Subvenciones a entidades locales de la C. A. E. para impulsar la red de equipamientos juveniles en el ámbito local correspondiente a 2012.
Es objeto de la presente Orden la regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la construcción, ampliación o mejora de equipamientos juveniles.
Se considerarán subvencionables los gastos de elaboración de proyectos por parte de profesionales capacitados/as para obras de edificación, reforma, adecuación o ampliación de inmuebles destinados específicamente a acoger equipamientos para jóvenes entre 12 y 30 años, así como los gastos o coste de ejecución de tales obras durante el ejercicio 2012.
200.000 euros.
- Orden de 27 de junio de 2012 (BOPV N 136/2012)
Orden de 27 de junio de 2012, de la Consejera de Cultura, por la que se regula y se convoca para el año 2012 la concesión de subvenciones a entidades locales y entidades supramunicipales de carácter local de la Comunidad Autónoma de Euskadi para impulsar la red de equipamientos juveniles en el ámbito local
Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes
Dirección de Juventud
Oficinas de atención al público:
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
Horario de atención al público:
- De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
La Administración Pública del país Vasco pone a disposición de la ciudadanía el teléfono 012.
- Horario de atención telefónica:
El servicio de atención a la ciudadanía del Gobierno dispondrá de horarios ininterrumpidos de atención telefónica de lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
- Número de Teléfono:
Desde el País Vasco: 012
Desde fuera del País Vasco: 945 018000
Desde el extranjero: 00 34 945 018000
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
- Bilbao:
Gran Vía, 85
48011 Bilbao, (Bizkaia)
- Donostia- San Sebastián:
Andía, 13
20003 Donostia-San Sebastián, (Gipuzkoa)
- Vitoria-Gasteiz (centro ciudad):
Ramiro Maeztu, 10 bajo
01008 Vitoria-Gasteiz, (Álava)
De lunes a viernes de 8:00 a 20:00 horas.
Otros Lugares de Presentación de solicitudes:
En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la ley 30/92 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
Es objeto de la presente Orden la regulación del régimen de concesión de subvenciones destinadas a la construcción, ampliación o mejora de equipamientos juveniles.
Se considerarán subvencionables los gastos de elaboración de proyectos por parte de profesionales capacitados/as para obras de edificación, reforma, adecuación o ampliación de inmuebles destinados específicamente a acoger equipamientos para jóvenes entre 12 y 30 años, así como los gastos o coste de ejecución de tales obras durante el ejercicio 2012.
Podrán acogerse a las subvenciones que se contemplan en esta Orden cualquier entidad local de la Comunidad Autónoma de Euskadi con entidad jurídica propia, y las mancomunidades o entidades supramunicipales con personalidad jurídica propia formalmente constituidas por varios municipios de la Comunidad Autónoma de Euskadi conforme a la normativa vigente.
No hallarse la entidad solicitante sancionada penal o administrativamente con la pérdida de la posibilidad de obtención de subvenciones o ayudas públicas, ni se halla incursa en prohibición legal alguna que la inhabilite para ello.
Existencia de crédito suficiente para hacer frente a la financiación correspondiente a la entidad solicitante.
Comunicar, en su caso, la obtención de subvenciones, ayudas, ingresos u otros recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera administraciones o entes tanto públicos como privados.
Que el equipamiento para el que se solicita la subvención cumple toda la normativa sectorial aplicable.
Que la entidad solicitante es la propietaria del equipamiento para el que se solicita la subvención.
200.000 euros.
En ningún caso la subvención por proyecto presentado podrá superar la cantidad de 75.000 euros.
El abono de la subvención se efectuará mediante un único libramiento por el importe correspondiente previa justificación antes del 31 de diciembre de 2012 de la materialización de la inversión subvencionada.
Junto con el formulario de solicitud debe enviar también el siguiente formulario:
Declaraciones responsables, memoria y presupuesto.
Antes de cumplimentar la solicitud electrónica, debe descargar, rellenar y guardar el siguiente formulario:
Anexo a la solicitud (declaraciones responsables, memoria y presupuesto). Este formulario debe enviarse junto con la solicitud de subvención.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, los trámites se realizan a través de "Mis Gestiones" previa identificación con un certificado electrónico..
Certificado del secretario/a o de la persona responsable del área económico-financiera de la entidad solicitante. En dicho certificado se acreditará que se ha cumplido el objeto y el destino de la ayuda, y se incluirá el balance íntegro de la actuación, desglosando detalladamente el coste o gastos y los ingresos o las inversiones habidas con ocasión del desarrollo del proyecto subvencionado, dejando constancia expresa de su adecuación a la realidad.
Memoria detallada relativa a la ejecución, al grado de cumplimiento y a la evaluación de la actuación subvencionada.
A traves de Mis gestiones debe enviar los siguientes formularios:
- Certificado económico para la justificación. Certificado del secretario/a o de la persona responsable del área económico-financiera de la entidad solicitante. En dicho certificado se acreditará que se ha cumplido el objeto y el destino de la ayuda, y se incluirá el balance íntegro de la actuación, desglosando detalladamente el coste o gastos y los ingresos o las inversiones habidas con ocasión del desarrollo del proyecto subvencionado, dejando constancia expresa de su adecuación a la realidad.
- Memoria para la justificación. Memoria detallada relativa a la ejecución, al grado de cumplimiento y a la evaluación de la actuación subvencionada.
En este apartado, se le facilitan formularios para cada trámite que tenga que realizar siempre que la persona solicitante haya escogido continuar el procedimiento por canal presencial.
En caso, de haber escogido el canal electrónico, estos trámites se realizan a través de Mis Gestiones previa identificación con un certificado electrónico
13/08/2012
Seis meses
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Gobierno Vasco; Cultura; Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.
- Plazo de interposición: 1 mes.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto desestimatorio.
- Modelo de recurso: Recurso de Alzada
- Órgano resolutor: Gobierno Vasco; Cultura; Viceconsejería de Cultura, Juventud y Deportes.
- Plazo de interposición: 3 meses.
- Plazo de resolución: 3 meses.
- Falta de resolución: Efecto estimatorio.