PROCEDIMIENTO SELECTIVO DE LA XXIII PROMOCION DE LA ERTZAINTZA


1.- INTRODUCCION.

1.1. ¿Qué es la Academia de Policía del País Vasco?

               La Ley 4/1992 de 17 de julio de Policía del País Vasco crea la Academia de Policía del País Vasco (EHPI-APPV), como Organismo Autónomo de carácter administrativo, adscrito al Departamento de Interior, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. 

            A la Academia de Policía del País Vasco corresponde un lugar destacado en el proceso de configuración de la Policía Vasca. 

            No puede existir una policía eficiente si sus miembros no disponen de una buena formación, adecuada a su específica misión y permanentemente actualizada. 

            La importancia de esta tarea formativa y de capacitación, ha aconsejado la configuración de un Organismo Autónomo al efecto, cuyos máximos órganos rectores se abran a una amplia participación

1.2. Objetivos.

            Corresponde al Organismo Autónomo Academia de Policía del País Vasco:

             a).- Establecer las bases de los procesos selectivos para el ingreso en las Escalas y Categorías de la Ertzaintza, convocarlos, designar los Tribunales Calificadores y, en general, cuantas atribuciones correspondan al desarrollo de los procesos selectivos.

             b).- Elaborar las reglas básicas para el ingreso en las distintas Escalas y Categorías de los Cuerpos de Policía dependientes de la Administración Local.

             c).- Programar, organizar y desarrollar los cursos de formación y periodos de prácticas previos al ingreso en las Escalas y Categorías de los cuerpos que integran la Policía del País Vasco y cualesquiera otros destinados a su formación y perfeccionamiento.

             d).- Elaborar los criterios básicos a los que habrán de ajustarse los Planes de Formación de los funcionarios de los Cuerpos de Policía dependientes de los municipios.

             e).- Prestar colaboración y asistencia técnica a los municipios en materias relativas a la selección de los funcionarios pertenecientes a sus cuerpos de policía. Cuando así se le encomiende por el municipio respectivo la ejecución de tales procesos selectivos.

             f).- Las demás  competencias que le atribuye la Ley de Policía y otras Leyes o Disposiciones.

 

 2.- ADMISION AL PROCEDIMIENTO SELECTIVO.

2.1. Requisitos de admisión al procedimiento selectivo.

             Las Bases de la Convocatoria se publican en el B.O.P.V. del día 6 de mayo de 2010.

             Las personas que aspiran a ser admitidas en el procedimiento selectivo, deberán reunir todas y cada una de las condiciones exigidas (excepto los apartados f) e i) de la Base Segunda) en la fecha en que expire el plazo señalado para la presentación de solicitudes (29 de mayo de 2010, incluido).

             Para que la persona aspirante sea admitida al procedimiento selectivo, además de no estar incursa en causa legal de incapacidad o incompatibilidad, no estar inhabilitada para funciones públicas ni padecer limitación física o psíquica que impida el desarrollo del trabajo, deberá cumplir los requisitos:        

-         Formular solicitud previa

-         Tener la nacionalidad española

-         Tener 18 años de edad y no haber cumplido los 35

-         Tener una estatura mínima de 1,65 m. los hombres y 1,60 m. las mujeres

-         Estar en posición del título de Graduado/a en Educación Secundaria, de Graduado Escolar, Formación profesional de Primer Grado o equivalente, o cualquier otro de nivel superior

-         No haber sido condenada por delito doloso, ni separada del servicio de la Administración Pública

-         No haber sido excluida de un procedimiento selectivo para ingreso en algún Cuerpo de Policía del País Vasco, por la comisión de falta grave o muy grave

-         Estar administrativamente autorizada para conducir por vías públicas, vehículos de la clase B. o equivalente

-         Pago de tasas

-         Los restantes requisitos recogidos en las Bases de la convocatoria

 2.2.- Solicitudes de admisión.

