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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 28, jueves 8 de febrero de 2018


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AUTORIDADES Y PERSONAL

Oposiciones y concursos

OSAKIDETZA-SERVICIO VASCO DE SALUD
711

RESOLUCIÓN 87/2018, de 29 de enero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se establecen los criterios para la determinación de las plazas objeto de convocatoria en la Oferta Pública de Empleo 2016-2017.

Mediante Acuerdo de 25 de abril de 2016, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobó la Oferta de Empleo Público del Ente Público para el ejercicio 2016 (BOPV n.º 92, de 17 de mayo de 2016), teniendo en cuenta la aplicación del límite porcentual de hasta un máximo del 100 por ciento de la tasa de reposición de efectivos establecida como norma básica en materia de ofertas de empleo público para dicho ejercicio conforme a la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016. En su virtud, se convocaron 929 plazas en el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo y 271 en los procesos selectivos de promoción interna. En el Acuerdo indicado se señalaba asimismo que por razones de economía, eficacia y eficiencia en la gestión de los procesos selectivos, la Oferta Pública de Empleo 2016 debía enmarcarse dentro de un proceso global que incluyera también la Oferta Pública de Empleo de 2017.

Posteriormente, dicho Acuerdo de 25 de abril de 2016 fue modificado mediante Acuerdo de 12 de septiembre de 2016 del mismo Consejo de Administración (BOPV n.º 190, de 5 de octubre de 2016), fijando la Oferta de Empleo Público para el año 2016 en 912 plazas en el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo y 288 en los procesos selectivos de promoción interna.

Mediante Acuerdo de 3 de julio de 2017, del Consejo de Administración de Osakidetza, se aprobó la Oferta de Empleo Público del Ente Público para el ejercicio 2017 (BOPV n.º 145, de 1 de agosto de 2017), la cual incluía 2.104 plazas en el turno libre para el acceso a la condición de personal estatutario fijo, de las que 962 corresponden a la tasa de reposición de efectivos y 1.142 a la tasa adicional según lo establecido en el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 31 plazas en los procesos selectivos de promoción interna. Dicha Oferta Pública de Empleo 2017 se encuadraba dentro de un proceso global que incluía a su vez la oferta correspondiente al año 2016, para su ejecución conjunta.

Dicho lo anterior, y tras advertir la existencia de un error en la cuantía de las plazas ofertadas, el citado Consejo de Administración de Osakidetza adoptó un nuevo Acuerdo, de fecha 9 de noviembre de 2017 (BOPV n.º 232, de 5 de diciembre de 2017), conforme al cual, procedió a modificar su Acuerdo de 3 de julio de 2017, en lo que respecta a las plazas correspondientes a la Oferta Pública de Empleo para el año 2016, de tal manera que dicha Oferta Pública de Empleo conjunta 2016-2017 queda definida conforme a lo siguiente:

1.– El número total de puestos que integran la Oferta del año 2016 asciende a la cantidad de 912 plazas en turno libre y 288 plazas en promoción interna.

2.– El número total de puestos que integran la Oferta del año 2017 asciende a la cantidad de 2.104 plazas en turno libre, de las cuales 962 plazas corresponden a la tasa de reposición de efectivos y 1.142 plazas a la tasa adicional, según lo establecido en el artículo 19.uno.6 de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, y 31 plazas en promoción interna.

3.– Se mantiene una oferta total de 3.335 plazas, correspondientes a ambas Ofertas Públicas de Empleo 2016 y 2017, de las cuales 3.016 plazas se ofertan en turno libre y 319 plazas en procesos de promoción interna, de acuerdo con la distribución descrita.

Durante el año 2017 la Mesa Sectorial de Sanidad inició el proceso negociador para la aprobación de una nueva convocatoria de Oferta Pública de Empleo a realizar en el Ente Público, proceso que se ha desarrollado a lo largo de diversas reuniones, habiéndose llegado a alcanzar el Preacuerdo de fecha 23 de junio de 2017 con las organizaciones sindicales SATSE, SME y UGT. El citado Preacuerdo prevé la celebración de las pruebas en el primer semestre de 2018, debiendo ser objeto de negociación los criterios generales de la convocatoria, la relación de plazas a convocar, así como las bases de las convocatorias a efectos de adecuar tanto la fase de oposición como la de concurso. Fruto del proceso negociador mencionado anteriormente, ha de señalarse que con fecha del día 16 de enero de 2018, se alcanzó un Acuerdo en el seno de la Mesa Sectorial de Sanidad con las organizaciones sindicales SATSE, SME y UGT, conforme al cual se establecen los criterios para la inclusión de plazas y la adjudicación de destinos, y se acuerdan determinados aspectos relacionados con el desarrollo del proceso selectivo correspondiente a la Oferta Pública de Empleo 2016-2017.

Mediante Acuerdo de 25 de enero de 2018, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se aprobaron diversos criterios sobre inclusión de plazas y desarrollo del proceso selectivo, correspondiente a la Oferta Pública de Empleo 2016-2017 de Osakidetza-Servicio vasco de salud.

