N.º 130, viernes 8 de julio de 2016
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OTRAS DISPOSICIONES
AGENCIA VASCA DE PROTECCIÓN DE DATOS
3042
RESOLUCIÓN de 13 de junio 2016, de la Directora de la Agencia Vasca de Protección de Datos, por la que se convoca la IV Edición de Premios a la Protección de Datos.
La Agencia Vasca de Protección de Datos quiere reconocer un año más de manera honorífica a las personas, físicas o jurídicas, públicas y privadas e Instituciones que han destacado por promover el conocimiento, la investigación, la divulgación de la cultura de protección de datos y la difusión de la misma en la sociedad.
También quiere reconocer este año honoríficamente, los proyectos que impliquen una mejora de los tratamientos de datos de carácter personal por las Administraciones e Instituciones Públicas Vascas.
En su virtud, y en el ejercicio de las funciones que le atribuye la Ley 2/2004, de 25 de febrero, de Ficheros de Datos de Carácter Personal de Titularidad Pública y de Creación de la Agencia Vasca de Protección de Datos, la Directora de la Agencia,
RESUELVE:
Primero.– Convocar la IV Edición de los Premios a la Protección de Datos de Carácter Personal.
Segundo.– Aprobar las bases que regirán la convocatoria.
Base 1.– Objeto y finalidad.
La Agencia Vasca de Protección de Datos convoca la IV Edición de los Premios a la Protección de datos personales, para reconocer los trabajos más relevantes en el área de la protección de la privacidad, en la profundización de su conocimiento y en la difusión del derecho fundamental a la protección de datos.
Con esta convocatoria se pretende premiar a las personas físicas y jurídicas, a las entidades públicas y privadas, y a las Administraciones e Instituciones Públicas Vascas que se distingan por su sensibilidad hacia este derecho fundamental.
Base 2.– Premios.
Se convocan premios en las siguientes categorías:
● Premio a la Trayectoria Profesional en Protección de Datos.
● Premio Investigación en Protección de Datos.
● Premio Comunicación y Difusión en Protección de Datos.
● Premio a las Mejores Prácticas en Protección de Datos.
Se otorgará un único premio por categoría. No obstante, en función de la calidad de los trabajos, recursos o proyectos presentados se podrá conceder un premio y un accésit.
Los premios y, en su caso, los accésit, consistirán en una distinción honorífica, certificado acreditativo y en el reconocimiento público.
Los premios podrán ser declarados desiertos si ninguno de los trabajos, recursos o proyectos presentados tiene, a juicio del Jurado, un nivel de calidad suficiente.
No podrán participar en estos premios ningún miembro del jurado, ni el personal de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
Base 3.– Premio a la Trayectoria Profesional en Protección de Datos.
Este premio desea reconocer la labor de aquellas personas que desde su actividad profesional vienen destacando en la defensa y promoción del derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.
Las personas candidatas al premio serán propuestas por cualquiera de las y los miembros de los órganos de gobierno de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
No podrán ser candidatas a este premio las personas galardonadas en esta categoría en convocatorias anteriores.
Base 4.–Premio Investigación en Protección de Datos.
Su objeto es premiar la actividad científica y de investigación, individual o colectiva, que profundice en el derecho fundamental de las personas a la privacidad, y en su incidencia en la realidad social, económica, jurídica o tecnológica.
Podrán presentarse a este premio trabajos científicos o de investigación, tesis doctorales, monografías y artículos, individuales o colectivos, publicados o inéditos, que versen sobre protección de datos personales.
Los trabajos que se presenten a esta convocatoria no podrán haber sido premiados con anterioridad en esta misma categoría.
Los trabajos podrán presentarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Se deberá aportar copia o referencia del trabajo en formato digital y, si resulta relevante, en formato papel, acompañado del modelo de solicitud que figura en el anexo I.
Base 5.– Premio Comunicación y Difusión en Protección de Datos.
Su objeto es premiar los trabajos de profesionales y de los medios de comunicación social que contribuyan a promover el derecho fundamental a la protección de datos de carácter personal.
También podrán ser premiados medios electrónicos de la «web social», cuya temática central y contenidos publicados se refieran, desde cualquier perspectiva y objeto de análisis, a la protección de datos de carácter personal, contribuyendo a fomentar la difusión y divulgación de este derecho fundamental.
Podrán optar al premio programas o secciones especializadas, y series de artículos o noticias, así como reportajes, monográficos o contenidos singulares, publicados o difundidos en cualquier medio de comunicación social, en alguna de las lenguas oficiales de esta Comunidad Autónoma.
Asimismo, podrán concurrir a este premio autores y autoras de blogs, wikis, grupos de debate profesional u otros medios electrónicos sociales especializados en materia de protección de datos de carácter personal, siempre que su contenido esté expresado en euskara o castellano.
Los trabajos que se presenten a esta convocatoria no podrán haber sido premiados con anterioridad en esta misma categoría.
Los trabajos podrán presentarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Se deberá aportar copia o referencia del trabajo en formato digital y, si resulta relevante, en formato papel, acompañado del modelo de solicitud que figura en el anexo II.
Base 6.– Premio a las Mejores Prácticas en Protección de Datos.
