Dirección de Gabinete y Comunicación

ÁREAS / FUNCIONES

Artículo 4.– La Dirección de Gabinete y Comunicación.

Corresponde a la Dirección de Gabinete y Comunicación el ejercicio de las siguientes atribuciones:

  1. Prestar a la Consejería la asistencia y el asesoramiento necesario para el ejercicio de sus funciones institucionales y generales atribuidas al Departamento.
  2. Definir, dirigir y coordinar la política de comunicación del Departamento y, en este sentido, desarrollar y atender las relaciones con los medios de comunicación social para facilitar la difusión y divulgación de las actividades, decisiones y políticas vinculadas al Departamento.
  3. Apoyo directo, planificación y seguimiento del programa de trabajo (Agenda) de la Consejera, con especial atención a los actos de representación institucional.
  4. Programar los actos públicos y las actividades externas de los órganos del Departamento, así como el protocolo.
  5. Ser el órgano de relación del Departamento, en las áreas de su competencia, con el resto de los Departamentos; así como con los órganos de coordinación interdepartamental constituidos con relación a dicho ámbito material.
  6. Coordinar y atender, a través del órgano competente, las relaciones del Departamento con el Parlamento Vasco.
  7. Canalizar las relaciones del Departamento con el Ararteko a través del órgano competente del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno.
  8. Canalizar la interlocución y las relaciones que desde el Departamento se mantengan con las distintas Administraciones, Instituciones y organizaciones, de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y estatales o comunitarias, salvo las asignadas a otros órganos.
  9. Coordinar las publicaciones del Departamento.
  10. Coordinar la organización de jornadas, congresos, presentaciones y otras actuaciones divulgativas del Departamento.

 Se adscribe a la Dirección de Gabinete y Comunicación, el Órgano Estadístico Específico del Departamento.

Corresponde al Director o Directora de Gabinete y Comunicación la concesión de ayudas y la autorización del gasto derivado de los expedientes incluidos en su área de actuación, salvo que dicha autorización sea competencia de otro órgano.

Datos de contacto

Dirección

Donostia-San Sebastián, 1
01010 Vitoria-Gasteiz
Álava
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Entidades superiores

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  1. Prestar a la Consejería la asistencia y el asesoramiento necesario para el ejercicio de sus funciones institucionales y generales atribuidas al Departamento.
  2. Definir, dirigir y coordinar la política de comunicación del Departamento y, en este sentido, desarrollar y atender las relaciones con los medios de comunicación social para facilitar la difusión y divulgación de las actividades, decisiones y políticas vinculadas al Departamento.
  3. Apoyo directo, planificación y seguimiento del programa de trabajo (Agenda) de la Consejera, con especial atención a los actos de representación institucional.
  4. Programar los actos públicos y las actividades externas de los órganos del Departamento, así como el protocolo.
  5. Ser el órgano de relación del Departamento, en las áreas de su competencia, con el resto de los Departamentos; así como con los órganos de coordinación interdepartamental constituidos con relación a dicho ámbito material.
  6. Coordinar y atender, a través del órgano competente, las relaciones del Departamento con el Parlamento Vasco.
  7. Canalizar las relaciones del Departamento con el Ararteko a través del órgano competente del Departamento de Gobernanza, Administración Digital y Autogobierno.
  8. Canalizar la interlocución y las relaciones que desde el Departamento se mantengan con las distintas Administraciones, Instituciones y organizaciones, de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y estatales o comunitarias, salvo las asignadas a otros órganos.
  9. Coordinar las publicaciones del Departamento.
  10. Coordinar la organización de jornadas, congresos, presentaciones y otras actuaciones divulgativas del Departamento.

 Se adscribe a la Dirección de Gabinete y Comunicación, el Órgano Estadístico Específico del Departamento.

Corresponde al Director o Directora de Gabinete y Comunicación la concesión de ayudas y la autorización del gasto derivado de los expedientes incluidos en su área de actuación, salvo que dicha autorización sea competencia de otro órgano.

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