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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 137, miércoles 19 de julio de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE CULTURA Y POLÍTICA LINGÜÍSTICA
3658

ORDEN de 26 de junio de 2017, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se inscriben las Fortificaciones del monte Serantes, sitas en Santurtzi (Bizkaia), como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, en cuyo ejercicio se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco, que regula los procedimientos de declaración de los bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, a la vista del interés cultural de las Fortificaciones del monte Serantes, sitas en Santurtzi (Bizkaia), fundamentado en su valor cultural, y a tenor de lo dispuesto por la normativa legal aplicable, resolvió incoar mediante Resolución de 18 de enero de 2017, publicada en BOPV n.º 16, de 24 de enero, el expediente para su inclusión en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

La tramitación administrativa del referido expediente implicó, de conformidad con lo previsto en los artículos 17 y 11.3 de la mencionada Ley 7/1990 y en las demás disposiciones concordantes, el sometimiento de dicho expediente al trámite de información pública y audiencia a los interesados.

Abierto el trámite de información pública y audiencia a los interesados, presentó alegaciones, en plazo, el ayuntamiento de Santurtzi, en relación con la denominación de «El Fuerte», la fecha de construcción y el contexto histórico, periodo de ocupación y nota sobre las altimetrías del monte Serantes.

Una vez analizadas las alegaciones presentadas, se ha procedido a la contestación de aquéllas mediante los informes técnicos de la Dirección de Patrimonio Cultural, obrantes en el expediente. De sus conclusiones, se derivan los cambios reflejados en el Anexo I, denominado «Delimitación» y el Anexo II, denominado «Descripción», mediante los que se estiman las alegaciones.

Es por todo lo que antecede y, a tenor de lo establecido por el artículo 17 de la mencionada Ley, visto el informe de los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural Vasco y a propuesta del Viceconsejero de Cultura,

RESUELVO:

Primero.– Inscribir las Fortificaciones del monte Serantes, sitas en Santurtzi (Bizkaia), como Bien Cultural, con la categoría de Conjunto Monumental, en el Inventario General del Patrimonio Cultural Vasco.

Segundo.– Proceder a la descripción formal del mencionado Bien conforme a la delimitación que figura en el Anexo I y a la descripción obrante en el Anexo II, a los efectos previstos en la Ley del Patrimonio Cultural Vasco.

Tercero.– Comunicar la presente Orden al Registro de la Propiedad, según lo establecido en el artículo 26 de la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco.

Cuarto.– Instar al Ayuntamiento de Santurtzi para que proceda a la protección de dicho inmueble contemplándolo en su instrumento de planeamiento urbanístico municipal.

Quinto.– Notificar la presente Orden a los interesados, al Ayuntamiento de Santurtzi, a los Departamentos de Euskera y Cultura y de Transportes, Movilidad y Cohesión del Territorio de la Diputación Foral de Bizkaia, así como al Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco.

Sexto.– Publicar la presente Orden de inclusión en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Orden de inscripción surtirá efectos a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Orden que agota la vía administrativa, los interesados podrán interponer, en su caso, previamente recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística en el plazo de un mes, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dentro del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de su última publicación.

En Vitoria-Gasteiz, a 26 de junio de 2017.

El Consejero de Cultura y Política Lingüística,

BINGEN ZUPIRIA GOROSTIDI.

ANEXO I
DELIMITACIÓN

1.– Delimitación.

1) Fuerte de Serantes: el perímetro delimitado queda definido por las siguientes referencias:

– Este-Sur: curva de nivel de cota 340 m desde el encuentro con el camino principal a la cumbre, hasta el camino secundario que rodea el Fuerte por su parte sur.

– Oeste: camino secundario hasta confluencia con el camino principal de acceso a la cumbre, y desde este punto, línea paralela al foso hasta encuentro con el camino principal a cota aproximada de 342 m.

– Norte: camino principal de acceso a la cumbre.

2) Torreón de la cumbre: el ámbito delimitado queda conformado por el espacio definido por la curva de nivel de cota 445 m, excluidas la antena y sus instalaciones anexas.

2.– Justificación de la delimitación.

En la delimitación se incluyen los dos elementos principales del sistema de fortificaciones del monte Serantes: el Fuerte de Serantes y el Torreón de la cumbre, cada uno con su delimitación propia. Se establece, por tanto, una delimitación discontinua que, además de la superficie ocupada por cada uno de ellos, abarca una zona de entorno para garantizar la tutela cultural sobre las áreas inmediatas en las que las actuaciones pueden incidir directamente sobre el Bien Cultural.

