IV Certamen de Publicaciones de trabajos de investigación en materia de igualdad de mujeres y hombres para el año 2016
[TIN 2016]
- Organismo:
- Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
- Estado:
Descripción
Objeto
El objeto de este certamen es la selección de trabajos de investigación que favorezcan la consecución de la igualdad de mujeres y hombres con el objetivo de darles publicidad mediante su publicación digital.
Temas prioritarios
Se consideran temas prioritarios para la publicación de los trabajos de investigación:
1.– El cambio de valores, especialmente en las áreas de infancia y juventud.
2.– Las estrategias para mejorar el posicionamiento de las mujeres en los ámbitos científico, tecnológicos y de innovación: educativas, académicas, empresariales.
3.– Los cambios en las organizaciones socio-económicas favorecedores de un mayor equilibrio de los ámbitos productivo y reproductivo.
4.– La prevención de la violencia contra las mujeres.
Objetivos
Los trabajos de investigación que se presenten han de contribuir a la consecución de los siguientes objetivos:
• Mejorar el conocimiento de la situación, condiciones y posición diferencial de mujeres y hombres y de las relaciones de género en los distintos ámbitos de la vida, así como de las causas que generan las desigualdades.
• Dar a conocer resultados de investigaciones que puedan constituirse en buenas prácticas de políticas de igualdad.
Selección y Premio
1.– El Premio consistirá en dar visibilidad a la producción intelectual de aquellas personas autoras dedicadas a la investigación de temas que favorezcan la igualdad de mujeres y hombre, realizada de forma individual o en colaboración proveniente de una misma unidad académica o de aquellas otras que tienen carácter interdisciplinario ya que combinan diversas áreas del conocimiento, de interés para la sociedad. El trabajo premiado será editado por Emakunde-Instituto Vasco de la Mujer, siendo a cargo de la Institución su publicación digital en su web.
2.– Se concederá un único premio y el resto quedarán como suplentes o denegados. Si a juicio del tribunal los trabajos presentados no llegan a un nivel adecuado, los premios podrán ser declarados desiertos.
3.– La presente convocatoria se resolverá por el procedimiento de concurso. A estos efectos, se entenderá por concurso el procedimiento a través del cual la concesión del Premio se realiza mediante la comparación de las candidaturas presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas atendiendo a los criterios de adjudicación fijados en la base novena. Se concederá por orden de puntuación en aplicación de los citados criterios.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer / Dirección de EMAKUNDE > Secretaría General de EMAKUNDE
Organismo que resuelve
- Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer / Dirección de EMAKUNDE > Secretaría General de EMAKUNDE
Información de contacto
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Manuel Iradier, 36
01005 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Tfno. 945.01.67.00
Fax. 945.01.67.01
emakunde@euskadi.eus
http://www.emakunde.euskadi.eus/u72-home/es/
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Solicitud y aportación de documentación
Del 11 de octubre al 11 de noviembre de 2016.
Podrá participar en este certamen toda persona física, bien de forma individual bien en grupo, que no esté sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni esté incursa en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y cuya candidatura tenga los siguientes requisitos:
- a) Que el trabajo de investigación a publicar se haya desarrollado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- b) Que se trate de publicaciones de una primera edición.
- c) Que el trabajo de investigación a publicar se haya redactado haciendo un uso no sexista del lenguaje.
Junto a la candidatura, será necesario adjuntar la siguiente documentación:
- Anexo I: Declaraciones de integrantes del grupo, en el supuesto de candidaturas presentadas por varias personas.
- Anexo II: Memoria y material completo a publicar.
- Anexo III: Curriculum vitae por persona.
En el supuesto de que la candidatura se presente por un grupo de personas, estas deberán designar a una de ellas como coordinadora-representante ante la Administración.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
-
Anexo I: Declaración de integrantes
-
Anexo II: Memoria
-
Anexo III: Curriculum
Podrá participar en este certamen toda persona física, bien de forma individual bien en grupo, que no esté sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni esté incursa en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y cuya candidatura tenga los siguientes requisitos:
- a) Que el trabajo de investigación a publicar se haya desarrollado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- b) Que se trate de publicaciones de una primera edición.
- c) Que el trabajo de investigación a publicar se haya redactado haciendo un uso no sexista del lenguaje.
Junto a la candidatura, será necesario adjuntar la siguiente documentación:
- Anexo I: Declaraciones de integrantes del grupo, en el supuesto de candidaturas presentadas por varias personas.
- Anexo II: Memoria y material completo a publicar.
- Anexo III: Curriculum vitae por persona.
En el supuesto de que la candidatura se presente por un grupo de personas, estas deberán designar a una de ellas como coordinadora-representante ante la Administración.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- disponer de un medio de identificación electrónica
- preparar toda la documentación necesaria, escanearla en formato PDF (o en uno de los formatos admitidos) y guardarla en el ordenador
- rellenar los formularios, si los hubiera, y guardarlos en el ordenador
- acceder al servicio electrónico, dónde se mostrarán cuatro pasos:
- cumplimentar la Solicitud
- adjuntar los documentos y formularios preparados
- firmar la solicitud
- enviar la solicitud y la documentación aportada
Cuando se ha realizado el envío, se muestra una pantalla con el acuse de recibo.
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: La continuación de la tramitación y el seguimiento del estado del expediente se realizará a través de Mis Gestiones
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la normativa. |
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
En caso de tramitar la solicitud de forma presencial, usted dispone de dos opciones para cumplimentar el formulario:
1. Cumplimentar el formulario en el ordenador y "guardar" los datos en el sistema informático de la Administración.
- Después deberá imprimir el formulario, firmarlo de forma manuscrita y entregarlo en los lugares señalados, dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en la normativa.