La finalidad de este premio es reconocer los proyectos organizativos, tecnológicos o de cualquier índole, que permitan a las Administraciones e Instituciones Públicas Vascas la mejora de la gestión de la privacidad en el ejercicio de sus funciones públicas.
Pueden participar en este premio las Administraciones e Instituciones Públicas Vascas que promuevan los proyectos de mejora en protección de datos, o las personas físicas o jurídicas que de manera individual o de forma conjunta, desarrollen los mismos, con el consentimiento, en este caso, de la Administración promotora.
Se deberá aportar la siguiente documentación:
● Memoria descriptiva del proyecto, así como la documentación y el material que se estime oportuno.
● Si se ha realizado su implantación, informe de la misma y situación actual.
● Podrá también acompañarse de una presentación audiovisual con una duración no superior a 10 minutos.
Los proyectos que se presenten a esta convocatoria no podrán haber sido premiados con anterioridad en esta misma categoría.
La documentación de los proyectos podrá presentarse en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Se deberá aportar copia o referencia de dicha documentación en formato digital y, si resulta relevante, en formato papel, acompañado del modelo de solicitud que figura en el anexo III.
Base 7.– Solicitudes.
Los trabajos presentados deberán acompañarse del modelo de solicitud correspondiente al premio al que se opta, que figuran en los Anexos I, II y III, respectivamente.
Las solicitudes se dirigirán a la Secretaría General de la AVPD, y podrán presentarse en el Registro de la AVPD, Secretaría General de la Agencia Vasca de Protección de Datos, sita en la calle Beato Tomás de Zumárraga n.º 71 – 3.º, 01008 Vitoria-Gasteiz, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Si la documentación presentada no reuniera los requisitos exigidos, se requerirá a la persona o entidad solicitante para que en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a la recepción de la notificación, subsane la falta y acompañe los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido en su petición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de las solicitudes concluye el 31 de octubre de 2016.
Base 8.– Jurado.
Concederá los premios un Jurado compuesto por las siguientes personas:
● Presidenta: la Directora de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
● Vocales: las personas que forman parte del Consejo Consultivo de la Agencia Vasca de Protección de Datos y las personas responsables de la Asesoría Jurídica e Inspección y del Servicio de Registro y Auditoría de Ficheros de la Agencia.
● La Secretaría, con voz y sin voto, corresponderá al Secretario General de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
Base 9.– Valoración.
La valoración del Jurado de los trabajos presentados a los premios Investigación y Comunicación y Difusión en Protección de Datos, se realizará conforme a los siguientes criterios:
● Solvencia y rigor científico, técnico o jurídico.
● Originalidad de los temas tratados.
● Novedad del trabajo, de la aproximación o de los resultados.
● Aportación destacada al conocimiento y profundización en la realidad de la protección de datos personales.
● Grado en que se incorpora la perspectiva de género en el planteamiento y desarrollo.
El Premio a las Mejores Prácticas en protección de datos será evaluado por el Jurado conforme a los siguientes criterios:
● Solvencia y Calidad técnica del proyecto.
● Contribución a la mejora en la gestión de la privacidad en la prestación de los servicios públicos.
● Carácter innovador.
● Impacto social.
● Grado de desarrollo.
● Grado en que se incorpora la perspectiva de género en el planteamiento y desarrollo.
El Jurado podrá acordar convocar a las candidaturas a los distintos premios para que puedan hacer una exposición presencial del trabajo, recurso o proyecto, y pedir las aclaraciones e informaciones precisas con objeto de evaluarlos.
Base 10.– Resolución.
Finalizado el proceso de valoración, el Jurado resolverá los premios con anterioridad al 31 de diciembre de 2016.
La decisión del Jurado se hará pública por Resolución de la Directora de la Agencia Vasca de Protección de Datos, publicada en el Boletín Oficial del País Vasco, en la web de la Agencia Vasca de Protección de Datos y se notificará a todas las candidaturas.
El fallo del Jurado será inapelable y frente a él no cabrá recurso alguno.
Base 11.– Entrega de los Premios.
La entrega de los Premios y, en su caso, de los accésits, se llevará a cabo en el marco del día europeo de protección de datos, en un acto público del que se informará con suficiente antelación en la web de la Agencia Vasca de Protección de Datos (www.avpd.eus), y se comunicará a todas las entidades y personas que resulten premiadas.
Base 12.– Protección de datos.
En cumplimiento del artículo 5 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se informa que los datos de carácter personal necesarios para la tramitación de esta convocatoria se incorporarán al fichero denominado «invitados y asistentes a eventos y actividades de formación» y se tratarán con la exclusiva finalidad de gestionar y tramitar esta convocatoria de Premios, de acuerdo con sus bases reguladoras. El órgano responsable del fichero es la Agencia Vasca de Protección de Datos. Las personas interesadas podrán ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición ante la Secretaría General de la Agencia Vasca de Protección de Datos, sita en la calle Beato Tomás de Zumárraga, n.º 71–3.º, 01008 Vitoria-Gasteiz.
Tercero.– La presente Resolución se publicará en el Boletín Oficial del País Vasco y en la página web de la Agencia Vasca de Protección de Datos.
En Vitoria-Gasteiz, a 13 de junio 2016.
La Directora de la Agencia Vasca de Protección de Datos,
MARGARITA URÍA ETXEBARRIA.