punto.

● 4.3.– Si el proyecto utiliza metodologías innovadoras o promueven experiencias de innovación en educación para el desarrollo: 1 punto.

● 4.4.– Si se incorporan metodologías participativas y/o herramientas de investigación-acción para el logro de la finalidad del proyecto: 1 punto.

VI.– En función de la transversalización del enfoque de género (11 puntos).

1.– Diagnóstico: hasta 2 puntos.

● 1.1.– Si presenta un buen análisis de la desigual condición y posición de hombres y mujeres en el ámbito del proyecto, identifica qué desigualdades de género pretende afrontar, incluye información desagregada por sexo, el acceso y control diferencial de los recursos dentro del ámbito de actuación en el que el proyecto va a trabajar; e identifica las necesidades e intereses de hombres y mujeres: 1 punto.

● 1.2.– Si existe un diagnóstico sobre las políticas de género/ planes de igualdad existentes en el sector de actuación (contexto favorable o no): 1 punto.

2.– Matriz de Marco Lógico (MML) y presupuesto: hasta 3 puntos.

● 2.1.– Si hay actividades concretas y bien definidas para mejorar las capacidades de la población sujeto en la promoción de la equidad: 1 punto.

● 2.2.– Si cuenta con indicadores de impacto de género que midan los avances en la promoción de la igualdad (cambio de roles, avances en empoderamiento, acceso a toma de decisiones...): 1 punto.

● 2.3.– Si hay concreción de recursos humanos, técnicos y materiales específicos para el avance de la superación de las desigualdades entre hombres y mujeres: 1 punto.

3.– Estrategia: hasta 5 puntos.

● 3.1.– Si se plantea una estrategia de visibilización de las mujeres y sus organizaciones como sujeto protagonista del desarrollo: 1 punto.

● 3.2.– Si se plantea la promoción de la participación de las mujeres y sus organizaciones: hasta 2 puntos.

○ Si se establecen mecanismos concretos (cuotas, acciones positivas, entre otros) para promover la participación con equidad de mujeres y hombres en las actividades del proyecto y se describe la estrategia que se va a implementar: 1 punto.

○ Si participan de manera sustancial organizaciones de mujeres y feministas en la ejecución de las actividades del proyecto: 1 punto.

● 3.3.– Si se plantea una estrategia de comunicación para garantizar un uso del lenguaje incluyente en mensajes e imágenes en los materiales elaborados: 1 punto.

● 3.4.– Si la entidad cuenta con un plan de acción estratégico pro-equidad de género vigente: 1 punto.

4.– Metodología: hasta 1 punto.

● Si se plantea una metodología que permita la participación equitativa de hombres y mujeres en las acciones del proyecto: 1 punto.

VII.– En función de la revalorización de la visión sur (11 puntos).

1.– Diagnóstico: hasta 1 punto.

● Si presenta un diagnóstico del imaginario colectivo sobre el sur global de la población sujeto: 1 punto.

2.– Matriz de Marco Lógico (MML) y presupuesto: hasta 3 puntos.

● 2.1.– Si hay actividades destinadas a la elaboración de materiales y recursos didácticos por organizaciones del sur para su difusión en la CAE: 1 punto.

● 2.2.– Si hay actividades para la difusión de experiencias, sistematizaciones o investigaciones realizadas por organizaciones, colectivos o personas de países del sur (localizados tanto en el Norte como en el Sur) sobre las temáticas priorizadas en la CAE: 1 punto.

● 2.3.– Si se diseñan resultados e indicadores que permitan medir: cambios de actitudes, distribución de cuotas de participación o representación, cambios de discurso o de actividad del colectivo/población participante con respecto a colectivos/personas del sur: 1 punto.

3.– Estrategia: hasta 7 puntos.

● 3.1.– Si se promueve el protagonismo de organizaciones, colectivos y personas del sur (localizados tanto en el Norte como en el Sur) en las actividades: 1 punto.

● 3.2.– Si se apuesta por la transformación del imaginario colectivo y los estereotipos negativos sobre los pueblos y países empobrecidos: hasta 2 puntos.

○ Si se incorporan actividades de análisis sobre cómo se conforma el imaginario colectivo sobre el sur y se reflexiona sobre el papel que juegan en el mantenimiento del sistema excluyente: 1 punto.

○ Si se realizan actividades de denuncia e incidencia para la transformación del imaginario colectivo sobre el sur que contribuya a su revalorización: 1 punto.

● 3.3.– Si se plantea una estrategia para extraer aprendizajes a partir de experiencias y conocimientos del sur: 1 punto.

● 3.4.– Si se plantea una estrategia para incorporar los aprendizajes surgidos de experiencias y conocimientos del sur en las reflexiones y prácticas educativas en la CAE: 1 punto.

● 3.5.– Si se prevé la participación de organizaciones y/o colectivos de personas inmigrantes y otros grupos étnicos minoritarios en la ejecución del proyecto: hasta 2 puntos.

○ Si se incluye la participación activa de asociaciones de personas inmigrantes en la ejecución del proyecto: 1 punto.

○ Si se plantea la creación de espacios de participación activa en las actividades del proyecto de colectivos étnicos no inmigrantes excluidos, discriminados o estigmatizados en el norte: 1 punto.


Análisis documental