Subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos para la generación de conocimiento en la conservación de la biodiversidad. Convocatoria de 2013.
Concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, a las que podrán acogerse las entidades privadas sin animo de lucro que realicen estudios y trabajos de investigación aplicada para la conservación de la biodiversidad, desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Máximo de 200.000 euros.
- ORDEN de 12 de junio de 2013, (BOPV N 125/2013)
de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se regula la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos para la generación de conocimiento en la conservación de la biodiversidad.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Concesión de subvenciones por el procedimiento de concurrencia competitiva, a las que podrán acogerse las entidades privadas sin animo de lucro que realicen estudios y trabajos de investigación aplicada para la conservación de la biodiversidad, desde el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2013, dentro del territorio de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Asociaciones u otras entidades privadas sin ánimo de lucro, en las que no participen Administraciones Públicas, cuyo objeto esté relacionado con la protección y/o el estudio del medio ambiente, la naturaleza o la biodiversidad o cuenten con una trayectoria acreditada en experiencias relacionadas con el medio ambiente y su ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma del País Vasco.
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Asociaciones u otras entidades privadas sin ánimo de lucro, en las que no participen Administraciones Públicas, cuyo objeto esté relacionado con la protección y/o el estudio del medio ambiente, la naturaleza o la biodiversidad o cuenten con una trayectoria acreditada en experiencias relacionadas con el medio ambiente y su ámbito de actuación sea la Comunidad Autónoma del País Vasco. Así mismo, las citadas entidades deberán estar legalmente constituidas e inscritas en los correspondientes Registros, con una antelación de al menos un año desde la fecha de publicación de la presente Orden.
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No podrán concurrir a la presente convocatoria, durante el periodo que establezca la correspondiente sanción, las entidades sancionadas administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni las sancionadas con esta prohibición en virtud de la ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
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No podrán concurrir a la presente convocatoria, las entidades que hubieran sido sancionadas por faltas graves y muy graves derivadas del incumplimiento de la legislación medioambiental, hasta no haber ejecutado las medidas correctoras pertinentes y haber satisfecho la correspondiente sanción.
Máximo de 200.000 euros.
Los beneficiarios de las subvenciones deben solicitar ser dados de alta de terceros si no estaban dados de alta. Documento A1 anexo a la ORDEN de 12 de junio de 2013, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se regula la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos para la generación de conocimiento en la conservación de la biodiversidad.
Anexo III a la ORDEN de 12 de junio de 2013, de la Consejera de Medio Ambiente y Política Territorial, por la que se regula la concesión de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro que realicen proyectos para la generación de conocimiento en la conservación de la biodiversidad.
- Documentación a presentar junto con la solicitud
1.– La memoria explicativa del proyecto propuesto se presentará en formato papel y digital (tratamiento de texto).
2.– Documento que acredite la representatividad de la persona que suscribe la solicitud.
3.– Certificación actualizada de la Hacienda correspondiente, acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias incluyendo el régimen del impuesto sobre el valor añadido en el que esté censada la asociación.
4.– Certificación actualizada de la Tesorería Territorial correspondiente, acreditativa del cumplimiento de las obligaciones de Seguridad Social.
5.– Fotocopia del Código de Identificación Fiscal.
6.– Certificación actualizada de la inscripción de la entidad y copia de los últimos Estatutos inscritos en el Registro correspondiente según su naturaleza jurídica.
7.– Certificación emitida por la persona responsable de la entidad solicitante relativa a otras subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo trabajo (impreso A5)
8.– En el caso de las entidades privadas sin ánimo de lucro que cuenten entre sus miembros con personas voluntarias, certificado de inscripción en el Censo General de Organizaciones del Voluntariado, de conformidad con lo dispuesto al efecto en el Decreto 169/2000, de 1 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de funcionamiento del Censo General de Organizaciones del Voluntariado y se regulan determinados aspectos relativos al voluntariado.
9.– En el caso en el que la entidad solicitante tuviera naturaleza jurídica de Fundación o de Asociación de Utilidad Pública, acreditación documental de la última rendición de cuentas presentada al Protectorado o al Registro General de Asociaciones respectivamente.
10.- Para acreditar la trayectoria de las asociaciones u otras entidades sin ánimo de lucro en experiencias relacionadas con la protección y/o el estudio del Patrimonio Natural y la biodiversidad, se deberá cumplimentar el apartado A2 del anexo A de solicitud.
- Documentación para el segundo pago del importe de la subvención
El pago del 50% restante del importe de la subvención quedará condicionado a la presentación por la entidad beneficiaria, en los plazos que se indican en el apartado 3 del artículo 15, de los siguientes documentos:
a) Impreso de justificación, debidamente cumplimentado (anexo 2-B).
b) Facturas originales o fotocopias compulsadas, nóminas, contratos de trabajo, u otros tipos de justificantes de pago que acrediten la efectiva ejecución del proyecto. Los gastos generales citados en el artículo 6.1.c) no necesitan ser justificados.
c) Copia de los materiales originados en el proyecto. La cartografía (cuando proceda) georreferenciada, en formato digital compatible con los sistemas del Gobierno Vasco. El proyecto se presentará en soporte informático compatible con los sistemas informáticos del Gobierno Vasco, así como una copia completa en papel.
d) Certificación actualizada de la Hacienda correspondiente, acreditativa del cumplimiento de las obligaciones tributarias incluyendo el régimen del impuesto sobre el valor añadido en el que esté censada la asociación.
e) Certificación emitida por la persona responsable de la entidad relativa a otras subvenciones concedidas para el mismo estudio, trabajo (impreso B3).
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
3 meses.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Medio Ambiente y Política Territorial.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Medio Ambiente y Política Territorial.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.