- Si utiliza esta opción, cuando su solicitud y, en su caso, los documentos adjuntos lleguen a la unidad tramitadora ésta ya dispondrá de sus datos, facilitando así la tramitación del expediente.
- Tenga en cuenta que la Administración guardará los datos que usted ha aportado durante un mes, y solo los utilizará si usted presenta en plazo la solicitud en formato papel en los lugares indicados anteriormente.
2. Imprimir el formulario vacío, cumplimentarlo y firmarlo de forma manuscrita y entregarlo en los lugares señalados, dentro del plazo de presentación de solicitudes establecido en la normativa.
Solicitante: Si usted actúa en su propio nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona que representa en Titular y los suyos en Representante
- Firme la solicitud como representante.
Las entidades actúan siempre con representante, por lo que:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales, rellene el apartado Titular con los datos de la entidad y el apartado Representante con los datos de la persona representante.
- Firme la solicitud como representante.
Canal de notificación y comunicación
Postal: se envían a la dirección postal que señale en el apartado Postal.
Electrónico: se envían a la bandeja de notificaciones y comunicaciones de Mis Gestiones. Para acceder, es necesario que usted disponga de un medio de identificación electrónica.
Nota: cuando transcurran 10 días sin que usted haya accedido a una notificación, ésta será rechazada, el trámite se dará por realizado y el procedimiento seguirá adelante.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Manuel Iradier, 36
01005 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Tfno. 945.01.67.00
Fax. 945.01.67.01
emakunde@euskadi.eus
http://www.emakunde.euskadi.eus/u72-home/es/
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Podrá participar en este certamen toda persona física, bien de forma individual bien en grupo, que no esté sancionada ni penal ni administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni esté incursa en prohibición legal alguna que les inhabilite para ello, con expresa referencia a las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la disposición final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres, y cuya candidatura tenga los siguientes requisitos:
- a) Que el trabajo de investigación a publicar se haya desarrollado en la Comunidad Autónoma de Euskadi.
- b) Que se trate de publicaciones de una primera edición.
- c) Que el trabajo de investigación a publicar se haya redactado haciendo un uso no sexista del lenguaje.
Junto a la candidatura, será necesario adjuntar la siguiente documentación:
- Anexo I: Declaraciones de integrantes del grupo, en el supuesto de candidaturas presentadas por varias personas.
- Anexo II: Memoria y material completo a publicar.
- Anexo III: Curriculum vitae por persona.
En el supuesto de que la candidatura se presente por un grupo de personas, estas deberán designar a una de ellas como coordinadora-representante ante la Administración.
Para solicitar la ayuda, deberá:
- preparar toda la documentación necesaria
- rellenar los formularios, si los hubiera
- cumplimentar la solicitud
- presentar la solicitud y toda la documentación en los lugares de presentación señalados
Nota: Es un derecho de la ciudadanía, no presentar documentos no exigidos por las normas aplicables al procedimiento de que se trate, o que ya se encuentren en poder de la Administración actuante (Artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común). Para poder ejercer este derecho, en el apartado Documentación aportada anteriormente de la solicitud, cumplimentará la información de los documentos entregados.
Aviso: El seguimiento del estado del expediente se podrá realizar a través de Mis Gestiones.
Resolución y recursos
Plazo de resolución
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses a contar desde el día siguiente al de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del País Vasco.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para interponer un recurso potestativo de reposición utilizando el canal electrónico, rellene el formulario que encontrará en Mis Gestiones.
Para realizar este trámite es necesario identificarse mediante un certificado electrónico.
El potestativo de reposición es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
¿Contra qué actos se interpone?
Actos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
El mismo órgano que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
1 mes.
Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)
- Rellene e imprima los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida.
- Presente toda la documentación en alguno de los lugares indicados.
-
Información para rellenar el formulario:
Si usted actúa en su nombre:
- En el apartado Solicitante marque la opción Titular.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a Titular.
- Firme la solicitud como titular.
Si usted actúa en representación de una persona o entidad:
- En el apartado Solicitante marque la opción Representante.
- En el apartado Datos personales rellene los datos correspondientes a la persona o entidad que representa en Titular y los suyos en Representante.
- Firme la solicitud como representante.
Emakunde - Instituto Vasco de la Mujer
Manuel Iradier, 36
01005 Vitoria-Gasteiz (Álava)
Tfno. 945.01.67.00
Fax. 945.01.67.01
emakunde@euskadi.eus
http://www.emakunde.euskadi.eus/u72-home/es/
Zuzenean: Servicio de atención presencial a la ciudadanía
Oficinas de Asistencia en Materia de Registro
Son las oficinas del Gobierno Vasco para informar, para tramitar con ayuda y para registrar documentación (artículos 101 y 102 del Decreto 91/2023, de 20 de junio, de atención integral y multicanal a la ciudadanía y acceso a los servicios públicos por medios electrónicos).
Otros lugares de presentación
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Para interponer un recurso potestativo de reposición, rellene el formulario y entréguelo en alguno de los lugares señalados.
El potestativo de reposición es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por él mismo.
¿Contra qué actos se interpone?
Actos que pongan fin a la vía administrativa.
¿Ante qué órgano se interpone?
El mismo órgano que dictó el acto recurrido.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
1 mes.
Si en ese plazo no se le notifica la resolución, se entiende desestimado el recurso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
Más información: Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (título VII. de la revisión de los actos en vía administrativa)