Becas para la formación de técnicas y técnicos de gestión de la distribución comercial- año 2018
[Becas formación técnicos y técnicas de gestión de la distribución Comercial 2018]
- Estado:
Descripción
Objeto
Convocatoria de 29 becas para la formación de técnicas y técnicos de gestión de la distribución comercial.
Tras realizar un curso formativo que estará incluido en el procedimiento de selección, las personas becadas realizarán unas prácticas formativas durante 9 meses que serán remuneradas mediante las becas reguladas en la presente Orden, en las que podrán adquirir formación práctica sobre los contenidos teóricos aprendidos en el citado curso.
Las actividades a realizar por personas beneficiarias de estas becas se desarrollarán en empresas comerciales o vinculadas a la distribución comercial, cámaras de comercio de la CAPV, sedes de la Cámara de Comercio de España en ciudades de otros países europeos u oficinas técnicas de comercio subvencionadas por la Dirección de Comercio.
Dotación presupuestaria
348.050,00 euro;Prestación económica
Realización de un curso de aproximadamente 180 horas de duración para formación específica sobre Gestión de la Distribución Comercial, previo a la adjudicación definitiva de la beca.
La duración de todas las becas será de 9 meses entre enero y septiembre de 2019.
11.250,00 € por beca con destino nacional (27 becas).
15.300,00 euros para una beca con destino en sede de Milán de la Cámara de Comercio de España.
18.450,00 euros para una beca con destino en sede de París de la Cámara de Comercio de España.
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Realización de un curso de aproximadamente 180 horas de duración para formación específica sobre Gestión de la Distribución Comercial, previo a la adjudicación definitiva de la beca.
La duración de todas las becas será de 9 meses entre enero y septiembre de 2019.
11.250,00 € por beca con destino nacional (27 becas).
15.300,00 euros para una beca con destino en sede de Milán de la Cámara de Comercio de España.
18.450,00 euros para una beca con destino en sede de París de la Cámara de Comercio de España.
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A quién va dirigido
Personas físicas
- Tener vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con antigüedad superior a tres años. Se admitirán períodos inferiores cuando se haya trasladado fuera de la CAV por razón de estudios.
- Tener titulación oficial universitaria, o bien una titulación de Técnica o Técnico superior en Marketing y Publicidad o Gestión de Ventas y Espacios Comerciales.
- Tener acreditado un al menos el nivel B2 de conocimiento de euskera del marco europeo común de las referencia para las lenguas.
- No haber sido beneficiario de becas de igual o similares características en cuanto a contenido y objetivos de las mismas.
- Edad no superior a 32 años.
Requisitos
-
Requisitos
Podrán optar a estas becas quienes reúnan los siguientes requisitos:
- Vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con una antigüedad
superior a 3 años, en la fecha de cierre del plazo de presentación de
solicitudes. Se admitirán periodos de residencia inferiores a 3 años, cuando
las personas solicitantes se hubieran trasladado fuera de esta Comunidad,
transitoriamente, por razones de estudios, circunstancia ésta que deberá ser
debidamente acreditada.- Tener o haber abonado los derechos de expedición de, bien una titulación oficial
universitaria, bien una titulación de Técnica o Técnico superior en Marketing y
Publicidad o Gestión de Ventas y Espacios Comerciales.- Tener acreditado al menos el nivel B2 de conocimiento de euskera del marco europeo
común de las referencias para las lenguas.- No haberse beneficiado de becas de igual o similares características en cuanto al
contenido y objetivos de las mismas.- No haber realizado total o parcialmente el curso de formación de anteriores
convocatorias de este programa.Edad no superior a 32 años, en el momento de la presentación de la solicitud.
- Paraacceder a las becas de carácter internacional, se han de cumplir también los
requisitos de conocimiento de idiomas propios de cada destino.
Normativa
Organismos
Organismo que convoca
- Turismo, Comercio y Consumo > Viceconsejería de Turismo y Comercio
Organismo que resuelve
- Turismo, Comercio y Consumo / Viceconsejería de Turismo y Comercio > Dirección de Comercio
Información de contacto
Consultas de tipo técnico sobre la aplicación informática
ZUZENEAN: 012 Y 945 018000
Otro tipo de consultas
Oficinas Territoriales de Turismo y Comercio
Horario: De lunes a viernes: De 8:30 a 14:00h.
Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Alava
Samaniego, 2
01008 Vitoria-Gasteiz
Tfno. 945 01 70 54
e-mail: mj-cubo@euskadi.eus
Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Bizkaia
General Concha, 23
48010 Bilbao
Tfno. 94 403 1844
e-mail: l-fernandezarce@euskadi.eus
Oficina Territorial de Turismo y Comercio de Gipuzkoa
Easo, 10
20006 Donostia-San Sebastián
Tfno. 943 02 25 81
e-mail: l-iribar@euskadi.eus
Zuzenean: Servicio de atención a la ciudadanía
Código
0059205Solicitud y aportación de documentación
Plazo de presentación de solicitudes
Del día 13 de julio al 13 de agosto de 2018.
Procedimiento de presentación de solicitudes
Las solicitudes, requerimientos, notificaciones y demás gestiones implicadas en esta Orden se deberán efectuar por medios electrónicos.
Las especificaciones sobre cómo tramitar las solicitudes, declaraciones responsables, justificaciones y demás modelos estarán disponibles en la siguiente dirección electrónica de Euskadi.eus https://www.euskadi.eus/ayuda_subvencion/2018/bec-2018/y22-izapide/es
El acceso al expediente y demás trámites podrán realizarse también a través de la dirección https://www.euskadi.eus/micarpeta.
La solicitud incorporará, además de la firma electrónica reconocida de la persona solicitante, toda aquella documentación que haya de acompañarse a la misma y la que pueda ser requerida por la Administración, en los términos dispuestos en el Decreto 21/2012, de 21 de febrero, de Administración Electrónica.
Descripción de los trámites
Las tareas de gestión se realizarán inicialmente por la correspondiente Oficina Territorial del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo, la cual efectuará el análisis y evaluación de las solicitudes presentadas, pudiendo requerir cuanta información y/o documentación adicional consideren necesaria para la adecuada comprensión de las mismas. Posteriormente la Oficina Territorial remitirá el análisis realizado a la Dirección de Comercio.
La valoración de las solicitudes presentadas se realizará por un Comité de Selección que elevará propuesta al órgano competente para resolver.
Los solicitantes admitidos deberán realizar una prueba de conocimientos específicos conocimientos sobre sobre aspectos generales de cultura económica y relativos a la actividad de la distribución comercial minorista. Dicha prueba se realizará la segunda quincena de septiembre.
Los aspirantes seleccionados comenzarán el curso formativo posteriormente.
La lista de admitidos a examen, se hará pública en la Web del Departamento de Turismo, Comercio y Consumo con antelación al día del examen.
Documentación a aportar
A la solicitud se acompañará la documentación siguiente:
a) «Currículum vitae», indicando la formación académica, relación de estudios realizados y las actividades profesionales desempeñadas, conocimientos de euskera, inglés y francés, así como otros méritos que la persona solicitante estime de interés, tales como trabajos desarrollados, formación complementaria, etc.
b) Copia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición. Este documento se podrá presentar en fecha posterior a la presentación de la solicitud, hasta el 3 de agosto de 2018.
c) Certificado del expediente académico, con las calificaciones de todos los cursos, en el que conste la fecha de finalización de sus estudios, incluido, en su caso, el proyecto final. Este documento se podrá presentar en fecha posterior a la solicitud, hasta el 13 de agosto de 2018.
d) Acreditación del conocimiento del euskera, inglés, francés, e italiano mediante copia del título o certificación emitida por un Organismo Oficial autorizado para la expedición de certificaciones de idiomas.
e) Documentos acreditativos de cualquier otra formación académica que posea y los cursos realizados en los que consten las horas lectivas y, en su caso, las prácticas realizadas. No se tendrán en cuenta los cursos en los que no consten el número de horas.
f) Certificado de la vida laboral expedido por la Seguridad Social, para acreditar la experiencia laboral.
g) Certificado de empadronamiento acreditativo de la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco, acorde con lo especificado en el artículo 3.1.a) de esta Orden. En aquellos casos en los que el plazo de residencia fuera inferior a 3 años por traslado transitorio por motivos de estudios, según lo dispuesto en el artículo 3.1 a), deberán acreditarse los siguientes extremos:
1) Empadronamiento en la CAV en el momento del cierre del plazo de solicitudes.
2) Empadronamiento en la ciudad a la que se trasladó por razones de estudios.
3) Haber estado matriculado en un centro docente ubicado en dicha ciudad.