En el plano se indican los diferentes elementos de la siguiente forma:

1) Fuerte.

2) Torreón.

(Véase el .PDF)
ANEXO II
DESCRIPCIÓN

El monte Serantes se localiza en la margen izquierda del Abra, y con 450,84 m de altura, es un hito orográfico muy visible en el entorno de la ría; desde el que se divisa toda una extensa zona costera, el valle de la ría hasta Bilbao, y una amplia perspectiva de un espacio de vías históricas y actuales de acceso a Bilbao.

El conjunto de fortificaciones del Serantes se desarrolla a lo largo de una línea que desde el cerro de El Mazo (aprox. 245 m) llega hasta la cumbre del monte, en un mirador natural de excelente panorámica, contiguo a una zona fuertemente urbanizada, y que es actualmente una de las zonas naturales referentes del Gran Bilbao.

Los dos elementos principales del sistema de fortificaciones son el Fuerte de Serantes y el Torreón de la cumbre, de los que el acceso principal es un camino sinuoso realizado por los ingenieros militares que diseñaron aquellas.

El Fuerte, presenta una planta en forma de pentágono irregular, con una superficie aproximada de unos 8.500 m2. Aunque en la época de la última guerra carlista se citan las fortificaciones en la zona de Serantes (1875), el fuerte actual fue construido con posterioridad, aprobado el proyecto en 1879, en el contexto de la reordenación del sistema defensivo de la Ría de Bilbao, y finalizando las obras en 1882. El foso que lo delimita es de unos 3-4 m de profundidad con caponera en el ángulo norte. El reducto del fuerte estaba rodeado por parapeto de reducida altura; y el acceso al interior se realizaba por el cuerpo de guardia, un pabellón con cubierta a dos aguas y vanos de entrada en arco escarzano, restaurado en 2012-2013.

Del cuerpo de guardia se pasa a la calle o galería principal del fuerte, a los lados de la cual se encuentran los restos de las diferentes construcciones: a la izquierda, cuatro líneas de pabellones dispuestos transversalmente (tres pabellones y una línea de dos pabellones independientes), y, hacia el norte de estos, un pabellón de disposición longitudinal y con muros aspillerados. Por la parte de la derecha de la calle principal, un gran pabellón de disposición paralela y que está reconstruido parcialmente hasta la altura de cubierta.

Los muros de encintado del fuerte y de las dependencias se conservan parcialmente. Son de mampostería o sillarejo calizo con sillares en esquinales, y en las edificaciones se abren vanos aspillerados enmarcados en ladrillo, al estilo de las fortificaciones de la época. Varios de los pabellones se utilizaban como albergue de la guarnición y del gobernador del fuerte, uno como almacén de municiones, y otro para cocina y almacén de víveres.

El fuerte fue utilizado hasta la segunda década del siglo XX (hacia 1915 se retiró la artillería, aunque permaneció habitado hasta 1926, y en 1928 se proyectó su demolición).

En la cumbre del Serantes se ubica la torre, incluida también en el documento de aprobación de proyecto de 1879 (donde se denomina «Torre avanzada del Serantes») y cuyas obras terminaron en 1881. Es una construcción de sillería irregular con planta cuadrangular y dos alturas, con azotea flanqueada por garitones y que tuvo remate central. En la parte baja lleva cinco troneras en cada lado más una en las esquinas, y en la superior, también troneras con vano más amplio en la fachada sureste. Actualmente, ha desaparecido casi totalmente el cierre aterrazado y el cuerpo de remate central, y los muros de la torre presentan graves daños con urgente necesidad de consolidación.

En general, en su situación actual, las estructuras conservadas se pueden definir mejor como restos que como construcciones. En el Fuerte, se mantienen las bases de los muros con mayor o menor altura, y se puede leer perfectamente la planta, forma y organización del conjunto. La torre, aunque en delicado estado de conservación, se mantiene en pie y es un referente de la estampa de la cumbre. Estos restos, por sus dimensiones y legibilidad, constituyen el testimonio de arquitectura militar decimonónica más significativo de Bizkaia. Además, los restos de las fortificaciones se insertan en el paisaje, son un elemento característico del mismo y añaden un componente de notable interés cultural al entorno natural. Por esto, cualquier actuación o intervención de recuperación deberá realizarse desde un enfoque integrador y los trabajos de restauración/reconstrucción que se realicen, deberán estar dirigidos a preservar las características tipológicas de los diferentes elementos, en base a materiales y acabados con texturas y color que no impacten de forma negativa en el entorno y en la panorámica paisajística del Serantes.


Análisis documental