Subvenciones a asociaciones sin ánimo de lucro para actividades de educación, información, participación, formación, voluntariado y sensibilización en materia de medio ambiente
Impulsar actividades de voluntariado, educación, información, participación, formación y sensibilización en materia de medio ambiente, en el marco de las previsiones de la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible.
Máximo total de quinientos cincuenta mil (550.000) euros.
- ORDEN de 8 de junio de 2011 (BOPV N 124/2011)
de la Consejera de Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca, por la que se regulan y convocan subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos de voluntariado ambiental, educación, información, participación, formación y sensibilización en materia de medio ambiente.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Impulsar actividades de voluntariado, educación, información, participación, formación y sensibilización en materia de medio ambiente, en el marco de las previsiones de la Estrategia Ambiental Vasca de Desarrollo Sostenible.
Asociaciones u otras entidades privadas sin ánimo de lucro, en las que no participen Administraciones Públicas, legalmente constituidas e inscritas en los correspondientes Registros, con una antelación de al menos un año.
Las entidades beneficiarias, que cuenten con personas voluntarias habrán de regirse por la Ley 17/1998, de 25 de junio, del Voluntariado.
Las entidades beneficiarias deberán estar al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
La concesión y, en su caso, el pago de las subvenciones, quedarán condicionados a la terminación de cualquier procedimiento de reintegro o sancionador que, habiéndose iniciado en el marco de subvenciones de la misma naturaleza concedidas por la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y sus organismos autónomos, se halle todavía en tramitación.
No podrán concurrir a la presente convocatoria quienes se encuentren sancionados penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, o estén incursos en alguna causa o prohibición legal que les inhabilite para ello.
550.000 €
La cuantía de la subvención será como máximo del 80% del presupuesto aceptado y no podrá exceder de la cantidad de 25.000 euros por proyecto.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
- Anexos (word, 439 kb)
1.– Impreso de solicitud debidamente cumplimentado (anexo 1A).
2.– Memoria técnica detallada en la que se recojan al menos objetivos actividades, metodología, cronograma, método de evaluación, número de personas participantes como voluntarias y presupuesto detallado, en formato papel y digital. La información relevante en cuanto a los criterios de valoración recogidos en el artículo 13 habrá de ser detallada en esta memoria.
3.– Documento que acredite la representatividad de la persona que suscribe la solicitud.
4.– Certificación actualizada de la Hacienda correspondiente acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias y del régimen del Impuesto sobre el Valor Añadido en el que esté censada la asociación.
5.– Fotocopia del Código de Identificación Fiscal.
6.– Certificación actualizada de la inscripción de la entidad en el registro correspondiente según su naturaleza jurídica.
7.– Declaración responsable emitida por la persona representante de la entidad solicitante relativa a otras subvenciones solicitadas o concedidas para la misma actividad (impreso A5).
8.– Impreso de «Alta de Tercero» correctamente firmado y rellenado (anexo A1).
9.– Certificación actualizada de la Tesorería Territorial correspondiente, acreditativa del cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
01/08/2011.
01/12/2011
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Gobierno Vasco; Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Gobierno Vasco; Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.