4) Haber sido residente en la CAV en el momento en que se produjo el traslado por estudios.
h) «Documento de Alta de Tercero Interesado» de la entidad solicitante. Será necesario facilitar dicha información a través del canal telemático «Registro Telemático de Terceros», según modelo y procedimiento establecido por el Departamento de Hacienda y Economía http://www.ogasun.ejgv.euskadi.eus/alta-modificacion-datos-terceros/r51-341/es/
i) Declaración responsable de disponibilidad para desarrollar cuantas actividades se puedan derivar, tanto del curso de preselección como, en su caso, de la adjudicación de la beca.
j) Declaración responsable de no haber sido beneficiario o beneficiaria de becas de similares características en cuanto a su contenido y objetivos de las mismas.
k) Declaración responsable de que no realizará trabajo remunerado durante la beca y de no estar incurso en procedimiento de reintegro o sancionador.
l) Declaración responsable de no hallarse sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley para la igualdad de Mujeres y Hombres.
m) Fotocopia del DNI.
n) Si se desea actuar con representante y la representación está otorgada, poder de representación legal de la persona o entidad solicitante.
o) Si se desea actuar con representante y la representación no está otorgada ni se desea utilizar el Registro Electrónico de Representantes deberá adjuntarse el impreso normalizado de otorgamiento de representación http://www.euskadi.eus/gobierno-vasco/-/formulario/impreso-normalizado-de-otorgamiento-de-representacion-legal-voluntaria/ junto con la documentación que acredite al representado (DNI en caso de persona física y escrituras de apoderamiento en caso de persona jurídica)
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
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A la solicitud se acompañará la documentación siguiente:
a) «Currículum vitae», indicando la formación académica, relación de estudios realizados y las actividades profesionales desempeñadas, conocimientos de euskera, inglés y francés, así como otros méritos que la persona solicitante estime de interés, tales como trabajos desarrollados, formación complementaria, etc.
b) Copia del título académico o del resguardo de haber abonado los derechos para su expedición.
c) Certificado del expediente académico, con las calificaciones de todos los cursos, en el que conste la fecha de finalización de sus estudios, incluido, en su caso, el proyecto final.
d) Acreditación del conocimiento del euskera, inglés y francés, mediante copia del título o certificación emitida por un Organismo Oficial autorizado para la expedición de certificaciones de idiomas.
e) Documentos acreditativos de cualquier otra formación académica que posea y los cursos realizados en los que consten las horas lectivas y, en su caso, las prácticas realizadas. No se tendrán en cuenta los cursos en los que no consten el número de horas.
f) Certificado de la vida laboral expedido por la Seguridad Social, para acreditar la experiencia laboral.
g) Certificado de empadronamiento acreditativo de la vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco, acorde con lo especificado en el artículo 3.1.a) de esta Orden. En aquellos casos en los que el plazo de residencia fuera inferior a 3 años por traslado transitorio por motivos de estudios, según lo dispuesto en el artículo 3.1 a), deberán acreditarse los siguientes extremos:
1) Empadronamiento en la CAV en el momento de la apertura del plazo de solicitudes.
2) Empadronamiento en la ciudad a la que se trasladó por razones de estudios.
3) Haber estado matriculado en un centro docente ubicado en dicha ciudad.
4) Haber sido residente en la CAV en el momento en que se produjo el traslado por estudios.
h) Declaración responsable de disponibilidad para desarrollar cuantas actividades se puedan derivar, tanto del curso de preselección como, en su caso, de la adjudicación de la beca.
i) Declaración responsable de no haber sido beneficiario o beneficiaria de becas de similares características en cuanto a su contenido y objetivos de las mismas.
j) Declaración responsable de que no realizará trabajo remunerado durante la beca y de no estar incurso en procedimiento de reintegro o sancionador.
k) Declaración responsable de no hallarse sancionado administrativa o penalmente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por incurrir en discriminación por razón de sexo, en virtud de la Ley para la igualdad de Mujeres y Hombres.
l) Fotocopia del DNI.
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Requisitos
Podrán optar a estas becas quienes reúnan los siguientes requisitos:
- Vecindad administrativa en la Comunidad Autónoma del País Vasco con una antigüedad
superior a 3 años, en la fecha de cierre del plazo de presentación de
solicitudes. Se admitirán periodos de residencia inferiores a 3 años, cuando
las personas solicitantes se hubieran trasladado fuera de esta Comunidad,
transitoriamente, por razones de estudios, circunstancia ésta que deberá ser
debidamente acreditada.- Tener o haber abonado los derechos de expedición de, bien una titulación oficial
universitaria, bien una titulación de Técnica o Técnico superior en Marketing y
Publicidad o Gestión de Ventas y Espacios Comerciales.- Tener acreditado al menos el nivel B2 de conocimiento de euskera del marco europeo
común de las referencias para las lenguas.- No haberse beneficiado de becas de igual o similares características en cuanto al
contenido y objetivos de las mismas.- No haber realizado total o parcialmente el curso de formación de anteriores
convocatorias de este programa.Edad no superior a 32 años, en el momento de la presentación de la solicitud.