El apartado octavo del Acuerdo de 25 de abril de 2016 y del Acuerdo de 3 de julio de 2017, ambos del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, facultan a la Dirección General de Osakidetza-Servicio vasco de salud a dictar la resolución para determinar los puestos a convocar. Así mismo, el apartado octavo del Acuerdo de 25 de enero de 2018, del Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud, establece que la Dirección General de Osakidetza dictará resolución en la que se detallarán los criterios de selección de plazas incluidas en la OPE 2016-2017 del Ente Público.

En cumplimiento de la encomienda efectuada por el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud contenida en sus Acuerdos de 25 de abril de 2016, de 3 de julio de 2017 y de 25 de enero de 2018 y a los efectos de la determinación de los puestos a convocar en el proceso de selección Oferta Pública de Empleo 2016-2017, se viene a dictar la presente

RESOLUCIÓN:

Primero.– Los criterios para la determinación de las plazas a incluir en la Oferta de Empleo Público 2016-2017 de Osakidetza-Servicio vasco de salud, se establecen por el siguiente orden:

1.1.– En la convocatoria de Promoción Interna:

Se procederá a la selección de las plazas a incluir en el Turno de Promoción Interna por el orden que se explicita en el presente apartado, hasta llegar al número de 319 plazas:

1) Plazas vacantes sin titular ocupadas en Promoción Interna Temporal, a fecha 15 de enero de 2018, realizándose la inclusión de las plazas en el proceso selectivo conforme al criterio de mayor antigüedad en el desempeño de la Promoción Interna Temporal.

2) Si fuera necesario, plazas vacantes sin titular ni ocupante a fecha 15 de enero de 2018.

3) Si fuera necesario, plazas vacantes sin titular ocupadas por personal interino a fecha 15 de enero de 2018, teniendo en consideración para la selección de las mismas la fecha de vinculación más antigua. Para la determinación de la referida antigüedad, se considerará la vinculación de la persona interina desde el nombramiento eventual y/o interino inicial, sin solución de continuidad en el mismo puesto funcional, en la misma organización de servicios y, en su caso, centro.

Dichos criterios se aplicarán a las plazas afectadas en la fecha indicada, con independencia de las modificaciones que con posteridad pudieran darse.

1.2.– En la convocatoria de Turno Libre:

Una vez concretadas las plazas que serán objeto de inclusión en el Turno de Promoción Interna, se procederá a la selección de las plazas a incluir en el Turno Libre por el orden que se explicita en el presente apartado, hasta llegar al número de 3.016 plazas:

1) Los puestos que no resulten adjudicados, así como los que dejen vacantes los/las adjudicatarios/as a la finalización del Concurso de Traslados 2017.

2) Plazas vacantes sin titular ni ocupante a fecha 15 de enero de 2018.

3) Si fuera necesario, plazas vacantes sin titular ocupadas por personal interino a fecha 15 de enero de 2018, teniendo en consideración para la selección de las mismas la fecha de vinculación más antigua. Para la determinación de la referida antigüedad, se considerará la vinculación de la persona interina desde el nombramiento eventual y/o interino inicial, sin solución de continuidad en el mismo puesto funcional, en la misma organización de servicios y, en su caso, centro.

A estos efectos, será objeto de inclusión el 50% de las plazas sin titular en las que se desempeñen Jefaturas de Unidad de Atención Primaria (JUAP), realizándose la inclusión de las plazas en el proceso selectivo conforme al criterio de mayor antigüedad en el desempeño de dicha Jefatura. El 50% restante de las plazas JUAP sin titular serán ofertadas en el siguiente Concurso de Traslados.

4) Si fuera necesario, plazas vacantes ocupadas en Comisión de Servicios a fecha 15 de enero de 2018, realizándose la inclusión de las plazas en el proceso selectivo conforme al criterio de mayor antigüedad en el desempeño de la Comisión de Servicios.

Dichos criterios se aplicarán a las plazas afectadas en la fecha indicada, con independencia de las modificaciones que con posteridad pudieran darse.

Segundo.– La aplicación de los criterios establecidos en la presente Resolución se realizará sobre el número de puestos incluidos en cada categoría/puesto funcional objeto de convocatoria en la Oferta Pública de Empleo 2016-2017.

Tercero.– La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco con carácter previo o de forma simultánea a la publicación en el referido Boletín de las Resoluciones que contengan las bases de convocatoria que han de regir la Oferta Pública de Empleo 2016-2017.

Cuarto.– De acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 8/1997, de 26 de junio, de Ordenación Sanitaria de Euskadi, así como, en el Decreto 255/1997, de 11 de noviembre, por el que se establecen los Estatutos Sociales de Osakidetza, contra esta Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza-Servicio vasco de salud en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOPV.

En Vitoria-Gasteiz, a 29 de enero de 2018.

La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud,

MARÍA JESÚS GEMMA MÚGICA ANDUAGA.


Análisis documental