N.º 34, viernes 17 de febrero de 2017
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OTRAS DISPOSICIONES
DEPARTAMENTO DE DESARROLLO ECONÓMICO E INFRAESTRUCTURAS
887
RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2017, de la Directora de Agricultura y Ganadería, por la que se autoriza la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de niveles básico y cualificado a los alumnos de los cursos números 486 a 495.
HECHOS
Primero.– Las escuelas agrarias de Fraisoro, Derio y Arkaute, las empresas Ekin Consultores S.C. y Gestión Integral Denbo S.L., y el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas del País Vasco han impartido los cursos que se relacionan a continuación:
– Curso n.º 486, impartido por la Escuela Agraria de Fraisoro: curso puente de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C.
– Curso n.º 487, impartido por la Escuela Agraria de Fraisoro en Zegama: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 488, impartido por la Escuela Agraria de Fraisoro en Azkoitia: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 489, impartido por la Escuela Agraria de Derio en Neguri: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 490, impartido por por la empresa Ekin Consultores, S.C.en Alonsotegi: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 491, impartido por la empresa Gestión Integral Denbo, S.L. en Etxebarria: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 492, impartido por la empresa Gestión Integral Denbo, S.L. en Usurbil: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 493, impartido por la empresa Gestión Integral Denbo, S.L. en Oñati: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
– Curso n.º 494, impartido por la Escuela Agraria de Arkaute: curso de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel fumigador, que da derecho a la obtención del carné tipo F.
– Curso n.º 495, convalidación de títulos impartido por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas del País Vasco, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C; convalidación de título, de nivel cualificado, que da derecho a la obtención del carné tipo C y cursos realizados en otras CC.AA. de aplicador de productos fitosanitarios, de nivel básico, que da derecho a la obtención del carné tipo B.
Los diez cursos se han llevado a cabo de acuerdo con el contenido y las horas lectivas que figuran en la parte A, para el nivel básico, y en la parte B, para el nivel cualificado, del Anexo IV del Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, que dan derecho a la obtención de los carnés tipos B y C respectivamente.
Segundo.– La Comisión Técnica Coordinadora de Sanidad Vegetal ha elevado propuesta favorable a la expedición de carnés.
Vistos los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero.– El Real Decreto 1311/2012 en su artículo 18.1.a) sobre los niveles de capacitación y el Anexo IV sobre las materias de formación; y el artículo 20 sobre expedición, renovación y retirada de carnés.
Segundo.– El artículo 20.1.b) del Decreto 190/2013, de 9 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad, en el que se atribuyen funciones en materia de sanidad vegetal a la Dirección de Agricultura y Ganadería.
RESUELVO:
Primero.– Ordenar la expedición de carnés de aplicador de productos fitosanitarios de uso agrícola:
1.– De nivel cualificado, del curso 486, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo I a la presente Resolución.
2.– De nivel básico, del curso 487, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo II a la presente Resolución.
3.– De nivel básico, del curso 488, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo III a la presente Resolución.
4.– De nivel básico, del curso 489, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IV a la presente Resolución.
5.– De nivel básico, del curso 490, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo V a la presente Resolución.
6.– De nivel básico, del curso 491, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VI a la presente Resolución.
7.– De nivel básico, del curso 492, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VII a la presente Resolución.
8.– De nivel básico, del curso 493, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo VIII a la presente Resolución.
9.– De nivel fumigador, del curso 494, a favor de las personas que figuran en la relación que se adjunta como Anexo IX a la presente Resolución.
10.– De de nivel cualificado y de nivel básico, del curso 495, a favor de las personas que figuran en las relaciones que se adjuntan como Anexo X a la presente Resolución.
Segundo.– Contra la presente Resolución las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Agricultura, Pesca y Política Alimentaria en el plazo de un mes contado desde su publicación.
En Vitoria-Gasteiz, a 27 de enero de 2017.
La Directora de Agricultura y Ganadería,
IKERNE ZULUAGA ZAMALLOA.