N.º 176, miércoles 16 de septiembre de 1998
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Cultura
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RESOLUCIÓN de 9 de setiembre de 1998, del Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes, por la que se incoa expediente para la declaración de Bien Cultural Calificado, con la categoría de Monumento, a favor del Horno Alto 1 de Altos Hornos de Vizcaya, sito en Sestao (Bizkaia).
La Comunidad Autónoma del País Vasco, al amparo del artículo 148.1.16 de la Constitución y a tenor del artículo 10.19 del Estatuto de Autonomía, asumió la competencia exclusiva en materia de Patrimonio Cultural, así como el cumplimiento de las normas y obligaciones que estableció el Estado para la defensa del mismo contra la exportación y la expoliación mediante el Real Decreto 3068/1980, de 26 de septiembre.
En ejercicio de la competencia asumida, se aprueba la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco que rige los procedimientos de declaración de bienes de interés cultural de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Visto el interés histórico, tecnológico, iconográfico, paisajístico, social y didáctico-cultural del Horno Alto 1 de Altos Hornos de Vizcaya, y atendiendo a la propuesta de resolución presentada por los Servicios Técnicos del Centro de Patrimonio Cultural,
RESUELVO:
Primero.– Incoar el expediente de declaración como Bien Cultural Calificado, con la categoría de Monumento, a favor del Horno Alto 1 de Altos Hornos de Vizcaya, sito en Sestao (Bizkaia), según la delimitación que se determina en el Anexo I de la presente Resolución y teniendo en cuenta la descripción que en el Anexo II se establece del mismo y de sus elementos.
La incoación de este expediente determinará respecto al Horno Alto 1 de Altos Hornos de Vizcaya, sito en Sestao, la aplicación provisional del régimen de protección previsto en la Ley 7/1990, de 3 de julio, del Patrimonio Cultural Vasco para los bienes calificados.
Segundo.– Abrir un período para dar audiencia a los interesados y proceder a la información pública del expediente de declaración como Bien Cultural Calificado, con la categoría de Monumento, del Horno Alto 1 de Altos Hornos de Vizcaya, sito en Sestao (Bizkaia), para que, durante el plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, se puedan efectuar las alegaciones y presentar la documentación que se estime oportuna, como previenen los artículos 84 y 86 de la Ley 30/1992, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, encontrándose el expediente de manifiesto en el Centro de Patrimonio Cultural Vasco, sito en Avda. Duque de Wellington 2, bajo, de Vitoria-Gasteiz.
Tercero.– Continuar la tramitación del expediente de acuerdo con las disposiciones vigentes.
Cuarto.– Notificar la presente Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Sestao y a los Departamentos de Cultura y de Urbanismo de la Diputación de Bizkaia, así como al Departamento de Ordenación del Territorio, Vivienda y Medio Ambiente del Gobierno Vasco.
Quinto.– Publicar la presente Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco y en el Boletín Oficial de Bizkaia para su general conocimiento.
En Vitoria-Gasteiz, a 9 de setiembre de 1998.
El Viceconsejero de Cultura, Juventud y Deportes,
JOSÉ M.ª AGIRRE ESKISABEL.
I. ERANSKINA / ANEXO I
ANEXO II
DESCRIPCIÓN
Desde que en 1848 se encendiera en la Fábrica de Santa Ana de Bolueta el primero de ellos, el Horno Alto ha constituido un perfil inconfundible en nuestro paisaje. Así el paisaje industrial de la ría de Bilbao ha quedado configurado por la presencia de la actividad siderúrgica, y por tanto, de las principales referencias que la definen: los Hornos Altos; que han ido sustituyéndose y modernizándose, sin perder su imagen característica.
En los terrenos situados entre la dársena de la Benedicta y la ría del Nervión en Sestao, conviven en la actualidad las instalaciones de la nueva Acería Compacta y restos, hoy en desuso, de la actividad siderúrgica precedente, de la que es heredera. Por su destacada imagen, por su valor emblemático y su importancia en esta actividad productiva, destacan entre ellos los viejos Hornos Altos de carbón, de los que se pretende conservar una representación.
El horno alto elegido, el n.º 1, se localiza en la plataforma artificial de trabajo, junto a las vías del Ferrocarril, que discurre bajo la rampa de la Iberia. El lugar seleccionado para la ubicación de los modernos hornos n.º 1 y 2, construidos por la empresa alemana G.H.H. reutiliza el espacio ocupado por los cuatro hornos anteriores.
Se trata de una instalación de eje vertical. Es un horno continuo de cuba construido con material refractario, cubierto exteriormente por una coraza de chapa soldada que constituye su armazón. La altura total de la instalación es de 80 m y un diámetro de ocupación media de 18 m. El horno cuenta con una serie de elementos auxiliares necesarios para su funcionamiento, de los que se han incluido en la Delimitación, las tres estufas, el colector de gases junto a su sistema de depuración y la nave de colada.
Las principales características técnicas que definen esta instalación son su apoyo sobre viga circular o madrastra, el crisol de 6 m. de diámetro, 25 m. de altura interior con un volumen interior útil de 720 m.3 y los tragantes giratorios tipo McKee para la mejor distribución de las cargas en su interior.
Las estufas son de tiro forzado de 15.000 m.2 de superficie de caldeo. Los gases producidos por el Horno son recogidos por los tubos de salida, dispuestos de dos en dos, que desembocan en el colector que les llevaba a su depuración seca, reutilizándose éstos para calentar las estufas y accionar las soplantes.
En la nave de colada donde se recogía la escoria y el arrabio, se localizan una perforadora neumática y un cañón eléctrico, que se utilizaban para la apertura y cierre de las toberas.