N.º 154, lunes 14 de agosto de 2017
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ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
UNIDAD PROCESAL DE APOYO DIRECTO DE PRIMERA INSTANCIA N.º 6 DE VITORIA-GASTEIZ
4089
EDICTO dimanante del juicio verbal n.º 310/2016.
Unidad Procesal de Apoyo Directo Civil – Juzgado de Primera Instancia n.º 6 de Vitoria-Gasteiz.
Juicio: juicio verbal 310/2016.
Demandante: Kutxabank Aseguradora, SAU.
Abogado/a: Elvira Mugica Uranga.
Procurador/a: Maria Concepcion Mendoza Abajo.
Demandado/a: Victoria Ocamica Abaroa.
Sobre: juicio verbal.
En el referido juicio se ha dictado el 17-07-2017 sentencia, en la que el fallo es el siguiente:
SENTENCIA N.º 212/2017
Juez que la dicta: D/D.ª Ana Hernandez Garcia.
Lugar: Vitoria-Gasteiz.
Fecha: diecisiete de julio de dos mil diecisiete.
Parte demandante: Kutxabank Aseguradora, SAU.
Abogado/a: Elvira Mugica Uranga.
Procurador/a: Maria Concepcion Mendoza Abajo.
Parte demandada: Victoria Ocamica Abaroa.
Abogado/a.
Procurador/a.
Objeto del juicio: Responsabilidad Civil.
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Sra. Mendoza, en nombre y representación de Kutxabank Aseguradora, SAU frente a Dña. Victoria Ocamica Abaroa condenando a ésta al abono a la actora del importe de 564,04 euros, e intereses según Fundamento Cuarto, y sin efectuar expresa condena en costas.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Artículo 455.1 LEC
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado D/D.ª Victoria Ocamica Abaroa y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil (LECn), se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el Boletín Oficial de/l Pais Vasco.
Contra dicha resolución el demandado rebelde no puede interponer recurso alguno.
El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Oficina Judicial de este Tribunal.
En Vitoria-Gasteiz, a 17 de julio de 2017.
LA LETRADA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA.