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Boletin Oficial del País Vasco

N.º 57, miércoles 22 de marzo de 2017


El contenido de los otros formatos que aquí se muestran, se ha obtenido mediante una transformación del documento electrónico PDF oficial y auténtico

OTRAS DISPOSICIONES

DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
1494

RESOLUCIÓN de 9 de marzo de 2017, del Viceconsejero de Industria, por la que se hace pública la convocatoria de concesión de ayudas de apoyo a la internacionalización de pymes individuales y en cooperación, Programa Global Lehian, para el ejercicio 2017.

La Orden de 19 de marzo de 2014, de la Consejera de Desarrollo Económico y Competitividad, (BOPV n.º 63, de 1 de abril de 2014), desarrolla el Programa Global Lehian de apoyo a la internacionalización de pymes individuales y en cooperación. De conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la citada Orden, procede realizar la convocatoria de las ayudas que en el mismo se establecen, para el ejercicio 2017, dictando a tal objeto las normas necesarias.

El Plan de Internacionalización Empresarial 2014-2016 se ha definido como el instrumento básico del Gobierno Vasco de planificación y apoyo a la Internacionalización de la empresa vasca dentro de esta situación de globalización. En este Plan, se encontraban los mecanismos necesarios de apoyo a las empresas, facilitándoles las fuentes de financiación adecuadas mediante un uso eficaz de los recursos públicos.

Asimismo, el establecimiento de las líneas generales de intervención, por parte del Plan de Internacionalización 2014-2016, ha permitido dar respuesta al artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, mediante una mayor concreción en los diferentes programas de ayudas de los objetivos y efectos que se pretenden con la aplicación de los mismos, así como del plazo necesario para la consecución de los citados objetivos, los costes previsibles y siempre sobre la base de una estabilidad presupuestaria.

Actualmente, se está realizando la reflexión necesaria para definir un nuevo Plan de Internacionalización Empresarial que permita ajustar nuestros programas a las necesidades de nuestras empresas de cara a su internacionalización.

De conformidad a lo establecido en el artículo 8 de la Orden reguladora, procede realizar la convocatoria anual de este programa de ayudas.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Artículo 1.– Objeto.

Es objeto de la presente Resolución, la convocatoria para el ejercicio 2017, de las ayudas previstas en la Orden por la que se desarrolla el Programa Global Lehian, de apoyo a la internacionalización de pymes individuales y en cooperación.

Artículo 2.– Dotación económica.

A la financiación de las ayudas convocadas, según los correspondientes créditos presupuestarios establecidos al respecto en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi del ejercicio 2016, prorrogados para el ejercicio 2017, teniendo en cuenta lo previsto en la Ley 9/2015, de 23 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2016 en relación con el Título IX del Decreto Legislativo 1/2011, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de régimen presupuestario de Euskadi y se regula el régimen presupuestario aplicable a las Fundaciones y Consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, se destinarán las cantidades siguientes:

1.– Un total de 5.520.000,00 euros distribuidos en 1.380.000,00 euros, de crédito de pago y, 4.140.000,00 euros, de crédito de compromiso.

Los importes destinados a cada una de las etapas son los siguientes:

• Etapa inicio: 828.000,00 euros.

• Etapa consolidación: 3.864.000,00 euros.

• Etapa implantaciones: 828.000,00 euros.

2 -En caso de no agotarse el crédito presupuestario en alguna de las tres etapas el exceso sobrante, en la misma, se podrá trasferir a las otras etapas, siguiéndose el siguiente orden:

1.– Etapa Iniciación.

2.– Etapa Consolidación.

3.– Etapa Implantación.

Artículo 3.– Lugar y forma de presentación.

La solicitud y cualquier otra documentación a aportar, deberá ser cumplimentada de forma telemática y se presentará en el lugar destinado al efecto en las siguientes direcciones electrónicas:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/es/

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/r44-teletram/eu/

El acceso al expediente y demás trámites podrán realizarse, también, a través de la dirección siguiente:

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/contenidos/recurso_tecnico/acceso_teletramitacion/es_def/nb29WebProfesional.html?idioma=eu&seccion=AF&servicio=I

http://www.industria.ejgv.euskadi.eus/contenidos/recurso_tecnico/acceso_teletramitacion/es_def/nb29WebProfesional.html?idioma=es&seccion=AF&servicio=I

El modelo de solicitud se publica como Anexo 1 a la presente Resolución.

Artículo 4.– Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9.00 horas del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y finalizará a las 12.00 del día 26 de abril de 2017.

En la etapa de Iniciación y para el caso de solicitar ayuda para elaboración del plan de internacionalización, el plazo para su presentación finalizará a las 12:00 horas del día 31 de mayo de 2017.

Artículo 5.– Requisitos.

Para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden que desarrolla el Programa Global Lehian, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la misma, el proyecto solicitado deberá alcanzar una puntuación mínima, que para cada una de las tres etapas se fija en:

– Etapa inicio 35 ptos.

– Etapa consolidación 50 ptos.

– Etapa implantaciones 40 ptos.

Artículo 6.– Ponderación general de los criterios de valoración.

Los criterios de valoración a que hace referencia el artículo 12 de la Orden que desarrolla el Programa Global Lehian, se ponderarán de acuerdo a lo especificado en los Anexos 2.a, de empresas individuales, 2.b de empresas en cooperación, y 3, de la presente Resolución.

Artículo 7.– Bolsas de viaje e invitaciones a potenciales clientes y/o proveedores extranjeros.

1.– Bolsas de viaje:

Las bolsas de viaje a que hace referencia la Orden que desarrolla el Programa Global Lehian son las que se detallan en el Anexo 4 de la presente Resolución. El número máximo aceptado de bolsas de viaje será:

– Etapa iniciación: 7 bolsas de viaje por solicitud presentada.

– Etapa consolidación: 5 bolsas de viaje por país, con un máximo de 3 países por solicitud presentada.

– Etapa implantaciones: 7 bolsas de viaje por solicitud presentada entre matriz e implantada; no se aceptará como origen o como destino países diferente al de la ubicación de la empresa matriz o al de la empresa implantada en la presente convocatoria.

En el caso de participación en ferias en el exterior con stand y presentación de productos, las bolsas de viaje no computarán a efectos de los máximos mencionados anteriormente.

2.– Invitaciones a potenciales clientes y/o proveedores extranjeros.

En la etapa de consolidación el número máximo de invitaciones por solicitud será de 9, siempre que las mismas se produzcan en diferentes meses.

Por cada invitación el límite en los gastos de alojamiento y transporte a que hace referencia el artículo 4, de la Orden, es de 600,00 euros.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Para el análisis y evaluación de las solicitudes se constituye el Órgano de Evaluación cuya composición será la siguiente: estará presidida por Agustín Arostegi, y como suplente en la presidencia actuará, en su caso, Iñaki Ezkurra.

Presidente: Iker Arruabarrena. Suplente: Agustín Aróstegui.

Vocales:

Isabel Rodríguez. Suplente: José David Garcia.

Gonzalo Martínez. Suplente: Nekane Torre.

Amaia Aramburu. Suplente: Alexander Armentia.

Actuará como secretaria del Órgano de evaluación Isabel Rodriguez.

DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA

La presente Resolución de convocatoria surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA

Contra la presente Resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco.

En Vitoria-Gasteiz, a 9 de marzo de 2017.

El Viceconsejero de Industria,

JAVIER ZARRAONANDIA ZULOAGA.

SOLICITUD
PROGRAMA DE AYUDA GLOBAL LEHIAN 2017
(Véase el .PDF)

ANEXO 2-a y 2-b
CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL PROYECTO PRESENTADO Y FACTORES DE PONDERACIÓN
(Véase el .PDF)

ANEXO 3
CRITERIOS DE VALORACIÓN DEL PLAN DE INTERNACIONALIZACIÓN Y FACTORES DE PONDERACIÓN
(Véase el .PDF)

ANEXO 4
BOLSAS DE VIAJE
(Véase el .PDF)

Declaración Responsable
(Véase el .PDF)

Análisis documental