- Paraacceder a las becas de carácter internacional, se han de cumplir también los
requisitos de conocimiento de idiomas propios de cada destino.
NOTA: no es necesario cumplimentar, firmar y enviar el formulario en una única sesión, sino que, si lo desea, puede guardarlo en el sistema informático de la Administración y continuar el proceso en sesiones sucesivas. La Administración conservará los datos cumplimentados durante el plazo de un mes. En todo caso, la presentación de la solicitud se deberá efectuar dentro de los plazos establecidos en la convocatoria de la ayuda. |
Resolución y recursos
Plazo de resolución
6 meses desde el día siguiente de la publicación de la Resolución.
Tipo de concesión de la ayuda
Concursal
Efectos del silencio
Desestimatorios
Dictada resolución
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para interponer un recurso de alzada, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
El recurso de alzada es un recurso de carácter administrativo por el que se pide a un órgano administrativo que revise y enmiende un acto dictado por otro órgano dependiente jerárquicamente.
¿Contra qué actos se interpone?
- Actos que no pongan fin a la vía administrativa.
- Actos de trámite que deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto o impiden la continuación del procedimiento.
¿Ante qué órgano se interpone?
- Ante el mismo órgano que dictó el acto recurrido o su superior jerárquico.
¿Qué plazo tiene usted para interponerlo?
- 1 mes, si el acto recurrido es expreso.
- 3 meses, si el acto recurrido es presunto.
¿Qué plazo tiene la Administración para resolverlo?
- 3 meses.
Si en ese plazo la Administración no le notifica la resolución:
- El recurso se entenderá estimado, si el acto recurrido es presunto.
- El recurso se entenderá desestimado, si el acto recurrido es expreso.
¿Qué recursos puede usted interponer posteriormente?
- Recurso contencioso-administrativo, por vía judicial.
- Recurso extraordinario de revisión, excepcionalmente.
Alta o modificación de datos del tercero en el "Registro de Terceros"
Para que la Administración pueda realizar el pago de las ayudas y subvenciones, usted deberá constar en la base de datos de la Oficina de Control Económico del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Vasco.
Para mas información, consulte:
La aplicación web para la gestión del Registro de Terceros, gestiona los pagos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y sus Organismos Autónomos.
Permite el acceso a dar de alta, modificar y consultar sus datos bancarios, siempre que la entidad financiera esté adherida al sistema.
El sistema de pagos únicamente permite una cuenta bancaria por cada persona física o jurídica.
Otros trámites
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar o subsanar la documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Si la solicitud no reúne los requisitos establecidos en la norma de la convocatoria, el órgano competente le requerirá que la subsane en el plazo de 10 días. De no hacerlo, la Administración supondrá que ha desistido de su solicitud.
Usted puede aportar:
- Los documentos que le ha requerido la Administración, si se le ha notificado un requerimiento de subsanación.
- Los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
Más información: Artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para aportar documentación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted puede aportar los documentos que estime necesarios, aunque la Administración no se los haya solicitado.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para solicitar la renuncia, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
¿Cuándo puedo renunciar a la continuación de un procedimiento?
En cualquier momento una vez que se haya dictado la resolución.
¿Qué sucede con mis derechos?
Si renuncia, pierde los derechos que le amparan en este procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para solicitar la modificación de los datos de notificación y comunicación, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Se pueden modificar los datos de notificación y comunicación, el idioma y el canal de tramitación siempre y cuando el expediente esté abierto.
- Rellene los formularios solicitados, si los hubiese.
- Prepare la documentación requerida en formato digital.
- Acceda a la aplicación de tramitación electrónica a través del botón.
Asegúrese de disponer de un medio de identificación electrónica admitido.
Para desistir del procedimiento, rellene el formulario que encontrará en la aplicación de tramitación electrónica.
Usted tiene derecho a desistir de su solicitud en cualquier momento antes de que se dicte la resolución.
Aunque desista, seguirá conservando los derechos que le amparan y podrá hacerlos valer en otro procedimiento.
Más información: Artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas