Ayudas al sector del transporte público de mercancías y viajeros por abandono de la actividad
Fomentar el abandono de la profesión de los transportistas (transporte público por carretera) de edad avanzada o que tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total o gran invalidez.
430.000 euros
- Orden de 10 de octubre de 2012 (BOPV N 200/2012)
Orden de 10 de octubre de 2012, del Consejero de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, por la que se establece un programa de ayudas al sector del transporte público de mercancías y viajeros por abandono de la actividad.
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Fomentar el abandono de la profesión de los transportistas (transporte público por carretera) de edad avanzada y/o que tengan declarada una incapacidad permanente absoluta o total o gran invalidez.
Transportista del transporte público de mercancías y viajeros por carretera que cumplan los requisitos a 1 de enero de 2012 o en la fecha de presentación de la solicitud.
- Domicilio en la Comunidad Autónoma del País Vasco antes del 1 de enero de 2007.
- Edad entre 58 y 64 años, ambos inclusive y/o tener declarada una incapacidad permanente absoluta o total o una gran invalidez.
- Titular de una autorización vigente de transporte público de mercancías o de viajeros (autobúses) de forma ininterrumpida en los últimos diez años, máximo total de tres copias de cada uno o de ambos.
- Se permite una única interrupción, en la titularidad o vigencia de la autorización, por un plazo que no supere tres meses.
- Se entiende vigentes las autorizaciones caducadas por falta de visado que estén rehabilitadas en el momento de presentación de la solicitud.
- Las autorizaciones de transporte público de mercancías de ámbito nacional, comarcal o local para vehículo con capacidad de tracción propia, incluidas las de la clase TD, de que fuera titular el beneficiario con anterioridad al 16 de abril de 2007, se computan como copias de una misma autorización.
- Las autorizaciones de transporte público de viajeros de ámbito nacional, comarcal o local referidas a vehículo concreto de que fuera titular el beneficiario con anterioridad a 1 de julio de 1998, se computarán como copias de una misma autorización.
- Estar dado de alta en el régimen de trabajadores autónomos de la Seguridad Social durante los últimos diez años ininterrumpidamente. Se permite una interrupción que no supere tres meses.
- En los supuestos de incapacidad permanente absoluta o total o gran invalidez, el plazo de diez años se computa desde que ésta les hubiese sido reconocida.
- Compromiso de abandonar la actividad de transporte público de mercancías o de viajeros por carretera, durante 2012, renunciando de forma definitiva a las autorizaciones de transporte de que fuera titular, obligándose a devolver las ayudas obtenidas y los correspondientes intereses en caso de reiniciarla.
- No hallarse sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni hallarse incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello, con inclusión de las que se hayan producido por discriminación de sexo de conformidad con lo dispuesto en la Disposición Final sexta de la Ley 4/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres.
- Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
430.000,00 euros correspondientes a las partidas consignadas en los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
Cuantía individual de la ayuda
- Transporte público de mercancías en vehículo pesado y transporte público de viajeros en autobús
4100 euros por cada 6 meses completos hasta cumplir 65 años
- Transporte público de mercancías en vehículo ligero
2600 euros por cada 6 meses completos hasta cumplir 65 años
- Incapacidad permanente absoluta o total o gran invalidez
10000 euros
- En el supuesto de simultanear los requisitos de edad y de incapacidad permanente absoluta o una gran invalidez
Se otorga la ayuda que sea cuantitativamente mayor.
Si la cuantía total de las subvenciones individuales supera la partida presupuestaria consignada (430.000 euros) se prorrateará entre todas las solicitudes que cumplan los requisitos.
El abono de las subvenciones concedidas se realiza en un único pago despúes de haber acreditado el abandono de la actividad.
El formulario de solicitud, es un pdf rellenable, que la persona y/o entidad interesada puede rellenar, imprimir y entregar en los lugares de presentación señalados
- Instrucciones de aportación de documentación
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita en la convocatoria.
Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico o dar el consentimiento para que la Administración recabe el dato, en cada caso se especifican las posibilidades existentes.
El formulario de solicitud, enlaza directamente con la tramitación telemática. para ello, le pedirá que se identifique con un certificado electrónico:
- Para personas Físicas: DNIe, ONA, Certificado de Ciudadano/a
- Para personas Jurídicas: Certificado de entidad
Junto al formulario de solicitud debe de aportar documentación específica.
Es recomendable obtener los certificados que vaya a tener que aportar antes de iniciar la tramitación, así como cumplimentar otros formularios, si fuera necesario, y guardarlos en su ordenador
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita en la convocatoria.
Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico o dar el consentimiento para que la Administración recabe el dato, en cada caso se especifican las posibilidades existentes
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aceptación de la ayuda concedida.
Formulario a rellenar por el/la interesado/a para la aportación de documentos requeridos por la administración
- Instrucciones para la aportación de documentación de justificación
En estas instrucciones se describe la forma de aportar la documentación que se solicita en la convocatoria.
Independientemente del canal de tramitación elegido, la documentación puede presentarse en formato papel, electrónico o dar el consentimiento para que la Administración recabe el dato, en cada caso se especifican las posibilidades existentes.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
Un mes a partir de la fecha de publicación en el BOPV de la Orden de convocatoria
Seis meses a partir de la fecha de publicación en el BOPV de la Orden de convocatoria
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Transportes y Obras Públicas.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Viceconsejería de Transportes y Obras Públicas.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.