             Las solicitudes para tomar parte en la convocatoria se presentarán en el plazo de veinte (20) días hábiles, a partir del día 6 de mayo de 2010 (las solicitudes se podrán presentar en el plazo comprendido entre el 7 y el 29 de mayo de 2010, ambos días incluidos.

 2.2.1.- Forma de presentación.

             Las personas que deseen tomar parte en el procedimiento selectivo, deberán realizar la solicitud a través de Internet, cumplimentando el modelo que se encontrará disponible en las siguientes direcciones electrónicas: www.ehpi-appv.net y www.ertzaintza.net

             La solicitud vía internet se podrá realizar a través de los centros públicos KZGunea del Gobierno Vasco. El listado de centros KZGunea y su ubicación se encuentra disponible en la siguiente dirección electrónica: www.kzgunea.net

            Asimismo, la solicitud podrá cumplimentarse en las terminales informáticas habilitadas en la siguiente dependencia:

            En Vitoria-Gasteiz:

             -Academia de Policía del País Vasco; Carretera Gasteiz-Irún, Km. 5. (Arkaute). CP. 01192.

            El horario de presentación de solicitudes en el punto enunciado será de 09:00 a 14:00 horas.

         

2.2.2.- Pago de tasas por presentación de solicitudes.

            El pago de la tasa deberá efectuarse dentro del plazo de presentación de solicitudes, en cualquiera de las sucursales de las siguientes entidades colaboradoras: BBK (Bilbao Bizkaia Kutxa), Caja Vital Kutxa, Gipuzkoa Donostia Kutxa, Caja Laboral.Euskadiko Kutxa, Banco Guipuzcoano, La Caixa, Bankoa y BBVA, para lo que deberá presentar el impreso de solicitud en la entidad financiera colaboradora quien, una vez realizado el ingreso, la validará mecánicamente.

             En el caso de formalizar la instancia por Internet, existen dos posibilidades:

             a).- Pago off-line: acudir a cualquier punto de la red de oficinas de las entidades financieras colaboradoras reseñadas y presentar el acuse de recibo o los datos consignados en él, que habrán sido facilitados por el sistema. Dado que los acuses de recibo incluyen código de barras, el abono puede efectuarse a través de cajero automático con lectura óptica o captura de datos manual.

             b).- Pago on-line: realizar el pago mediante el sistema de banca electrónica, sin necesidad de acudir a la sucursal bancaria, siempre y cuando sea cliente de banca electrónica de una de las entidades mencionadas. Esta modalidad está operativa las 24 horas al día, lo que le va a evitar desplazamientos innecesarios y colas de espera.

             El importe de dicha tasas es el siguiente:

 10,16 €

 

            La falta de pago o el abono fuera de plazo de los derechos de examen, determinará la exclusión del o de la aspirante. En ningún caso, la presentación y pago en la entidad bancaria supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud en la forma prevista en las Bases de la convocatoria

 

3.- DESARROLLO DEL PROCEDIMIENTO SELECTIVO.

             En este apartado se abordan los aspectos más relevantes del procedimiento selectivo que deben tener en cuenta las personas aspirantes

3.1. Relación de personas admitidas y excluidas.

             Se trata de las listas en las que se expone públicamente la relación de personas admitidas y excluidas en el procedimiento selectivo.

             Esta relación, así como todas aquellas que se publiquen, contendrá la identificación de las personas participantes, mediante la asignación de un número de referencia. Este número de referencia se asignará de forma automática e individualizada al cumplimentar la solicitud.

             Es conveniente que compruebe si está incluido en la relación provisional de personas admitidas. En el tablón de anuncios de la Academia de Policía del País Vasco, se publicará la lista provisional de personas admitidas y excluidas, en la que aparecerá el motivo de exclusión. Esta relación podrá ser consultada en la página web del Organismo Autónomo (www.ehpi-appv.net). En caso de que una persona figure como excluida, dispondrá de diez días hábiles desde la publicación en el tablón de anuncios, para formular reclamación y subsanar los defectos de que adolezca la solicitud. 

            Una vez analizadas las reclamaciones presentadas, se publicarán en el tablón de anuncios de la Academia de Policía del País Vasco, las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas. Igualmente estas relaciones podrán ser consultadas en la página web del Organismo Autónomo.

             Compruebe su inclusión en la lista definitiva de personas admitidas, ya que ésta será la lista que se utilizará en el momento de los exámenes.

             Es importante que consulte la citada relación, con objeto de saber con certeza, que ha sido admitido/a al procedimiento selectivo.

 3.2.- Tribunal Calificador

             El Tribunal Calificador es el órgano responsable del desarrollo del procedimiento selectivo de acuerdo con lo establecido en las Bases de la convocatoria. Componen el Tribunal: un Presidente/a, siete Vocales y un Secretario/a.

             El Tribunal es el órgano encargado de garantizar el correcto desarrollo del procedimiento selectivo, entre otras funciones, valora los exámenes que se realicen. En consecuencia, vela por el cumplimiento de los principios de igualdad, mérito y capacidad en el procedimiento selectivo.

 3.3.- La oposición y el concurso

             El procedimiento de selección será el concurso-oposición, a través del cual se pretende evaluar la cualificacion de los/las aspirantes.

 3.3.1.- De la fase de oposición

             La fase de oposición consistirá en la realización de tres pruebas:

             1.- Primera prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, que consistirá en la sucesiva realización de los siguientes ejercicios:

    a) ejercicio de carácter obligatorio y eliminatorio, que consistirá en contestar una serie de preguntas (que podrán ser formuladas tipo test). Este ejercicio se valorará sobre 80 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 40 puntos. La determinación de los contenidos se realizará de acuerdo a lo recogido en el Anexo I de las Bases de la convocatoria.

    b) ejercicios dirigidos a la evaluación de las aptitudes de los aspirantes: aptitudes cognitivas, aptitudes verbales, aptitudes espaciales e interpretación de datos. Estos ejercicios se valorarán de 0 a 120 puntos.

    c) test de personalidad, dirigido a evaluar los rasgos de personalidad y otros indicadores de desajuste o inadaptación de los aspirantes al perfil profesiográfico del puesto convocado. Este ejercicio se valorará sobre 50 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 25 puntos.

   Los ejercicios que componen la primera prueba se valorarán sobre un máximo de 250 puntos, procediéndose automáticamente a la exclusión de quienes no obtengan un mínimo de 125 puntos.

2.- Segunda prueba, de carácter obligatorio y eliminatorio, que consistirá en la realización de los ejercicios físicos que se contienen en el Anexo II de la convocatoria, dirigidos a comprobar la condición física.

     Esta segunda prueba consistirá en 5 ejercicios que se valorarán sobre un máximo de 100 puntos; cada uno de tales ejercicios se valorará de 0 a 20 puntos, según baremo. Para superar esta segunda prueba, será necesario obtener un mínimo de 6 puntos en cada uno de los ejercicios y una puntuación mínima de 50 puntos en el conjunto de los cinco ejercicios que integran la prueba.

3.- Tercera prueba de la oposición, de carácter obligatorio y eliminatorio que consistirá en la realización de pruebas psicotécnicas, entrevista y/o dinámica de grupos,  dirigidas a determinar la idoneidad conductual y competencial de los opositores con el perfil profesiografico del puesto convocado.. Se podrán incluir los siguientes tipos de ejercicios: a) tests psicológicos/personalidad; b) entrevistas; c) dinámicas de grupo.

    Esta prueba se valorará de 0 a 150 puntos, siendo necesario obtener un mínimo de 75 puntos para su superación.

 3.3.2.- De la fase de concurso

                 En la fase de concurso se valorará el conocimiento de cada una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (con exclusión del español, de conformidad con lo previsto en las Bases de la convocatoria).

             No será necesario aducir ni acreditar estos meritos en la solicitud.

             La calificación de la fase de concurso se aplicará, únicamente, a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

             La acreditación documental mediante certificación oficial expedida por el órgano competente, se realizará mediante la entrega de una copia compulsada del respectivo certificado el día de la realización del primer ejercicio de la tercera prueba de la fase de oposición.

             La compulsa de la documentación podrá ser efectuada en la fecha indicada, en los servicios administrativos de la Academia de Policía del País Vasco.

 3.3.3.- La valoración del conocimiento del euskera

             El conocimiento del euskera será valorado conforme al baremo establecido en las Bases, sobre un máximo de 55 puntos.

             Se asignarán los 55 puntos a aquellas personas que acrediten conocimientos de euskera a nivel de Perfil Lingüístico 1 de la Ertzaintza o superior.

             Las Bases de la convocatoria prevén la realización de pruebas de acreditación de tales conocimientos.

             También se reconocerá el Perfil Lingüístico 1 de la Ertzaintza, mediante la acreditación documental de estar en posesión de alguno de los títulos equivalentes o superiores al mismo. Esta acreditación podrá realizarse hasta dos días antes de realizar las pruebas mencionadas en el párrafo anterior.

 3.4.- La adjudicación de las plazas

                 Una vez efectuada la calificación final del procedimiento selectivo, se harán públicas las relaciones de personas seleccionadas.

             Las relaciones de personas seleccionadas, estarán integradas por quienes hubieran superado el procedimiento selectivo y tuvieran cabida en el número de plazas convocadas.

             Serán las siguientes:

   a) la relación de mujeres que obtienen  plaza en las que fuera exigible el perfil lingüístico, por orden de mayor a menor puntuación obtenida, hasta cubrir el total de plazas convocadas con este requisito.

   b) la relación de mujeres que obtienen plaza en que no fuera exigible el perfil lingüístico, por orden de mayor a menor puntuación obtenida, hasta cubrir el total de las plazas convocadas para mujeres.

   c) la relación del resto de aspirantes que obtienen  plaza en las que fuera exigible el perfil lingüístico, por orden de mayor a menor puntuación obtenida, hasta cubrir el total de plazas convocadas con este requisito.

   d) la relación del resto de aspirantes que obtienen plaza en que no fuera exigible el perfil lingüístico, por orden de mayor a menor puntuación obtenida, hasta cubrir el total de las plazas convocadas con este requisito.

   Las plazas con fecha de preceptividad del perfil lingüístico uno, no podrán ser cubiertas por aspirantes que no cumplan tal requisito.

   En la medida en que no fueran cubiertas las 29 plazas  reservadas a mujeres con perfil lingüístico uno y fecha de preceptividad vencida, las posibles vacantes existentes acrecerán el cupo de plazas reservadas al resto de aspirantes, para las cuales el perfil lingüístico uno sea requisito.

   En la medida en que no fueran cubiertas las 41 plazas  reservadas a mujeres con perfil lingüístico uno y sin fecha de preceptividad vencida, las posibles vacantes existentes acrecerán el cupo de plazas reservadas al resto de aspirantes, para las cuales el perfil lingüístico uno no es requisito.

 3.5.- Acreditación de los requisitos

             Las personas así seleccionadas deberán presentar en el Área de Personal y Asesoría Jurídica de la Academia de Policía del País Vasco, dentro de los 15 días hábiles siguientes al de la publicación en el Tablón de Anuncios de la Academia del País Vasco del acuerdo del Tribunal Calificador de las relaciones de personas seleccionadas, los documentos originales o copias compulsadas acreditativos de los requisitos exigidos para tomar parte en la convocatoria.

 A petición de la persona interesada, y si concurriere causa de fuerza mayor, la Dirección de la Academia de Policía del País Vasco podrá prorrogar dicho plazo por otro no superior a 10 días hábiles.

 4.- PREGUNTAS MAS FRECUENTES

 1.- ¿Cuándo debo presentar la solicitud para tomar parte en el procedimiento selectivo?

             Debo presentarla en el plazo  que las Bases conceden para ello y no pueden admitirse las que lleguen fuera de plazo, por pequeño que sea el retraso.

             Recuerde que, tras rellenar la instancia, deberá acudir al banco/caja a realizar el pago, y, una vez hecho esto, presentar la instancia. Teniendo en cuenta todo ello, es preferible no dejar todo para el final del plazo, por si luego no pudiera cumplir todos los trámites de admisión a tiempo.

 2.- Si resulto excluido/a del procedimiento selectivo ¿se me devuelve el dinero de la tasa?

             El hecho imponible de la tasa –la prestación a la que responde-, se ha producido no obstante a su exclusión del procedimiento selectivo, y ello porque:

 -         En lo que respecta a la “entrega del impreso de solicitud”, éste le ha sido entregado.

-         En lo que respecta a la “recepción y examen de la solicitud” que Vd. presentó, la Academia de Policía del País Vasco realizó la recepción y examen de la misma.

 Así, pues, todas las actividades a que responde esta tasa han tenido lugar, con independencia de su situación posterior en el procedimiento, por lo que no cabe que se le devuelva la cantidad abonada       .

3.- ¿Cuándo debo presentar los justificantes de los méritos que solicito se me valoren en el procedimiento selectivo?.

                En la fase de concurso se valorará el conocimiento de cada una de las lenguas oficiales de la Unión Europea (con exclusión del español, de conformidad con lo previsto en las Bases de la convocatoria).      

            La calificación de la fase de concurso se aplicará, únicamente, a los aspirantes que hayan superado la fase de oposición.

            No es necesario aducir ni acreditar estos meritos en la solicitud.

             La acreditación documental mediante certificación oficial expedida por el órgano competente, se realizará mediante la entrega de una copia compulsada del respectivo certificado el día de la realización del primer ejercicio de la tercera prueba de la fase de oposición.      

            La compulsa de la documentación podrá ser efectuada en la fecha indicada, en los servicios administrativos de la Academia de Policía del País Vasco. 

            No pueden ser valorados si la documentación se entrega fuera de ese plazo, por pequeño que sea. 

            Los méritos deberán reunirse en la fecha en que expire el plazo señalado para la presentación de solicitudes. Los méritos posteriores no se tendrán en cuenta.

 4.- La documentación que prueba que cumplo las condiciones para tomar parte en el procedimiento selectivo ¿cuándo he de entregarla?

             Con la instancia, no debe presentar documentación alguna. Solo ha de alegar que cumple los requisitos para presentarse, sin probarlo.

             Tras la publicación de los resultados definitivos, se establecerá un plazo de 15 días hábiles para la acreditación de los requisitos, en el Area de Personal y Asesoría Jurídica de la Academia de Policía del País Vasco.

             Quien, salvo causa de fuerza mayor, no acredite el cumplimiento de los requisitos en ese momento, pierde todos sus derechos.

             Deberá reunir todas y cada una de las condiciones exigidas, en la fecha en que expire el plazo señalado para la presentación de solicitudes ( 29 de mayo de 2010).

 5.- ¿Qué edad debo tener para poder presentarme al procedimiento selectivo?

             Para tomar parte en el procedimiento selectivo, el día 29 de mayo de 2010, habrá Vd. de haber cumplido los 18 años y no haber cumplido los 35 años.

          Si cumple Vd. 18 años a partir del día 29 de mayo de 2010 o ha cumplido 35 años con anterioridad a tal fecha, no podrá tomar parte en el procedimiento selectivo.

 6.- El carné de conducir de tipo B. ¿Cuándo tengo que sacarlo?

             Tiene Vd. que ser titular de un permiso de conducir de la clase B. o equivalente, antes de que acabe el plazo de acreditación de requisitos que se abrirá tras la publicación de las relaciones definitivas de aspirantes que obtienen plaza en el procedimiento selectivo.

Fecha de la última modificación: 05/05/2010